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21dic06


La Sala III de la Audiencia nacional declina su responsabilidad de juzgar a Cavallo, acusado de crímenes contra la humanidad


En el Auto de esta mañana, de 20 de diciembre de 2006, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia nacional se muestra más sensible con las tesis de la defensa del marino argentino Cavallo, acusado de crímenes contra la humanidad, que de la defensa de las víctimas y de su derecho a obtener justicia y reparación.

En un Auto pobre en contenidos y de visión justiciera estrecha, los jueces Guevara, Rodríguez y Echarri, acuerdan (ante el interés manifestado insistentemente por la defensa de Cavallo) que es más conveniente que se lo juzgue en Argentina por ser el lugar en el que se cometieron los delitos, que en España, donde estaba a punto de iniciarse el juicio oral. No valoraron que desde Argentina no se hubiera pedido aún la extradición del marino argentino, toda vez que las causas abiertas en su contra están en una situación procesal muy distinta. Tampoco valoraron en sus justos términos la sentencia del Tribunal Constitucional español que habilita la concurrencia de jurisdicciones para entender de crímenes de obligada persecución internacional, por los que se pretende juzgar a Cavallo en aplicación del principio de jurisdicción penal universal. No valoraron en su justa medida, que el inminente juicio oral a Cavallo, después de una ardua instrucción, iba a responder a la necesidad de encontrar, después de tantos años, la justicia debida ante crímenes aberrantes y que aún permanecen impunes. Tampoco valoraron los jueces de la Audiencia nacional que entre las casi cinco mil personas asesinadas en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), había cientos de víctimas españolas. Por no valorar, tampoco valoraron que existe ya una sentencia por crímenes contra la humanidad contra otro marino de la ESMA, Scilingo, que está cumpliendo condena en una cárcel española.

Además de que la Sala decline su responsabilidad de enjuiciarlo en España, es de honda preocupación que haya dispuesto un plazo máximo de 40 días para que las autoridades argentinas soliciten su extradición. Pasado dicho plazo, si éste no fuera extraditado, podrían acordar la libertad de Cavallo. Este Auto puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo.

La AAPDH-M estudiará la situación planteada con este Auto tan singular y actuará conforme a derecho para garantizar que se haga justicia con las víctimas y los criminales respondan ante la justicia, tal como lo ha hecho solicitando la condena del primer marino argentino juzgado en España, Scilingo, por crímenes contra la humanidad y apoyando la sentencia que lo ha condenado.

Madrid, 21 de diciembre de 2006

Asociación Argentina Pro Derechos Humanos-Madrid (AAPDH-M),
acusación popular en los juicios contra Scilingo, Cavallo y Fotea


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