Manual
Manual de Investigación Forense

PROPUESTA DE PLAN DE ACCIÓN ANTE LA EXISTENCIA DE FOSAS CLANDESTINAS CON RESTOS HUMANOS (1)

INTRODUCCIÓN

A partir del año 2001, se han conocido decenas de denuncias referidas al hallazgo de fosas clandestinas con restos humanos que guardan relación con las miles de desapariciones forzadas de personas ocurridas durante el periodo de violencia que vivió el país. Tales denuncias sin duda plantean nuevos retos a las autoridades competentes y hacen necesario adoptar un plan de acción para la investigación de estos casos.

La presente propuesta intenta contribuir con los esfuerzos de paz y reconciliación iniciados en el país, presentando una propuesta para abordar de manera adecuada la investigación de graves violaciones a los derechos humanos que afectaron a miles de peruanos. Apostar por la construcción de una cultura de paz requiere conocer las heridas del pasado y atenderlas.

Para enfrentar de mejor manera las investigaciones en estos casos es necesario que se adopten un conjunto de medidas organizativas y funcionales que permitan a las instancias competentes sumar esfuerzos y trabajar de manera coordinada de conformidad con sus respectivos mandatos. Además de contar con el apoyo y asesoría técnica de especialistas.

Sin duda que abordar las desapariciones forzadas de personas, las ejecuciones sumarias y la existencia de fosas clandestinas con restos humanos hacen necesario contemplar tareas para el corto, mediano y largo plazo. La experiencia de otros países latinoamericanos muestra que atender este tipo de violaciones a los derechos humanos pueden tomar varios años de trabajo. En ese esfuerzo se orienta la presente propuesta que parte por presentar la situación actual del tema.

SITUACIÓN ACTUAL

Las denuncias sobre el hallazgo de fosas clandestinas con restos humanos han sido recurrentes en los últimos meses, especialmente en aquellos departamentos que sufrieron con mayor intensidad la violencia tanto de los grupos terroristas como la respuesta indiscriminada de agentes del Estado. Hasta octubre del 2001 se tenía conocimiento de por lo menos 15 lugares en los que se habrían encontrado fosas presumiblemente con restos humanos (2)

La actuación en estos casos ha sido reactiva, poniendo en evidencia diversas dificultades para la investigación de estos casos.

En el plano normativo, se observa que aún existe una legislación insuficiente (3), lo cual ha derivado en:

- Diversidad de criterios al momento de tipificar las conductas (genocidio u homicidio calificado).

- Ausencia de criterios comunes en cuanto a los procedimientos legales. En algunos casos se observa apresuramiento para llevar a cabo excavaciones sin haber contado con personal especializado ni haber desarrollado una investigación previa que permita formular hipótesis sobre los hallazgos. Asimismo se han observado dificultades de coordinación y comunicación entre las instituciones.

No menos importantes son las dificultades originadas por los escasos recursos humanos y logísticos con que cuentan las autoridades a cargo de la investigación que impiden desarrollar investigaciones en condiciones adecuadas. Cabe señalar que en los distintos Talleres organizados por la Defensoría del Pueblo, organismos de derechos humanos y el Equipo Peruano de Antropología Forense, se apreció que entre las principales dificultades estaban:

1. Las recargadas labores que tienen los fiscales provinciales mixtos para atender estos casos (muchos de ellos no cuentan con fiscales adjuntos).

2. La falta de presupuesto para movilizarse a los lugares en que se hallan las fosas clandestinas. Muchas veces en zonas bastante alejadas de las sedes. (previsión de movilidad, viáticos y otros).

3. Las dificultades para contar con servicios especializados o material necesario para estas intervenciones (Cámara fotográfica, filmadora, equipos de cómputo portátiles y otros equipos).

4. La necesidad de una permanente capacitación en investigación forense relacionada con el hallazgo de fosas.

5. Asimismo, la deficiente infraestructura en los distritos judiciales para realizar los análisis que estos casos requieren. En muchos lugares no se cuenta con "morgues" o lugares apropiados para realizar los análisis de laboratorio luego de realizada las exhumaciones, puesto que están acondicionadas para atender en otro contexto (muerte por delitos comunes, accidentes de tránsito, entre otros). En varias capitales de departamento no se cuenta incluso con morgues para atender la cantidad de casos que podrían presentarse.

6. Otra dificultad que se aprecia es la intervención de agentes externos ante la existencia de una fosa con restos humanos, quienes con su accionar disturban la escena del crimen, ocasionando la destrucción de evidencia importante.

Finalmente, otra de las dificultades anotadas está referida a la forma de organizar la investigación, es necesario resaltar la importancia de ia etapa de investigación preliminar, puesto que en ella se puede obtener información sobre múltiples aspectos como el modus operandi de los responsables de graves violaciones a los derechos humanos, prueba de ello es la comprobación en algunas investigaciones que no siempre las presuntas víctimas vivían en las zonas aledañas a las fosas comunes, sino que varias de ellas probablemente vivían en lugares distantes. Ello hace necesario implementar una metodología y organización del trabajo de investigación que tome en cuenta el caso concreto y, a la vez, el fenómeno de la desaparición en su integralidad a efectos de avanzar en el recojo de información de manera integral (recojo de testimonios, recojo de datos en fichas pre-morten y recopilación de información sobre el radio de acción de las bases militares, entre otros).

MAGNITUD DEL PROBLEMA

El nuevo contexto democrático, la superación de los temores propios del período de violencia y la expectativa en la labor de la Comisión de la Verdad y Reconciliación han puesto en evidencia a través de diversos medios de comunicación la magnitud de las graves violaciones a los derechos humanos que se cometieron en el pasado.

Se desconoce con exactitud el número de fosas clandestinas que existen en el país, aunque de acuerdo a informes periodísticos y diversas versiones preliminares, el número puede superar el centenar de lugares con fosas clandestinas aún por investigar. Por lo pronto, se tiene información reciente sobre 20 lugares en los que presumiblemente existen restos humanos. En ellos está pendiente la verificación respectiva mediante una inspección conjunta del Ministerio Público, la Comisión de la Verdad y Reconciliación, la Defensoría del Pueblo y miembros del Equipo Peruano de Antropología Forense.

La existencia de más de 5,000 denuncias por desaparición forzada de personas recibidas por el Ministerio Público hasta 1996, constituye un indicador de la magnitud del problema que enfrenta el país. En estos casos se desconoce hasta el día de hoy el paradero de las víctimas y el destino final que tuvieron.

Incluso, el número de personas desaparecidas podría ser mayor pues muchos casos no fueron denunciados en su oportunidad por el temor que existía en las zonas de mayor violencia. En lo que va de este año, la Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento de más de 50 casos que no fueron denunciados en su oportunidad Esto hace probable que el número de fosas clandestinas con restos humanos pueda ser mayor.

Las características del fenómeno de la desaparición forzada de personas en el país, ponen en evidencia la complejidad de estas investigaciones, pues se trata de crímenes en los que estaría comprometida la responsabilidad del Estado y sus agentes y en los cuales hubo una manifiesta voluntad de encubrirlos.

Es necesario mencionar que la magnitud del problema está dada también por el considerable número de crímenes cometidos por los grupos terroristas, así como por aquellos cometidos por los comuneros o campesinos, quienes alegan la defensa de su integridad o la vida misma, en el contexto de violencia política que afectaba sus comunidades.

El tiempo transcurrido agrega dificultades adicionales a la investigación por lo que se requiere de técnicas especiales para el recojo y análisis de los restos humanos y las evidencias que se intentan recuperar.

OBJETIVO DE LAS INVESTIGACIONES FORENSES FRENTE AL HALLAZGO DE FOSAS CON RESTOS HUMANOS

Las investigaciones relacionadas con el hallazgo de fosas deben tener por objeto formar casos que puedan ser judicializados. Para ello se requiere recopilar un conjunto de información sobre hechos, víctimas y presuntos autores acudiendo a todas las fuentes documentales, testimoniales y científicas posibles que guarden relación con los hechos materia de investigación. En esta medida los objetivos de la investigación son:

• Determinar la forma y circunstancias en que ocurrieron estas graves violaciones (modos de actuación, antigüedad de las fosas y su origen, entre otras).

• Determinar el número e identidad de las personas desaparecidas. Realizar las acciones necesarias para la individualización e identificación de las víctimas encontradas en las fosas clandestinas.

• Procurar la identificación de los presuntos responsables de estas graves violaciones.

ETAPAS DE LA INVESTIGACIÓN FORENSE

1. Visita de Inspección. Teniendo conocimiento de la noticia del hallazgo de fosas con restos humanos debe precederse a la evaluación y visita de inspección de los sitios, con énfasis en la verificación de la existencia de las tumbas individuales y colectivas u otros los lugares de inhumación (primaria y secundaria) de las víctimas.

2. Protección de la zona e inmovilización. Una vez determinado el lugar de los hechos, se adoptará las medidas correspondientes a efectos de protegerla y ordenar su inmovilización, teniendo en cuenta para ello la mejor forma de garantizar su protección (custodia a cargo de la Policía Nacional del Perú o de ser necesario contar con el apoyo de las autoridades locales o comunales de la zona). Es necesario evitar que cualquier persona pueda alterar, intencionalmente o no, la escena del crimen.

3. Investigación preliminar. Dirigida al acopio de información sobre las víctimas, hechos y posibles autores de los crímenes, así como la reconstrucción del circuito de detención- confinamiento/reclusión-ejecución-inhumación, y de eventos posteriores dirigidos a modificar las condiciones de inhumación (desentierro, remoción por agentes naturales, medioambientales, sociales); la construcción del caso o de los casos materia de investigación y de las hipótesis a contrastar en las etapas siguientes. Coadyuvan en esta etapa, con la información con que cuentan a la fecha y la que pueden recopilar, la Comisión de la Verdad y Reconciliación, la Defensoría del Pueblo (relación de personas presuntamente desaparecidas) y los organismos de derechos humanos.

4. La excavación y exhumación de las fosas o entierros clandestinos para la recuperación ordenada y rigurosa de todas las evidencias físicas, orgánicas e inorgánicas que aporten información significativa y relevante para el caso en investigación. Como paso previo a esta etapa se debe considerar la realización de cáteos, mediante pozos de prospección en la posible fosa, evaluación que permitirá priorizar los lugares a intervenir, según el avance y profundización de las investigaciones en curso.

5. Autopsias, estudios y análisis de los cuerpos parcial o totalmente esqueletizados y de los objetos o artefactos recuperados en la etapa previa, que se hacen en la morgue o laboratorios acondicionados para este fin. El equipo forense en la morgue deberá estar compuesto por un grupo de profesionales de diversas disciplinas: médico legista, antropólogo forense, radiólogo, odontólogo forense, técnico en autopsia, fotógrafo forense y un oficial de escena del crimen (OEEC).

La morgue es el centro de la operación forense, por lo que debe realizarse en condiciones óptimas. Debe contar con un local privado que garantice la seguridad tanto para las evidencias como para la base de datos. En esta etapa del trabajo no hay contacto directo con los familiares y testigos, para permitir y lograr su total independencia.

Toda morgue debe contar con una logística básica, como la sala de autopsia, el cuarto de rayos X, otro espacio para tomar las radiografías con su respectivo cuarto negro para el revelado de las mismas. La sala paralela a la de autopsia debe contar con las siguientes zonas de trabajo: antropología, patología, fotografía y odontología. Debe contar además con un ambiente para el tratamiento de la evidencia.

El objetivo del examen preliminar post-mortem es el de averiguar la causa de muerte de la víctima y su identidad las cuales deben ser corroboradas con los testimonios de los testigos y otras evidencias circunstanciales.

6. La elaboración de los informes correspondientes de las diferentes etapas de la investigación. Contrastación de las hipótesis de trabajo elaboradas durante los pasos previos y presentación de los resultados de la investigación.

ESTRATEGIA DE ACTUACIÓN FRENTE A LAS DIMENSIONES DEL PROBLEMA

Debido a la naturaleza y dimensión del problema que enfrentamos es necesario que el Ministerio Público, la Comisión de la Verdad y Reconciliación y la Defensoría del Pueblo sumen esfuerzos y trabajen de manera coordinada para avanzar en la investigación de éstos casos. Sus respectivos mandatos les encargan la investigación de los delitos, el esclarecimiento de la verdad de las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en el pasado y la defensa de los derechos humanos.

Para afrontar con eficacia las distintas facetas del problema es necesario que se cuente con el apoyo y asesoría técnica de especialistas en estos casos como médicos, antropólogos, odontólogos, peritos de criminalística, entre otros. Especialmente importante es la participación de los arqueólogos y antropólogos forenses reunidos en el Equipo Peruano de Antropología Forense.

La magnitud del problema hace difícil fijar plazos exactos por lo que deben elaborarse planes de acción para el corto, mediano y largo plazo. La experiencia de otros países latinoamericanos que sufrieron fenómenos similares muestra que este tipo de operaciones forenses pueden durar varios años e incluso décadas por lo que se requiere de un plan que contemple esta posibilidad.

PROPUESTA DE ORGANIZACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN DE FOSAS CON RESTOS HUMANOS

• Creación de instancia de coordinación y equipo multidisciplinario. Creación de una instancia de coordinación entre el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y la Comisión de la Verdad y Reconciliación, así como un equipo multidisciplinario e interinstitucional que apoye a los responsables de los procesos de investigación penal.

• Nombramiento de un Fiscal Superior Coordinador de investigaciones designado por la Fiscal de la Nación para hacerse cargo de esta problemática a nivel nacional por razón de la materia. Este fiscal organizará el Plan Nacional y las intervenciones; además será el responsable del Sistema de Información para todos estos casos.

• Nombramiento de 8 fiscales provinciales especializados. Su competencia está determinada por la materia y coordina directamente con el Fiscal Superior Coordinador de Investigaciones. Esta forma de organización evitaría recargar las labores de los fiscales provinciales mixtos; permitiría realizar investigaciones integrales e intercambiar con mayor fluidez la información.

• Creación de un sistema de información y documentación para estos casos

Creación de un Banco de ADN, a cargo del Instituto de Medicina Legal, así como un Registro Nacional de Personas Desaparecidas como producto de la violencia política.

Creación de Base de Datos que permita incorporar y organizar toda la información recuperada a lo largo de la investigación: identificación de víctimas y presuntos responsables, circunstancias de la desaparición, circuitos de detención; lugar de disposición de los restos; datos ante-mortem de la víctima; muestras de sangre de los familiares para determinación de ADN. La base de datos compilará también toda la evidencia material luego de la recuperación y análisis de los restos humanos y artefactos asociados.

• En el plano normativo proponer la implementación de normas efectivas para la protección a testigos; la Creación del Banco de ADN, así como las pautas de procedimiento, las relaciones de coordinación y la determinación de roles y procedimientos.

• Elaborar un registro a nivel nacional de fosas con restos humanos, a efectos de tener una idea de la magnitud del problema y poder proyectar un cronograma de actuaciones e inspecciones.

• Implementación de "morgues" o lugares para análisis de los restos en los distintos distritos judiciales, lo cual posibilitaría la entrega inmediata de los restos a los familiares de las víctimas.

• En la elaboración de estos planes de acción, acoger el aporte de las instituciones de la Sociedad Civil, organizaciones de derechos humanos, así como de los familiares de las víctimas.

• Esta organización del trabajo permite ver el fenómeno de la desaparición forzada de personas y la investigación de fosas clandestinas en su integralidad (recojo de testimonios, recojo de datos en fichas pre-morten y recopilación de información sobre el radio de acción de las bases militares, entre otros).

PROPUESTA DE PLAN NACIONAL DE INVESTIGACIONES ANTROPOLÓGICO- FORENSES DE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS

Las investigaciones aplicará el proceso de investigación antropológico forense propuesto por el EPAF, las sugerencias y regulaciones del "Manual sobre la prevención e investigación eficaces de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias" (ONU, Nueva York 1991) y la Directiva Nş 11 -2001 -MP-FN Directiva que regula la investigación fiscal frente al hallazgo de fosas con restos humanos que guardan relación con graves violaciones a los Derechos Humanos del Ministerio Público. Además todo esfuerzo, científico, técnico y metodológico que contribuya a la organización de los denominados casos-tipo o "paradigmáticos".

El Plan Nacional de Investigación Antropológico Forense se regulará de acuerdo a los casos que se construyan y organicen en los próximos años.

Siguiendo al documento de trabajo presentado por la Defensoría del Pueblo, Comisión de la Verdad y Reconciliación y Epaf "Propuesta de Plan de Acción ante la existencia de fosas clandestinas con restos humanos", en el punto 2 Niveles de actuación, debemos tener en cuenta en la planificación de las acciones, las diferencias que existen entre los casos ya empezados y de aquellos en los que aún no tenemos formalizada la información.

Se han considerado:

a. Casos en investigación, en los que ya se ha hecho alguna intervención o diligencia por parte del Ministerio Público, siendo necesaria la evaluación del estado de las investigaciones. Luego de la evaluación, el equipo multidisciplinario e interinstitucional propondría una serie de sugerencias y recomendaciones que deberán seguirse, para la continuación del proceso de investigación del caso y para que se pueda llegar a resultados confiables e indiscutibles, tanto para las propias autoridades del Ministerio Público, como para la sociedad.

b. Casos sin diligencias, en conocimiento de la Defensoría del Pueblo y la Comisión de la Verdad, que se califican como "casos nuevos", en los que aún no se ha realizado ningún nivel de intervención. Se parte de la denuncia de la existencia de fosas con restos humanos, siendo necesaria para su evaluación, elaborar un cronograma de visitas de inspección conjuntas con el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Comisión de la Verdad y Reconciliación (para la temporada 2001-2002) y el Equipo Peruano de Antropología Forense. En las visitas de inspección se realizan una serie de tareas que incluyen la evaluación de las condiciones reales para profundizar la investigación antropológico forense (aspectos logísticos, recursos materiales y humanos, condiciones de seguridad, etc).

c. Casos no conocidos, en los que, como en el anterior serían abordados con una estrategia integral, pero que parte no de la presunta existencia de una fosa con restos humanos, sino de la investigación de personas desaparecidas en escenarios y situaciones relacionados con la violencia política y que incluyen serias violaciones a los derechos humanos. El punto de partida del trabajo de investigación es la víctima y el proceso debe llevar a la posibilidad de ubicar sus restos mortales en algún lugar.

Hay que tomar especial atención en aquellos casos de personas desaparecidas en donde los testimonios, en la medida de lo posible, nos ayuden a identificar quiénes eran, cómo murieron y cómo se dispuso de sus restos mortales de manera tal que ahora es imposible o muy difícil recuperarlos. Es decir, se trata de aquellos casos en los que además de borrar las "huellas" de las acciones criminales ocurridas, se buscó desaparecer totalmente y de diversas maneras a las víctimas:

- realizando explosiones en las fosas (con granadas o dinamita) antes de cubrirlas permanentemente;

- quemando los cuerpos con diferentes combustibles, hasta reducirlos a fragmentos (así como las pertenencias personales);

- enterrándolos en determinado lugar y desenterrándolos luego de un tiempo, para cambiarlos de ubicación, con la finalidad de que se perdiese su rastro;

- desnudándolos completamente y luego mutilándolos hasta volverlos irreconocibles, escondiendo los restos en cuevas o dejándolos simplemente arrojados a merced de animales de rapiña o del medioambiente;

- arrojando los cadáveres a desfiladeros, ríos, lagunas o fuentes de agua.

CRONOGRAMA DE ACCIONES

El cronograma se rige de acuerdo a las fases operativas propuestas por el Epaf y descritas anteriormente.

De acuerdo a las condiciones climáticas y geográficas de nuestro país, se sugiere que las Inspecciones y Verificaciones, así como las exhumaciones se realicen entre los meses de marzo a noviembre, empleándose de preferencia los meses restantes, en las otras tareas establecidas en las fases operativas (p. e.: elaboración de Informes, planeamiento de Inspecciones, etcétera).

Los exámenes de morgue y laboratorio se realizan de manera ininterrumpida durante todo el año.

Excepcionalmente y en razón a! tiempo de mandato de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, las Inspecciones que se orienten a su interés empezarían la tercera semana de noviembre y continuarían durante los meses de diciembre, enero, febrero y marzo del 2001.

PRIMER AÑO:

Base de Datos y Banco de ADN; Investigaciones de interés para la Comisión de la Verdad y Reconciliación; Balance y evaluación de los casos realizados o iniciados por el Ministerio Público y la Unidad de Criminalística de la PNP; Programa de Inspecciones y Construcción de Casos-Temporada 2002

1. Construcción de la Base de Datos especializada. Para investigación antropológica forense de casos relacionados con violaciones a los derechos humanos.

2. Creación de Banco de ADN. Con la finalidad de preservar muestras biológicas para la identificación futura de las víctimas. Estará a cargo del Instituto de Medicina Legal.

3. Investigación de casos de interés para la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Visitas de Inspección y Verificación de entierros con restos humanos, Organización de la información, Construcción de casos "paradigmáticos" y su investigación antropológica forense (exhumación y análisis de los restos humanos, elaboración de los informes, posibilidad de entrega de restos a las familias).

4. Evaluación del estado de las investigaciones de los Casos en los que ya se ha hecho alguna intervención o diligencia por parte del Ministerio Público o de la Unidad de Criminalística de la PNP. Ingreso de esta información a la Base de Batos especializada para investigación antropológica forense. Propuestas y sugerencias para su estandarización y según sea el caso, para el avance de las investigaciones iniciadas.

a. Ancash

  • Quebrada Ullta
  • Punta Chonta
  • Mina abandonada de Cía Millotingo

b. Huancavelica

  • Pampas Tayacaja
  • Churcampa, incluye la Base Militar de Churcampa
  • Chonta
  • Palta

c. Ayacucho

  • Totos
  • Paqpamuccu
  • Sancaypata
  • Ccarpaccasa
  • Huarcatán
  • Hualla
  • Yanamilla

d. Apurimac

  • Capaya

e. Junín

  • Alhuanya
  • Chilicamayo
  • Antacucho
  • Shicuy

f. San Martín

  • Panjui

Hay casos que están bastante avanzados, como en Churcampa, Totos, Capaya y Panjui y en los que es necesario concentrarse, evaluando la posibilidad de realizar las exhumaciones y exámenes de morgue correspondientes.

5. Programa de Inspecciones y Construcción de Casos, con énfasis en los departamentos que concentran la mayor cantidad de denuncias de personas desaparecidas:

  • Ayacucho
  • Apurimac
  • Huancavelica
  • Junín
  • Huánuco
  • San Martín

Se realizarán hasta 4 inspecciones por mes, de 3 días cada una como mínimo, durante 9 meses al año.

En las inspecciones se reunirá información testimonial y se hará un censo de personas desaparecidas y presuntamente vinculadas a los enterramientos con restos humanos que sean identificados.

Se tomarán muestras de ADN de los familiares cercanos (especialmente por la línea materna) de las víctimas, dentro de un programa de creación del Banco de ADN para las víctimas de la violencia política entre 1980-2000, bajo la jurisdicción y tutela del Ministerio Público y con la dirección científica del Instituto de Medicina Legal.

Se propondrá un Plan de Acción para cada caso que se construya, que se ciña a las propuestas metodológicas del Equipo Peruano de Antropología Forense plasmadas en el documento "Ciencias forenses y Derechos Humanos: una propuesta para la investigación forense eficaz de violaciones a los Derechos Humanos en el Perú", enero del 2001), al Manual de la ONU, y a la Directiva N 11-2001 del Ministerio Público.

6. Balance y planificación de la temporada siguiente. Según lo actuado y luego de terminar las trabajos de investigación antropológica forense de interés para la Comisión de la Verdad y Reconciliación,

SEGUNDO AÑO:

Campaña de Investigación Antropológica Forense: exhumación y análisis de morgue de los casos elaborados el Primer Año. Continuación del Programa de Inspecciones y construcción de nuevos casos. Evaluación de las posibilidades de devolución de restos mortales a los familiares.

Como hemos visto, las campañas de exhumación propuestas, luego de los estudios e investigaciones realizadas previamente durante el primer año, se efectuarán entre los meses de marzo a noviembre, teniendo en cuenta para todos los casos, hacer un riguroso seguimiento de los reportes climatológicos y de las condiciones de seguridad y situación política y social de las regiones a intervenir.

Como máximo se podrá hacer 12 exhumaciones por año.

Así mismo, continuará el programa de inspecciones y se seguirá construyendo casos de acuerdo al avance de las investigaciones.

También se evaluará qué restos humanos han sido identificados, precediéndose a implementar un Programa de Devolución de Restos Mortales a los familiares de las víctimas de la violencia política entre 1980 y 2000 y la entrega de los correspondientes Certificados de Defunción por parte de las autoridades correspondientes.

Atendiendo la especial significación que tienen estos casos, sería importante que se considere la posibilidad que los certificados de defunción salieran refrendados por la más alta autoridad del Ministerio Público y del Instituto de Medicina Legal.

TERCER, CUARTO Y QUINTO AÑO:

Campaña de Investigación Antropológica Forense: exhumación y análisis de morgue de los casos elaborados el Segundo Año. Continuación del Programa de Inspecciones y construcción de nuevos casos. Evaluación de las posibilidades de devolución de restos mortales a los familiares.

Durante estos años las Campañas de Investigación Antropológico Forense destinadas a la búsqueda y encuentro de las víctimas de la violencia política entre 1980-2000 y a la investigación de los eventos alrededor de su muerte, ya tendrán un ritmo adecuado, permitiendo hacer una evaluación y balance al fina! de la misma.

Nuevos casos y denuncias se habrán producido durante estos años, lo que incidirá en el Balance y Planificación de los siguientes años.

QUINTO AÑO:

Evaluación del estado de los trabajos y planeamiento de las acciones en las campañas siguientes.

Mantener activos los equipos de investigación, el presupuesto y la logística adecuada para la ejecución de nuevas campañas de investigación antropológica forense de los años siguientes.

Equipo de Apoyo Técnico Especializado de la Unidad de Investigación.

Se requiere de un Equipo de Apoyo Técnico debería estar compuesto por el EPAF, Instituto de Medicina Legal y personal de Criminalística de la PNP. Todo el Equipo Técnico estaría disponible y participaría en las tareas que le sean encargadas y de su competencia, de manera organizada y establecida previamente, durante todo el año.

Se requiere de equipos permanentes, cuyos integrantes pueden rotar realizando diferentes tareas, según las necesidades de la investigación. Un equipo para las Inspecciones y Verificaciones de entierros con restos humanos y equipos de Investigación Antropológico Forense para las tareas de Exhumación y Exámenes de Morgue y Laboratorio, conformado por miembros del Epaf y del Instituto de Medicina Legal.

Este equipo se puede apoyar en las pericias que sean necesarias de los laboratorios de Criminalística de la Policía o de los expertos en el análisis de escenas de crimen de dicha institución, cuando sean requeridos.

También se requeriría de traductores en idiomas y lenguas nativas, asistentes de campo y laboratorio y obreros locales.


Notas:

1. Esta propuesta fue elaborada por la Defensoría del Pueblo y el Equipo Peruano de Antropología Forense y entregada a la Fiscal de la Nación y la Comisión de la Verdad y Reconciliación en noviembre del 2001.

2. Los lugares denunciados fueron: Paso Danubio en Pampas Tayacaja, Pachamarca en Tayacaja, Huarcatán y Hualla en Ayacucho. En estos casos se realizó la excavación sin la concurrencia de personal especializado ni haber realizado las fases previas de la investigación. Asimismo se conocieron nuevos casos en los que se realizaron visitas de inspección conjunta por el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y el EPAF. Los lugares fueron: Capaya (Aimaraes), Panjui (San Martín), Totos y Gayara (Ayacucho), Base Militar de Churcampa (Huancavelica) y Huamanga (cerca del Penal de Yanamilla).

3. La Directiva Nş 11-2001-MP-FN, de Setiembre del 2001 representa un avance importante en torno a los procedimientos a seguir, aunque aún falta resolver algunos temas adicionales como la protección a los testigos o los plazos para la investigación preliminar que deben ser flexibles.


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 02oct02
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