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Resolución 2291 (2016) prorrogando hasta el 15 de diciembre de 2016 el mandato de la UNSMIL


Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/RES/2291 (2016)

Distr. general
13 de junio de 2016

Resolución 2291 (2016)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7712ª sesión, celebrada el 13 de junio de 2016

El Consejo de Seguridad,

Recordando su resolución 1970 (2011) y todas sus resoluciones posteriores sobre Libia,

Reafirmando su firme compromiso con la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la unidad nacional de Libia,

Tomando nota del informe del Secretario General sobre la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSMIL) (S/2016/452),

Expresando su apoyo a la labor que realizan la UNSMIL y el Representante Especial del Secretario General para facilitar una solución política liderada por Libia a los problemas que enfrenta el país,

Recordando la resolución 2259 (2015) en que hace suyo el Comunicado de Roma de 13 de diciembre de 2015 en apoyo del Gobierno de Consenso Nacional como único Gobierno legítimo de Libia, y acogiendo con beneplácito la llegada a Trípoli el 30 de marzo de 2016 de miembros del Consejo de la Presidencia del Gobierno de Consenso Nacional, encabezado por el Primer Ministro Fayez Serraj,

Reiterando su apoyo a la plena aplicación del Acuerdo Político Libio firmado en Sjirat (Marruecos) el 17 de diciembre de 2015 para formar un Gobierno de Consenso Nacional integrado por un Consejo de la Presidencia y un Gabinete y apoyado por otras instituciones estatales como la Cámara de Representantes y el Consejo de Estado,

Acogiendo con beneplácito el apoyo manifestado en principio al Acuerdo Político Libio por la Cámara de Representantes el 25 de enero de 2016 y acogiendo con beneplácito también la reunión del Diálogo Político Libio del 10 de marzo de 2016, en la que reafirmó su compromiso de defender el Acuerdo Político Libio,

Reconociendo la importancia de que se mantenga la inclusividad, alentando encarecidamente al Gobierno de Consenso Nacional a que apoye la reconciliación y mejore el acercamiento político en toda Libia, y poniendo de relieve la importancia de que todas las partes de Libia participen en el Acuerdo Político Libio de manera constructiva, con buena fe y una voluntad política sostenida,

Instando a que las mujeres participen de manera plena y efectiva y en condiciones de igualdad en todas las actividades relacionadas con la transición democrática, la solución de conflictos y la consolidación de la paz de acuerdo con las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, incluidas las resoluciones 1325 (2000), 2122 (2013) y 2242 (2015),

Tomando nota del Comunicado de Viena de 16 de mayo de 2016 en que se instó a todas las partes a trabajar de manera constructiva para finalizar el marco institucional de transición y se acogió con beneplácito la creación de la Guardia Presidencial por el Consejo de la Presidencia, y destacando que la tarea de garantizar la seguridad y defender a Libia del terrorismo debe corresponder a unas fuerzas nacionales de seguridad unificadas y reforzadas bajo la autoridad única del Gobierno de Consenso Nacional, de conformidad con el Acuerdo Político Libio,

Alentando al Gobierno de Consenso Nacional a que ultime las disposiciones provisionales de seguridad para la estabilización de Libia como un paso decisivo para abordar los retos políticos, humanitarios, económicos, institucionales y de seguridad en Libia y para combatir la amenaza del terrorismo,

Expresando grave preocupación por el rápido deterioro de la situación humanitaria en Libia,

Reiterando su solicitud a todos los Estados Miembros para que apoyen plenamente los esfuerzos del Representante Especial del Secretario General y colaboren con las autoridades libias y la UNSMIL a fin de elaborar un conjunto de medidas de apoyo coordinadas que fomenten la capacidad del Gobierno de Consenso Nacional, en consonancia con las prioridades de Libia y en respuesta a las solicitudes de asistencia, y reiterando también su llamamiento a todas las partes para que cooperen plenamente con las actividades de la UNSMIL, entre otras cosas adoptando las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la circulación sin trabas del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado,

Recordando su determinación adoptada en la resolución 2213 (2015) de que la situación en Libia sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales,

1. Decide prorrogar hasta el 15 de diciembre de 2016 el mandato de la UNSMIL, bajo la dirección del Representante Especial del Secretario General, como misión política especial integrada, de plena conformidad con los principios de la titularidad nacional, a través de la mediación y los buenos oficios, de prestar apoyo a la aplicación del Acuerdo Político Libio, el Gobierno de Consenso Nacional, la elaboración de sus disposiciones de seguridad, y las etapas posteriores del proceso de transición de Libia, y para que dentro de las limitaciones operacionales y de seguridad, la UNSMIL emprenda las siguientes tareas:

i) Preparar informes y vigilar la observancia de los derechos humanos;

ii) Prestar apoyo para asegurar los armamentos y materiales conexos no controlados y combatir su proliferación;

iii) Prestar apoyo a las instituciones fundamentales de Libia;

iv) Prestar apoyo, cuando se le solicite, para la prestación de servicios esenciales y la entrega de asistencia humanitaria, de conformidad con los principios humanitarios;

v) Prestar apoyo para la coordinación de la asistencia internacional;

2. Reconoce que desde el 30 de marzo de 2016 la UNSMIL ha facilitado una presencia coherente en Libia para apoyar al Consejo de la Presidencia y el Comité de Seguridad Temporal y alienta a la UNSMIL a que vuelva a establecer una presencia permanente en Libia mediante un regreso gradual, en la medida en que las condiciones de seguridad lo permitan, y a que establezca las disposiciones de seguridad necesarias a tal efecto;

3. Solicita al Secretario General que lo siga informando por lo menos cada 60 días sobre la aplicación de la presente resolución;

4. Solicita al Secretario General que lo informe, según proceda, tras la celebración de consultas con las autoridades libias sobre las recomendaciones para el apoyo de la UNSMIL a las etapas posteriores del proceso de transición de Libia y las disposiciones de seguridad de la UNSMIL;

5. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.


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