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16jun15

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17° informe del Equipo de Apoyo Analítico y Vigilancia de las Sanciones relativas a Al-Qaida y las personas y entidades asociadas


Inicio

Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/2015/441

Distr. general
16 de junio de 2015
Español
Original: inglés

Carta de fecha 16 de junio de 2015 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Presidente del Comité del Consejo de Seguridad dimanante de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) relativas a Al-Qaida y las personas y entidades asociadas

Tengo el honor de transmitir adjunto el 17° informe del Equipo de Apoyo Analítico y Vigilancia de las Sanciones establecido en virtud de la resolución 1526 (2004), presentado al Comité del Consejo de Seguridad dimanante de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) relativas a Al-Qaida y las personas y entidades asociadas en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo a) del anexo I de la resolución 2083 (2012).

Le agradecería que tuviera a bien señalar esta carta y el informe a la atención de los miembros del Consejo de Seguridad y disponer que se publicaran como documento del Consejo.

(Firmado) Gerard van Bohemen
Presidente
Comité del Consejo de Seguridad dimanante de las
resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) relativas
a Al-Qaida y las personas y entidades asociadas


Decimoséptimo informe del Equipo de Apoyo Analítico y Vigilancia de las Sanciones, presentado de conformidad con lo dispuesto en la resolución 2161 (2014), relativa a Al-Qaida y las personas y entidades asociadas

Índice

I. Resumen
II. Amenaza

III. Próximas medidas
IV. Impugnación judicial del régimen de sanciones
V. Medidas de sanción

Anexo
Acciones judiciales relacionadas con personas y entidades incluidas en la Lista de Sanciones contra Al-Qaida


I. Resumen

1. La amenaza del movimiento de Al-Qaida |1| en su conjunto persiste, impulsada principalmente por los desafíos interrelacionados que suponen los combatientes terroristas extranjeros, el papel desempeñado por el Estado Islámico del Iraq y el Levante (EIIL) |2| y el agravamiento de los problemas en Libia. Los actos terroristas de Al-Qaida y el EIIL tienen un elevado costo humano, tanto en las zonas de mayor actividad de esas entidades como en ciudades de otras regiones en las que han perpetrado atentados. Además de los abusos cometidos diariamente por el EIIL y grupos asociados a Al-Qaida, su espeluznante propaganda constituye cada vez más un motivo de preocupación.

2. Las sanciones siguen siendo una herramienta preventiva contra ellos que puede entorpecer sus planes. Debido a la magnitud del desafío que constituyen actualmente estos grupos y sus redes, las sanciones solo pueden ser una parte de la respuesta integrada internacional y nacional. No obstante, se acoge con beneplácito la adopción de una perspectiva estratégica a fin de incluir en la Lista a las personas más relacionadas con la amenaza y que pueden ser más vulnerables a los efectos de las sanciones selectivas. En el presente informe se ofrecen recomendaciones, entre ellas algunas relacionadas con la mejora de la calidad y la extensión del alcance de la Lista de Sanciones contra Al-Qaida.

II. Amenaza

3. El terrorismo ocupa un lugar predominante en las noticias actualmente. El EIIL, un grupo disidente de Al-Qaida, sigue contaminando el mundo digital con su propaganda ofensiva ampliamente difundida, y es importante señalar que la retórica de grupos como el EIIL no es fiel a la realidad. Aunque esos grupos suponen una amenaza para la paz y la seguridad internacionales y una amenaza grave para las poblaciones más vulnerables, siguen asesinando e hiriendo a muchas menos personas que las guerras, los desastres o los accidentes de tráfico. Incluso así, Al-Qaida y sus asociados, incluido el EIIL, matan a miles de personas, por lo que la respuesta tiene que ser decidida y constante.

4. El año pasado se constató un aumento preocupante del terror digital de alta definición: el uso de la propaganda, principalmente por parte del EIIL y sus simpatizantes, para hacer cundir el miedo y promover su ideología tergiversada. Internet elimina las distancias, y los medios sociales permiten ejercer influencia más fácilmente; por ejemplo, un terrorista situado en un lugar alejado en la República Árabe Siria puede influir en los posibles reclutas en cualquier parte del mundo. El reclutamiento y la radicalización parecen ser fenómenos para los que, en la mayoría de los casos, sigue siendo necesario el contacto humano, por lo que es muy preocupante el alcance de la actividad digital de EIIL y, en menor medida, de algunas entidades asociadas a Al-Qaida, lo que tiene implicaciones estratégicas en la evolución futura de la amenaza, especialmente entre la diversa, dispersa y no necesariamente desmovilizada diáspora de combatientes terroristas extranjeros.

5. El espacio digital es el escenario en que evoluciona la amenaza, mientras que el espacio físico es donde se centra la amenaza inmediata. El costo humano de los atentados relacionados con Al-Qaida y el EIIL en los últimos meses ha sido enorme: grandes atentados con bombas, asesinatos, y la explotación de varios millones de personas en el Iraq, la República Árabe Siria y en menor grado, aunque igualmente importante, de la población de algunas partes del Afganistán, Libia, Nigeria, Somalia y el Yemen, que incluye violaciones y actos de violencia sexual. La justificación de la explotación generalizada de mujeres y niñas para fines de esclavitud sexual por parte del EIIL es el ejemplo más claro de que la engañosa retórica del EIIL sobre una nueva sociedad se basa en la brutalidad y la violencia. Boko Haram, entidad incluida en la Lista como Jama'atu Ahlus-Sunna Lidda'Awati Wal Jihad (QDe.138), es una organización muy similar, igualmente brutal pero con menos capacidad propagandística.

A. Núcleo de Al-Qaida

6. Al-Qaida sigue eclipsada por la atención prestada a su grupo disidente, el EIIL. Las operaciones militares del Pakistán en la zona septentrional de Waziristán redujeron su capacidad de encontrar cobijo, y Aiman Muhammed Rabi al -Zawahiri (QDi.006) sigue teniendo un perfil más bajo que los muchos propagandistas del EIIL. A pesar de que el atentado contra el periódico Charlie Hebdo perpetrado en París en enero de 2015 fue reivindicado por Al-Qaida en la Península Arábiga (AQPA) (QDe.129) en nombre de Al-Qaida, no hay pruebas que permitan afirmar que la propia Al-Qaida participara en la comisión o la planificación del atentado. El control que ejerce Al-Zawahiri sobre los grupos afiliados parece estar debilitándose, como ponen en evidencia la deserción de Boko Haram del EIIL el 25 de febrero de 2015 y el hecho de que algunos dirigentes de AQPA en el Yemen pasaran a guardar lealtad al EIIL. La situación financiera del Al-Qaida sigue siendo precaria en comparación con la del EIIL, aunque hay indicios de que el grupo está volviendo a recibir fondos. Sigue habiendo terroristas relacionados con Al-Qaida en otras zonas en conflicto, entre ellas la República Árabe Siria y el Yemen, y algunos de ellos continúan tratando de llevar a cabo operaciones externas.

B. Estado Islámico del Iraq y el Levante

7. Desde noviembre de 2014, cuando el Equipo de Vigilancia informó sobre el EIIL por última vez (véase S/2014/815), el grupo ha seguido atrayendo una considerable atención de los medios de comunicación, sobre todo por el uso de formas extraordinariamente brutales de tortura y asesinato, con frecuencia grabado para producir el efecto máximo. El grupo, que sigue controlando a poblaciones de partes extensas del Iraq y la República Árabe Siria, mantiene una identidad independiente de Al-Qaida, insiste en su reivindicación de ser un "estado" y promueve una ideología extrema con la finalidad de atraer a más combatientes terroristas extranjeros y a sus familias.

8. La situación sobre el terreno ha evolucionado, aunque no significativamente. El EIIL ha sufrido su primer gran revés: la pérdida de la ciudad histórica de Kobani (República Árabe Siria) en enero de 2015 tras una campaña de cuatro meses de duración para tomar la ciudad |3|. A pesar de ese contratiempo, el grupo ha mantenido su presencia y sus capacidades en el Iraq y no ha cejado en su empeño de promover su proyecto de estado autoproclamado. Hay indicios de que la situación financiera del EIIL está empeorando, aunque la entidad todavía tiene acceso a diversos tipos de recursos |4| en los territorios sobre los que mantiene el control. El EIIL ha perdido cientos de efectivos en enfrentamientos con las fuerzas de los Gobiernos del Iraq y la República Árabe Siria y con varias fuerzas kurdas. Abu Bakr al-Baghdadi, incluido en la Lista como Ibrahim Awwad Ibrahim Ali al-Badri al-Samarrai (QDi.299), sigue siendo la figura central, con la asistencia de sus oficiales adjuntos y los así denominados ministerios |5|. El grupo ha establecido una estructura operacional relativamente eficaz organizada en varias esferas de responsabilidad que cuentan con el apoyo de estructuras administrativas y logísticas. Se presta una atención particular a las medidas de seguridad interna para proteger a sus líderes, activos principalmente en entornos urbanos y semiurbanos; sin embargo, esas medidas, que incluyen la verificación minuciosa de los nuevos combatientes terroristas extranjeros que se suman a sus filas, pueden crear fricciones en el sistema de mando y control y exacerbar las diferencias internas entre el personal del EIIL.

9. El EIIL sigue recibiendo un flujo considerable de combatientes terroristas extranjeros y está por ver si las medidas adoptadas por los Estados Miembros para impedir su partida estrangularán suficientemente ese flujo. Los nuevos combatientes terroristas extranjeros que se suman a las filas del EIIL fortalecen su fuerza de trabajo, así como su posición y su capacidad de atracción. La campaña de propaganda digital del EIIL tiene múltiples facetas y su difusión se basa en gran medida en los medios sociales e Internet, a fin de extender el miedo, ampliar el diverso conjunto de adeptos en todo el mundo y explotar las divisiones sectarias y los conflictos regionales con el objetivo de obtener apoyos. Los atentados contra objetivos culturales ponen de manifiesto la ideología de intolerancia y extremismo generales del grupo.

10. Los éxitos tempranos del EIIL y su pervivencia le permiten reivindicar que ha logrado lo que Al-Qaida nunca consiguió: construir una entidad territorial con la violencia terrorista, lo que sigue desencadenando manifestaciones de lealtad o simpatía de entidades diversas asociadas a Al-Qaida en todo el mundo, aunque cabe cuestionar en qué medida esas expresiones implican una disposición real a seguir a Al-Baghdadi o un deseo de utilizar la notoriedad del EIIL y, tal vez, acceder a sus flujos de financiación. Está por ver si el EIIL podrá mantener su presencia y su estrategia a medio y largo plazo frente al conjunto de medidas concertadas contra él, que incluye la acción militar del Iraq y la República Árabe Siria, ataques aéreos de una coalición multilateral y esfuerzos internacionales para dificultar la financiación del EIIL y la adhesión de combatientes terroristas extranjeros. Una gran parte del impacto que en última instancia tenga el EIIL en el movimiento de Al-Qaida dependerá de si aquellos que le han jurado fidelidad pasan de tener vínculos fundamentalmente retóricos a establecer una relación operacional.

C. Al-Qaida en la Península Arábiga

11. AQPA sigue representando una amenaza en el Yemen (donde puede aprovechar la actual crisis política y la lucha abierta entre el Gobierno y los rebeldes) y por su capacidad de planificación de atentados en el exterior. El amplio alcance del grupo resonó de manera escalofriante en enero de 2015, cuando el ciudadano francés Said Kouachi (no incluido en la Lista), adiestrado por AQPA, y su hermano Cherif (no incluido en la Lista) asesinaron a 12 personas en París en un atentado contra el periódico satírico Charlie Hebdo. Hacía tiempo que Charlie Hebdo figuraba entre los objetivos del grupo, lo cual llegó a mencionarse en 2013 en la revista Inspire, publicada en inglés por AQPA. Los atentados de París vuelven a poner de manifiesto que AQPA sigue participando activamente en la planificación de atentados en el exterior y apoyando a aquellos que desean perpetrarlos. Dos semanas después de los atentados, Nasser bin Ali al-Ansi (no incluido en la Lista), un dirigente superior del AQPA, exhortó a que se llevaran a cabo atentados de "lobos solitarios" en los países occidentales |6|.

12. En el Yemen, AQPA sigue llevando a cabo ataques contra las fuerzas de seguridad y disfruta de acceso a armas y municiones y a instalaciones del ejército, como demostró la toma del control de una base militar en el sur del Yemen en febrero de 2015. El grupo también se encuentra en una situación que le permite exacerbar las diferencias sectarias en el Yemen para aprovecharse de ellas. Además, la competición con la wilaya (provincia) de Saná del EIIL, que en marzo de 2015 reivindicó la ejecución de 29 soldados yemeníes y un atentado en una mezquita de Saná en el que murieron 137 personas, también podría incitar a AQPA a iniciar una campaña de terror más mortífera para tratar de conseguir la supremacía.

D. Afganistán

13. En los últimos seis meses, la amenaza de Al-Qaida y las entidades asociadas en el Afganistán ha ganado visibilidad. Al-Qaida y las entidades asociadas siguen amenazando gravemente la seguridad y la estabilidad del Afganistán y de la región en sentido más amplio |7|. Altos dirigentes de Al-Qaida como Abu Bara al-Kuweiti, Abu Khalid y Adil Abdul Qadoos resultaron muertos en octubre y noviembre en la zona fronteriza entre el Afganistán y el Pakistán |8|. El Movimiento Islámico de Uzbekistán (QDe.010) sigue suponiendo una grave amenaza para las fuerzas de seguridad del Afganistán, así como la presencia continua de grupos que operan desde la zona fronteriza entre el Afganistán y el Pakistán, como Tehrik-e Taliban Pakistan (TTP) (QDe.132), Harakat ul-Mujahidin (HUM) (QDe.008) y Lashkar-e-Tayyiba (QDe.118). Efectivos locales e internacionales de esos grupos atravesaron la frontera hacia el Afganistán a raíz de las operaciones continuas y a gran escala llevadas a cabo por personal militar del Pakistán.

14. En el Afganistán, las fuerzas de seguridad hallan cada vez más frecuentemente material propagandístico relacionado con el EIIL. Además, el 26 de enero de 2015, Abou Mohamed al Adnani (QDi.325) anunció en una declaración grabada el establecimiento de una nueva "provincia" del EIIL en Khorasan |9|. En la declaración, Adnani designó a Hafez Saeed Khan (no incluido en la Lista), excomandante de TTP, "gobernador" de la "provincia", y a Abdul Rauf Khadem (TAi.025) "gobernador adjunto" |10|. El anuncio siguió a una cadena de juramentos de lealtad a Al-Baghdadi, dirigente del EIIL, por parte de combatientes y comandantes de TTP durante el segundo semestre de 2014. El establecimiento de una nueva "provincia" del EIIL en la región, independientemente de su capacidad operacional, supone un desafío de poder no solo para los talibanes afganos |11|, Mullah Omar |12| y los grupos asociados a Al-Qaida en la región, sino también de manera directa para el núcleo de Al-Qaida y Al-Zawahiri, su actual dirigente.

15. Según la información de los Estados Miembros, el núcleo de Al-Qaida en la región ha adoptado una postura defensiva frente al desafío del EIIL. Al-Zawahiri no reaccionó públicamente al último desafío del EIIL de establecer una "provincia". Los Estados Miembros también informaron al Equipo que, si bien la creciente prominencia del EIIL no había influido negativamente en la situación financiera del núcleo de Al-Qaida, la situación financiera del grupo próximo a Al-Zawahiri seguía siendo difícil. No obstante, aunque la atención mundial se ha centrado en la situación en el Iraq y la República Árabe Siria, el núcleo de Al-Qaida sigue bastante activo. Los Estados Miembros confirmaron al Equipo que un número de destacados combatientes terroristas extranjeros procedentes de países occidentales habían abandonado la zona y se suponía que estaban en camino hacia la República Árabe Siria. Sin embargo, siguen siendo pocos. Esta situación puede explicarse en parte por los problemas logísticos y de seguridad que plantean los viajes entre el Afganistán y los territorios del Iraq y la República Árabe Siria controlados por el EIIL.

E. Asia Meridional y Central

16. En Asia Meridional y Central ha aumentado el número de grupos asociados a Al-Qaida, pero su núcleo cada vez más débil no es capaz de reunirlos de manera coherente. El EIIL ha ampliado su influencia a Asia Meridional a través de su marca y la atención de los medios de comunicación internacionales. Las operaciones militares del Pakistán han agotado considerablemente la capacidad de las entidades afiliadas a Al-Qaida y han constreñido su presencia. La reducción de efectivos de las fuerzas internacionales presentes en el Afganistán podría alentar a las entidades regionales afiliadas a Al-Qaida a regresar al país para luchar. Los combatientes terroristas extranjeros y los repatriados pueden repercutir negativamente en la situación en el futuro.

17. Al-Qaida en el Subcontinente Indio (AQSI) (entidad no incluida en la Lista) ha hecho bastante ruido pero su implantación no ha sido muy exitosa. Aunque afirma que inició sus operaciones incluso antes de anunciarlo oficialmente en septiembre de 2014, sus primeros atentados de gran envergadura fracasaron. Después de que fallara su primera gran operación contra la Marina del Pakistán a principios de septiembre de 2014, también se frustró el segundo intento de atacar los astilleros de la marina del Pakistán en Karachi en diciembre de 2014 |13|. No obstante, ha reivindicado varios asesinatos |14|. El 21 de febrero de 2015, AQSI exhortó a los eruditos religiosos pakistaníes y a "las personas de fe" a que reunieran apoyos para los talibanes afganos, fortaleciendo así la conexión del núcleo de Al -Qaida con los talibanes.

18. TTP ha sufrido luchas intestinas y divisiones y, lo que es más importante, ha perdido sus cuarteles generales en Mir Ali y Miranshah a raíz de las operaciones militares del Pakistán. Aunque está debilitado, sigue suponiendo una amenaza en el Pakistán y para la región en sentido amplio. La confusión acerca del supuesto juramento de fidelidad al EIIL por parte de los dirigentes y algunas facciones del TTP pone de manifiesto que el empuje del EIIL todavía está contrarrestado por la lealtad de larga data hacia esos grupos. TTP pulió su reputación como organización brutal en su atentado contra la Academia Pública Militar de Peshawar, en el que murieron 141 personas el 16 de diciembre de 2014. Las respuestas al atentado pusieron de manifiesto las continuas divisiones entre los grupos regionales: AQSI y los talibanes afganos condenaron el atentado, pero el Movimiento Islámico de Uzbekistán y otros grupos terroristas de la región lo apoyaron |15|. TTP ha amenazado con perpetrar más atentados |16|.

19. Lashkar e Toiba lleva a cabo actividades en el Afganistán, la India y el Pakistán y cuenta con una extensa red en la región. Sigue participando activamente en actos terroristas en el Afganistán y Jammu y Cachemira, mantiene una capacidad terrorista considerable y disfruta de recursos financieros cuantiosos. Sus dos organizaciones principales (Jamaat-ud-Dawa y la Fundación Falah-i-Insaniyat) siguen realizando actividades sociales y de recaudación de fondos, como demuestran los datos que ellas mismas publican en medios sociales.

20. El Movimiento Islámico de Uzbekistán sigue siendo un aliado cercano del núcleo de Al-Qaida y los talibanes. A pesar de que su centro de gravedad se encuentra actualmente en el Afganistán, está empezando a utilizar diferentes marcas o escisiones para penetrar en Kirguistán, Tayikistán y otros Estados Miembros de Asia Central. El 7 de enero de 2015, el supuesto dirigente de una célula del Movimiento Islámico de Uzbekistán y 10 supuestos subordinados fueron detenidos en Tayikistán. Además del Movimiento, grupos como Hizb ut-Tahrir (no incluido en la Lista) y Jamaat Ansarullah (no incluido en la Lista) podrían estar siendo aprovechados por Al-Qaida para reclutar y radicalizar a combatientes terroristas extranjeros.

21. El EIIL considera que los veteranos procedentes de Asia Meridional y Central son activos valiosos y trata de incluirlos en sus redes. El 10 de enero de 2015, el EIIL publicó un vídeo en el que anunciaba los juramentos de lealtad prestados por los dirigentes de varios grupos del Afganistán y el Pakistán, entre ellos Abu Omar Maqbool (no incluido en la Lista), ex portavoz de TTP. El EIIL también trata de establecer su presencia en Bangladesh y otros países de la región. El 18 de enero de 2015, cuatro supuestos miembros del EIIL, entre ellos su coordinador en Bangladesh, fueron detenidos en Daca |17|.

F. Entidades afiliadas a Al-Qaida en el Sahel y el Norte de África

22. Durante los últimos meses, las entidades afiliadas a Al-Qaida en el Sahel y el Magreb han pasado por un período de reestructuración y reorganización. Tras haber estado dispersos en muchos países y haber perdido a muchos combatientes y equipos debido a la intervención militar dirigida por Francia en Malí, los grupos de la región, incluidos el Movimiento para la Unidad y la Yihad en África Occidental (MUYAO) (QDe.134) y Al-Qaida en el Magreb Islámico (AQMI) (QDe.014), tratan de reestablecer su presencia en el norte de Malí.

23. Las acciones de expansión se han sustituido por atentados esporádicos de pequeña escala o más complejos contra las fuerzas internacionales en el norte de Malí, como el atentado del 17 de enero de 2015 contra la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en Malí (MINUSMA) en Kidal. Hasta la fecha, 46 miembros de la MINUSMA han muerto en atentados terroristas |18|. La presencia del Gobierno en el norte de Malí es relativamente débil, por lo que las fuerzas internacionales son el objetivo obvio de los atentados terroristas. Al Mourabitoun (QDe.141) perpetró un atentado mortal en Bamako el 7 de marzo de 2015, el primero cometido en la capital por una entidad afiliada a Al-Qaida.

24. Debido a la incapacidad de las entidades afiliadas a Al-Qaida en el norte de Malí de reunir apoyo popular, el MUYAO y Ansar Eddine (QDe.135) han tenido que dirigirse a otras comunidades en busca de una base social. La situación se ve agravada por las migraciones y la tendencia de los combatientes a cambiar de grupo en función de los dirigentes, las capacidades y las posibles recompensas. La influencia personal de dirigentes como Mokhtar Belmokhtar (QDi.136), Iyad Ag Ghali (QDi.316) y Abdelmalek Droukdel (QDi.232) es un factor de primer orden. En ese contexto, cabe señalar que un número considerable de combatientes del MUYAO siguen siendo leales a ese grupo, a pesar de su fusión con Al Mouakaoune Biddam (QDe.139) ("Los que Firman con Sangre") para formar Al Mourabitoun, mientras que las principales entidades afiliadas a Ansar Eddine están vinculadas por relaciones tribales a Ag Ghali. Además, las complejas divisiones políticas de Malí han sido aprovechadas por algunos combatientes que buscan protección y refugio en los grupos locales que formulan reivindicaciones políticas para evitar ser perseguidos por las fuerzas de seguridad.

25. Un efecto positivo notable de la presencia de las fuerzas internacionales en la región ha sido la ralentización de la comunicación directa entre las entidades afiliadas a Al-Qaida. Otro aspecto positivo ha sido el debilitamiento del proyecto de Ag Ghali de crear una entidad con ideología extremista violenta en la región del Sahel. Las acciones llevadas a cabo contra esos grupos pueden fomentar la adopción de estrategias alternativas.

26. El actual despliegue geográfico de grupos terroristas en el norte de Malí, que se concentra en la zona Tombuctú-Gao-Kidal |19|, está motivado por acuerdos tácitos entre los líderes respectivos y por relaciones con redes de delincuencia |20|. Esa vinculación con la delincuencia organizada supone un desafío para las acciones de lucha contra el terrorismo en la región.

27. La parte meridional de Libia sigue siendo un refugio seguro en el que los grupos terroristas pueden retirarse, reagruparse, llevar a cabo el adiestramiento y planear y organizar atentados en las regiones del Magreb y el Sahel. Este hecho es un factor principal del aumento de la actividad de las dos entidades afiliadas a Al-Qaida en Libia (Ansar al Charia Benghazi (QDe.146) y Ansar al Charia Derna (QDe.145)). Además de llevar a cabo atentados en los países respectivos, los dos grupos llevan a cabo tareas de adiestramiento y envían combatientes terroristas extranjeros al Sahel y el Oriente Medio |21|. En octubre de 2014, Ansar al Charia Derna juró lealtad al EIIL. Libia tiene gran importancia por su situación geográfica en el cruce entre Europa, el Oriente Medio, el Norte de África y el Sahel, el aumento de la inestabilidad interna, el deterioro de la capacidad de gobierno y de lucha contra el terrorismo, y el regreso y el aprovisionamiento de combatientes terroristas extranjeros. No es sorprendente que en la propaganda del EIIL se describa Libia como "una puerta de entrada estratégica para llegar a África y Europa" |22|.

28. Sigue en marcha una campaña de atentados mortales contra intereses nacionales y extranjeros en Libia, ejemplos de la cual fueron el atentado contra el hotel Corinthia en Trípoli en enero de 2015 y los perpetrados contra las embajadas de Argelia y la República Islámica del Irán en Trípoli en enero y febrero de 2015, respectivamente. El aumento del activismo relacionado con el EIIL también queda patente en el secuestro y la decapitación de 21 trabajadores egipcios, que se grabó en vídeo y se difundió el 15 de febrero de 2015. Ansar al-Shari'a en Túnez (QDe.143) ha llevado a cabo atentados continuamente en la vecina Túnez en coordinación con la facción Okba Ibn Nafi (no incluida en la Lista) de AQMI, el último de los cuales fue el perpetrado contra el Museo Bardo en Túnez el 18 de marzo de 2015, en el que murieron 20 personas. Al igual que las organizaciones equivalentes en Libia, Ansar al-Shari'a en Túnez adiestra a combatientes terroristas extranjeros que se dirigen a la República Árabe Siria. En Egipto, Ansar Bait Al-Maqdis (entidad no incluida en la Lista) ha reivindicado varios atentados con bomba y asesinatos de efectivos de las fuerzas de seguridad y civiles en los últimos meses. En noviembre de 2014, una facción de ABM declaró su lealtad a Al-Baghdadi y se dio el nuevo nombre de provincia del Sinaí del EIIL. También existen indicios de que ABM tiene previsto extender sus actividades a otras regiones de Egipto fuera del Sinaí.

G. Boko Haram

29. En los últimos meses ha aumentado significativamente el alcance de las operaciones de Boko Haram en Nigeria, con incursiones más frecuentes y mortíferas en los países vecinos y la toma del control de unos 20.000 km2 de terreno en la parte nororiental de Nigeria. Sin embargo, para mantener el control a largo plazo sobre una población aterrorizada y un territorio fijo necesitará disponer de armas pesadas y acceso a los recursos naturales y de cierta capacidad de dar sustento a la población local. La campaña en curso contra Boko Haram podría provocar que el grupo se dirigiera hacia otros lugares y tal vez abandonara el territorio para tratar de volver a cometer ataques de hostigamiento o colaborar más estrechamente con otras organizaciones afiliadas a Al-Qaida.

30. Boko Haram, que ya había actuado en el Camerún |23|, ha llevado a cabo sus primeros atentados en el Chad y el Níger |24|. Esta novedad se produce unos meses después de que Boko Haram anunciara el establecimiento de un "califato" en 2014 |25|, tras lo cual juró lealtad al EIIL en marzo de 2015, lo que se puede deber a que el grupo busca refugios seguros ante el fortalecimiento de la campaña internacional y en Nigeria.

31. Los atentados de Boko Haram en Nigeria son cada vez más intensos y crueles y producen más muertes |26| y daños |27|. La estructura opaca y en red de Boko Haram y sus operaciones siguen suponiendo un desafío para los países de la región. Además, los vídeos de Abubakar Mohammed Shekau (QDi.322) suponen un aumento de la propaganda en línea |28|. El grupo también ha modificado sus objetivos y sus tácticas, que incluyen ahora secuestros en masa de víctimas vulnerables |29| y frecuentes atentados suicidas y armados. El grupo también ha utilizado a mujeres y niños de muy corta edad en atentados suicidas |30|, lo que subraya la falta de consideración que tiene el grupo por la humanidad.

H. Asia Sudoriental

32. En términos generales, la amenaza que suponen las entidades asociadas a Al-Qaida ha disminuido en Asia Sudoriental en el último decenio debido al éxito de las operaciones de lucha contra el terrorismo llevadas a cabo por los gobiernos de la región, a raíz de las que han muerto o resultado encarcelados numerosos miembros destacados de Jemaah Islamiyah (QDe.092), el Grupo Abu Sayyaf (QDe.001), el Movimiento Rajah Solaiman (QDe.128) y Jemmah Anshorut Tauhid (QDe.133). Sin embargo, la ideología global de Al-Qaida ha perdurado en la región y se ha visto avivada por los conflictos en el Iraq y la República Árabe Siria, lo que podría reactivar las entidades asociadas a Al-Qaida. Es preocupante el hecho de que los combatientes terroristas extranjeros que regresan del Iraq y la República Árabe Siria podrían constituir la próxima generación de extremistas violentos en Asia Sudoriental, como ocurrió con militantes de la región que habían estado en el Afganistán en las décadas de 1980 y 1990.

33. A pesar de la considerable reducción del número de efectivos, que suman actualmente unos 400 |31|, el Grupo Abu Sayyaf ha perdurado a lo largo de los años y sigue suponiendo una amenaza activa. Actualmente no cuenta con un dirigente carismático e integrador, por lo que está dividido en facciones. De los dirigentes superiores del Grupo Abu Sayyaf, Isnilon Totoni Hapilon (QDi.204), que juró lealtad a Al-Baghdadi, y Radulan Sahiron (QDi.208) siguen prófugos |32|. Khair Mundos (no incluido en la Lista), un financiero de alto rango, fue detenido en 2014 |33|. Se siguen produciendo con regularidad enfrentamientos violentos entre las fuerzas del gobierno y el Grupo Abu Sayyaf |34|, y el grupo también perpetra atentados con artefactos explosivos improvisados |35|. Además, la principal fuente de financiación del Grupo Abu Sayyaf siguen siendo las actividades delictivas, como el secuestro para obtener recompensa y la extorsión |36|.

34. El Movimiento Rajah Solaiman ha tenido menor actividad, ya que la mayor parte de sus dirigentes (algunos incluidos en la Lista de Sanciones contra Al-Qaida) están en la cárcel. No obstante, sería prematuro considerar que el Movimiento se ha extinguido completamente. Después de que tres miembros del Movimiento (dos de ellos incluidos en la Lista) fueran absueltos por un tribunal de Filipinas en julio de 2014 y liberados, uno de ellos (Ricardo Perez Ayeras (QDi.248)) volvió a ser detenido posteriormente por posesión de explosivos |37|. Además, el Movimiento sigue teniendo seguidores y el juramento de lealtad a Al-Baghdadi del dirigente encarcelado Hilarion Del Rosario Santos III (QDi.244) |38| podría alentar a otras personas a unirse al grupo.

35. Jemaah Islamiyah sigue presente en el sur de Filipinas |39|, como ilustra la muerte de Zulkifli Abdul Hir (también conocido como Marwan) (QDi.109) en una operación de lucha contra el terrorismo en enero de 2015 |40|. Cabe observar la actividad del grupo Khalifah Islamiyah (movimiento de la bandera negra) (no incluido en la Lista), de reciente creación, que es una entidad que engloba a miembros muy jóvenes y a efectivos del Grupo Abu Sayyaf, Bangsamoro Islamic Freedom Fighters (no incluido en la Lista) y Jemaah Islamiyah |41|.

36. El hecho de que Jemaah Islamiyah, cuyo perfil ha sido relativamente bajo los últimos años, se esté restableciendo supone una grave preocupación para la región |42|. Actualmente, está llevando a cabo tareas de reclutamiento, adiestramiento y consolidación |43|. Por ejemplo, Jemaah Islamiyah está reclutando supuestamente a profesionales, como ingenieros, especialistas en información, personal médico y técnicos |44|. Si se restablece, Jemaah Islamiyah, con sus redes establecidas desde hace mucho tiempo, podría suponer una importante amenaza para la región a largo plazo. La reciente decisión del Comité del Consejo de Seguridad dimanante de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) relativas a Al-Qaida y las personas y entidades asociadas (el Comité de Sanciones contra Al-Qaida) de incluir en la lista a personas relacionadas con Jemaah Islamiyah y la participación de una organización no gubernamental en actividades de apoyo al reclutamiento y los desplazamientos de los combatientes terroristas extranjeros a la República Árabe Siria son hechos que dan cuenta de la amenaza actual e ilustran los esfuerzos de extensión realizados por Jemaah Islamiyah en la República Árabe Siria |45|.

37. Jemmah Anshorut Tauhid, que fue establecido por Abu Bakr Ba'asyir (QDi.217), cofundador de Jemaah Islamiyah, actualmente encarcelado, se dividió a raíz del juramento de lealtad a Al-Baghdadi hecho por Ba'asyir. Debido a esa división, las personas que no estaban de acuerdo con el juramento fundaron un nuevo grupo: Jamaah Ansharusy Syariah (no incluido en la Lista) |46|.

38. Abu Warda Santoso (no incluido en la Lista), el líder de Mujahidin Indonesia Timur (MIT) (no incluido en la Lista), es uno de los prófugos más buscados por las autoridades |47|. Mujahidin Indonesia Timur ha atacado supuestamente a civiles y a la policía en la provincia de Sulawesi Central |48|. Santoso también juró lealtad a Al-Baghdadi |49|, tal vez para elevar la situación del grupo, fomentar el reclutamiento y obtener más fondos.

I. Al-Shabaab

39. Al-Shabaab |50| (SOe.001), la entidad afiliada a Al-Qaida en Somalia, sigue suponiendo una amenaza de primer orden a la seguridad en el Cuerno de África. Tras la muerte de su líder, Abu al-Zubeir, también conocido como Ahmed Abdi Godane, en un ataque aéreo en septiembre de 2014 |51|, el grupo ha demostrado que sigue siendo capaz de planificar y cometer atentados en Somalia. El grupo reivindicó el atentado contra la base de la Misión de la Unión Africana en Somalia (AMISOM) en venganza del asesinato de su antiguo dirigente |52| y perpetró otros atentados terroristas en Somalia |53|. Al Shabaab ha seguido atentando en Kenya |54| y ha amenazado con realizar más atentados en ese país |55| con el objetivo de menoscabar el apoyo militar de los aliados al Gobierno de Somalia.

40. El grupo también sigue exhortando a que se cometan más atentados en el exterior contra el Canadá, los Estados Unidos de América y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, así como contra los Estados Miembros de África Oriental. En una declaración formulada el 20 de enero de 2015 |56|, el grupo alabó el atentado cometido por AQPA contra Charlie Hebdo en París y advirtió a "Francia y aquellos que sigan sus pasos de las implicaciones que tiene su hostilidad hacia el Islam y de las consecuencias de la opresión que ejercen sobre los musulmanes y su beligerancia hacia ellos". En un vídeo más reciente sobre el atentado contra el centro comercial Westgate |57|, distribuido en Twitter el 21 de febrero de 2015, Al-Shabaab reiteró su intención de perpetrar más atentados contra los kenianos y los centros comerciales de propiedad de occidentales y judíos en todo el mundo. Aunque no parece que Al-Shabaab tenga la capacidad de llevar a cabo atentados fuera de la región, no se debe tomar a la ligera su llamado.

III. Próximas medidas

41. La escala de la amenaza digital relacionada con la radicalización y la necesidad de actuar de manera concertada para luchar contra el extremismo violento requieren la adopción de medidas adicionales por parte del Consejo de Seguridad. Asimismo, sería útil volver a examinar los efectos del actual régimen de sanciones, a fin de adaptarlo a la evolución de la amenaza. Por lo tanto, se formulan las siguientes recomendaciones.

42. El Equipo recomienda al Comité que solicite al Consejo de Seguridad que, en vista de la urgencia mundial de luchar contra el extremismo violento y la amenaza general del terrorismo relacionado con Al-Qaida para los Estados Miembros, promueva la idea de una cumbre de las Naciones Unidas de lucha contra el extremismo violento, en apoyo de los esfuerzos constantes de la Asamblea General y el Consejo de Seguridad para afrontar ese problema.

43. El Equipo recomienda al Comité que en septiembre de 2015 remita un formulario a todos los Estados Miembros en el que se solicite información sobre el efecto en cada país de las sanciones contra Al-Qaida del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, incluidos datos concretos sobre los activos congelados, los viajes de personas incluidas en la Lista que se han descubierto o frustrado, y las transferencias de armas a personas y entidades incluidas en la Lista que se han impedido, al que los Estados deberán responder para fines de marzo de 2016.

44. El Equipo recomienda al Comité que invite a empresas especializadas en Internet y medios sociales a que le informen acerca de sus medidas para impedir la utilización de sus servicios por parte de Al-Qaida y sus entidades asociadas, incluido el Estado Islámico del Iraq y el Levante, en 2015.

IV. Impugnación judicial del régimen de sanciones

45. La sentencia dictada en enero de 2015 por el Tribunal General de la Unión Europea en el asunto Abdulrahim |58| demuestra que los tribunales de la Unión Europea no tienen interés en cambiar de orientación después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea adoptara su crucial decisión en relación con la causa Kadi II |59|. Como se indicó en el 16° informe del Equipo, la decisión en el asunto Kadi II dejó sin respuesta el conjunto de pruebas que las autoridades de la Unión Europea deberían presentar para que los tribunales de la Unión Europea consideraran que las acusaciones contra las personas incluidas en la Lista están suficientemente fundadas. Las autoridades de la Unión Europea proporcionaron al Tribunal General algunos documentos que apoyaban las razones para incluir en la Lista al Sr. Abdulrahim, al contrario que en el asunto Kadi II, en relación con el cual no se aportó información justificativa. No obstante, el Tribunal dejó claro en la decisión en el asunto Abdulrahim que, desafortunadamente, los documentos proporcionados por las autoridades de la Unión Europea eran insuficientes (especialmente porque eran posteriores a la inclusión en la Lista y, por lo tanto, no se habían podido tener en cuenta para tomar la decisión de congelar los activos del Sr. Abdulrahim) |60|, indicando así que los tribunales de la Unión Europea necesitaban pruebas más fundadas y oportunas que las que se podían haber previsto a raíz de la decisión en la causa Kadi II. Aunque la decisión da una idea más clara de la manera en que los tribunales de la Unión Europea consideran las pruebas presentadas por las autoridades de la Unión Europea, queda por ver qué pruebas y en qué cantidad se consideran suficientes.

46. El Sr. Abdulrahim fue incluido en la Lista de Sanciones en 2008 por, entre otras razones, haber participado supuestamente en actividades de recaudación de fondos en nombre del Grupo Islámico Combatiente Libio (QDe.011), incluido en la Lista desde 2001. El Sr. Abdulrahim fue excluido de la Lista de Sanciones en 2010 |61| y, posteriormente, de la lista de la Unión Europea. No obstante, en una decisión anterior, el Tribunal de Justicia Europeo determinó que, a pesar de haber sido excluido de la lista de la Unión Europea, el Sr. Abdulrahim seguía interesado en que los tribunales de la Unión Europea reconocieran que su nombre nunca debió haberse incluido en ella |62|. Debido a ello, el asunto siguió adelante y terminó por anularse la inclusión del Sr. Abdulrahim en la lista de la Unión Europea. En su decisión, el Tribunal General repasó las acusaciones una por una y determinó que bien no estaban lo suficientemente detalladas, por lo que no satisfacían la obligación de exposición de motivos, bien no estaban fundadas, especialmente a la luz de las refutaciones detalladas de las pruebas presentadas por el Sr. Abdulrahim |63|. El Tribunal también examinó independientemente todos los documentos de apoyo presentados por la Comisión y concluyó que todos ellos eran deficientes |64|, con lo que dejó claro que no examinará de manera global las pruebas aportadas para respaldar la inclusión en la lista.

47. También cabe señalar que el Tribunal General llamó la atención sobre las sentencias de tribunales del Reino Unido en que estos rechazaban "concluir que la relación de una persona con el Grupo Islámico Combatiente Libio demostrara automáticamente su relación con Al-Qaida ... En esas circunstancias, el mero hecho probado de que el Sr. Abdulrahim fuera miembro del Grupo Islámico Combatiente Libio durante el período en que este admitía haberlo sido no podía justificar la adopción en la esfera de la UE de medidas restrictivas contra él en cuanto persona relacionada con Al-Qaida" |65|. El Tribunal añade que "en este asunto, no se puede extraer información del conjunto de razones por las que es posible determinar de modo suficiente que el Sr. Abdulrahim estuviera relacionado materialmente con Al-Qaida en la fecha en que se lo incluyó en la lista" |66|. El hecho de que el Tribunal se centre en la relación material con Al-Qaida es excesivamente restrictivo, ya que el régimen de sanciones contra Al-Qaida no exige que todas las personas incluidas en la Lista tengan una relación material con esa organización; las razones de inclusión en la Lista de Sanciones también pueden ser el apoyo a actos o actividades de cualquier célula, entidad afiliada, grupo disidente o derivado de Al-Qaida |67|, como en el caso del Grupo Islámico Combatiente Libio (incluido en la Lista). El Sr. Abdulrahim había sido excluido de la Lista por las Naciones Unidas y la Unión Europea mucho tiempo antes de que se adoptara la decisión de enero; no obstante, hay un asunto pendiente y un posible asunto a nivel de la Unión Europa relacionados con personas que siguen incluidas en la Lista |68|.

48. En una nota relacionada, el Consejo de la Unión Europea aprobó recientemente un nuevo reglamento del Tribunal General en el que, entre otras enmiendas, se prevé el establecimiento de un mecanismo para que el Tribunal General pueda, en determinadas circunstancias, examinar información confidencial sin comunicárselo a la parte interesada, como en el caso de una persona que recurra la imposición de sanciones |69|. A fin de defender igualmente los derechos del sancionado, en los casos (que se espera que sean pocos) en que el Tribunal General tome en consideración esas pruebas confidenciales sin comunicárselo a la otra parte, el Tribunal tendrá que tener en cuenta el hecho de que el sancionado no tuvo la oportunidad de refutar las pruebas |70|. Este nuevo mecanismo, que representa un gran logro, se formuló en respuesta a la decisión en el asunto Kadi II y su objetivo es fortalecer la capacidad de las autoridades de la Unión Europea de defender los casos de sanciones, ya que se ha señalado a menudo que la ausencia de un procedimiento para que los tribunales de la Unión Europea examinen información confidencial sin comunicárselo a la otra parte constituye un obstáculo importante. No obstante, el nuevo mecanismo solamente será útil si los Estados están dispuestos a usarlo. Así, podría ser significativa la decisión del Reino Unido de abstenerse en la votación sobre la aprobación del Reglamento en el Consejo debido a la ausencia de salvaguardas, como la posibilidad de retirar la información confidencial en cualquier momento del proceso y una disposición relativa a la "comprobación de seguridad de las sentencias y las órdenes para evitar la revelación accidental de información" |71|. El Reino Unido señaló además que la ausencia de esas salvaguardas limitará los tipos de información que puede presentar |72|, lo que presagia que el nuevo Reglamento podría no ser la panacea que se esperaba.

V. Medidas de sanción

A. Congelación de activos

49. Durante los últimos años, los Estados Miembros han destinado cuantiosos recursos en todo el mundo a proteger los sistemas financieros internacionales del abuso de los terroristas, incluidos Al-Qaida y sus entidades asociadas. Los terroristas, con el objetivo de sortear las medidas de lucha contra la financiación del terrorismo, han encontrado nuevas maneras --lícitas e ilícitas-- de recaudar, transferir y mantener fondos en apoyo de sus actividades. La reunión y la distribución de información ayudan a las autoridades pertinentes a comprender el panorama general de la financiación del terrorismo y la manera de dificultar la circulación de fondos y luchar contra ella. Se han hecho muchos esfuerzos para reunir información financiera del sector de los servicios financieros y de empresas no financieras y profesionales designados mediante la imposición de la obligación de informar acerca de las transacciones sospechosas.

50. Sin embargo, las recientes actividades de financiación del EIIL mediante el comercio directo e indirecto de petróleo y productos petrolíferos indican que se podría abusar de otras actividades para obtener fondos para la financiación del terrorismo. Además, según un informe reciente |73|, el sector de las organizaciones sin fines de lucro sigue siendo objeto de abusos para obtener fondos para la financiación del terrorismo. Basándose en el párrafo 13 de la resolución 2161 (2014), el Equipo recomienda que el Comité inste a los Estados Miembros a que adopten las medidas necesarias para, de conformidad con las legislaciones y prácticas nacionales, a) promover la sensibilización pública acerca de la amenaza que suponen Al-Qaida y las entidades asociadas y la obligación de velar por que no se pongan fondos, activos financieros ni recursos económicos directa o indirectamente a disposición de Al-Qaida y las entidades asociadas a ella; y b) alentar a las organizaciones no gubernamentales, otros grupos y empresas que no formen parte del sector financiero ni del sector de actividades y profesiones no financieras designadas, así como al público en general, a comunicar a las autoridades, anónimamente de ser necesario, las actividades sospechosas de constituir financiación del terrorismo relacionadas con Al -Qaida y las entidades asociadas.

51. Cuando se discute la aplicación de la congelación de activos, muchos Estados Miembros siguen centrándose en los activos financieros y las instituciones financieras. En sus contactos con los Estados Miembros, el Equipo ha insistido en la obligación mucho más amplia de congelar los recursos económicos, que incluyen todos los tipos de activos. De hecho, el activo más valioso de un terrorista pueden ser los bienes inmuebles. En relación con ello, en el párrafo 13 de la resolución 2161 (2014), el Consejo de Seguridad alienta a los Estados Miembros a que insten a sus respectivos registros de empresas y propiedades y otros registros públicos y privados pertinentes a que cotejen periódicamente la información que figura en sus bases de datos con la que figura en la Lista de Sanciones. Sin embargo, pueden existir obstáculos prácticos que dificulten ese cotejo. En un informe reciente del Banco Mundial se indica que las escrituras de propiedad en papel existen solamente en 62 economías, y tan solo la mitad de las economías del mundo disponen de una base de datos de derechos y cargas |74|. Si no se dispone de archivos electrónicos, la verificación de propiedades que podrían pertenecer a una persona o entidad incluidas en la Lista es una tarea difícil, por no decir imposible. Además, al no disponer de bases de datos electrónicas sobre las cargas, es difícil determinar si una propiedad está sujeta a alguna medida, por ejemplo la congelación de activos, que impida su venta u otros trámites. Por consiguiente, sigue habiendo obstáculos prácticos que dificultan la aplicación efectiva de la congelación de activos.

52. Desde que publicó su informe sobre el EIIL y el Frente Al-Nusra (S/2014/815), que contenía una sección sobre financiación, el Equipo ha seguido ocupándose de esta cuestión. El Equipo presentó esta cuestión en un seminario de expertos sobre la financiación del EIIL que se celebró en Bruselas y participó en el grupo encargado del informe del Grupo de Acción Financiera (GAFI) sobre la financiación del EIIL, que se ha publicado recientemente y es muy exhaustivo |75|. La cooperación del Equipo con el GAFI sigue siendo importante, sobre todo en vista de la atención que presta el GAFI a la financiación del terrorismo |76|.

B. Promoción de las sanciones selectivas: gastos básicos

53. Las sanciones contra Al-Qaida se aplican a las personas y las entidades incluidas en la Lista. Una de las dificultades habituales del régimen de sanciones selectivas es encontrar nuevas maneras de facilitar su aplicación. Mejorar las sanciones y medir su impacto constituyen desafíos constantes. El Equipo ha detectado una esfera en la que considera que el Comité de Sanciones contra Al-Qaida podría refinar los efectos y la eficacia de las sanciones selectivas.

54. La congelación de activos exige que los Estados Miembros congelen sin dilación los activos relacionados con una persona o entidad incluida en la Lista. No hay excepciones, aunque existe un régimen de exenciones humanitarias, incluido en la resolución original |77| y desarrollado en la resolución 1452 (2002), que permite aplicar exenciones concretas a la congelación de activos para determinadas categorías de gastos básicos, jurídicos y administrativos |78|. No obstante, la exención solo se aplica en el caso de que un Estado Miembro notifique previamente al Comité su intención de hacerlo y este no responda negativamente en un plazo de tres días laborables.

55. Actualmente solo hay 32 personas incluidas en la Lista a las que se aplican exenciones. Entre 2003 y 2014 se formuló un total de 148 solicitudes de exenciones de la congelación de activos |79|. Tiene sentido que a todas las personas incluidas en la Lista no se les aplique una exención, ya que algunas de ellas están en fuga y se desconoce su ubicación, situación y situación financiera. Sin embargo, en el caso de las personas incluidas en la Lista cuyo paradero se conoce y no se encuentran en la cárcel, cuesta entender cómo podrían vivir sin algún tipo de exención financiera. ¿Cómo pagan su comida y el alojamiento? O, si son propietarios de su vivienda, ¿cómo pagan los suministros?

56. En esos casos, cabe preguntarse si el Estado de residencia cumple adecuada y plenamente sus obligaciones relacionadas con las sanciones contra Al-Qaida. El Estado de residencia que permita que se efectúen gastos en contravención de la congelación de activos sin notificarlo previamente al Comité de Sanciones contra Al-Qaida podría estar incumpliendo sus obligaciones en virtud del régimen de sanciones contra Al-Qaida.

57. El incremento de la transparencia en relación con los gastos básicos podría facilitar la aplicación nacional de la congelación de activos. El Equipo recomienda que el Comité escriba a los Estados Miembros pertinentes antes de septiembre de 2015, haga hincapié en los procedimientos de exención, e incluya en su comunicación un cuestionario para averiguar si los Estados Miembros utilizan los procedimientos de exención de la aplicación de la congelación de activos y de qué manera lo hacen y solicite que los Estados respondan al cuestionario antes de marzo de 2016.

C. Prohibición de viajar

58. Las personas incluidas en la Lista, así como los facilitadores de las entidades incluidas en la Lista, siguen necesitando viajar de manera irrestricta por todo el mundo para coordinar sus actividades, recaudar fondos y planificar los atentados. El problema cada vez más grave de los combatientes terroristas extranjeros puso de relieve la crucial importancia de esa cuestión.

59. La prohibición de viajar impuesta a las personas incluidas en la Lista es una importante herramienta del régimen de sanciones contra Al-Qaida para impedir que esas personas realicen viajes internacionales libremente. Después de que el Equipo formulara varias recomendaciones, el Comité convino en realizar una serie de mejoras técnicas durante 2014 relacionadas con la provisión de datos sobre las personas incluidas en la Lista |80|. En coordinación con el Comité, el Equipo seguirá mejorando la calidad y aumentando la especificidad de la información identificativa de las personas incluidas en la Lista.

60. Uno de los cambios más significativos que se produjeron durante el período sobre el que se informa fue el aumento de la aportación de nuevos datos biométricos por parte de los Estados Miembros para incluirlos en las notificaciones especiales de INTERPOL y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Se trata principalmente de fotografías y, cada vez más, de huellas digitales. Siguiendo una recomendación del Equipo, el Comité de Sanciones contra Al-Qaida envió una solicitud específica de información biométrica a los Estados Miembros pertinentes en agosto de 2014. Este avance, junto con los esfuerzos de la Secretaría para conectar las notificaciones especiales con otras notificaciones de las bases de datos de la INTERPOL, permite que las notificaciones especiales constituyan cada vez más un documento en el que los Estados Miembros pueden consultar toda la información sobre las personas incluidas en la Lista. El Equipo sigue dando a conocer este instrumento cuando visita los Estados Miembros.

61. No obstante, durante esas visitas a los Estados Miembros, el Equipo supo que la INTERPOL aún no ofrecía un mecanismo de alerta sobre los cambios o enmiendas del contenido de las notificaciones especiales comparable a los comunicados de prensa que publica la Secretaría cada vez que se enmienda la Lista de Sanciones. Por lo tanto, aunque los Estados Miembros conocen cada vez más las notificaciones especiales, se ven obligados a comprobarlas todas continuamente para asegurarse de que se traslade la versión más reciente a sus sistemas nacionales, ya que no existe ningún sistema de notificación. Si se informara a los Estados Miembros de las nuevas enmiendas y de las adiciones de información a las notificaciones especiales, se facilitaría el proceso y se aseguraría que todas las autoridades pertinentes dispusieran de la información más reciente contenida en ellas.

62. El Equipo recomienda que el Comité, en cooperación con el Equipo y la Secretaría, escriba una vez al año a todos los Estados Miembros y les informe de los nombres de las personas sobre las que haya nueva información (incluida información biométrica) disponible en las notificaciones especiales.

D. Embargo de armas

63. En los últimos meses, el Equipo ha observado que algunos grupos han tenido un mayor acceso a las armas convencionales, bien utilizando los arsenales existentes robados a Gobiernos, bien desviando suministros, en particular en Libia. El Equipo ha sabido que han "llegado" armas a Libia que no procedían de los almacenes del tiempo de Gadafi. Los Estados Miembros también han informado al Equipo de los tipos de armas pesadas y ligeras de que disponen los grupos terroristas (como cañones antiaéreos y sistemas portátiles de defensa antiaérea).

64. El desarrollo constante de nuevos diseños de artefactos explosivos plantea un desafío. Algunos terroristas utilizan cada vez más frecuentemente artefactos explosivos improvisados magnéticos en sus atentados. El uso conjunto de artefactos explosivos improvisados y minas |81| contra el ejército y los convoyes de las Naciones Unidas es cada vez más corriente en el Sahel. En el Iraq, el EIIL ha llevado a cabo en varias ocasiones atentados con coches bomba y terroristas suicidas.

65. El embargo de armas sigue encontrando una serie de obstáculos, como la falta de conocimiento por parte de los Estados Miembros de los tipos y los volúmenes de armas suministrados a los grupos terroristas incluidos en la Lista, la falta de capacidad para hacer frente al tráfico de armas y las deficiencias o la inexistencia de sistemas de mantenimiento de registros. La necesidad de rastrear y registrar el material militar perdido o robado, que el Equipo destacó en su informe anterior, sigue siendo evidente en 2015. Los oficiales de los Estados Miembros también han señalado la necesidad de contar con estrategias y capacitación más específicas en materia de neutralización de artefactos explosivos improvisados |82|. Esa formación debe incluir no solo cuestiones como el reconocimiento de los componentes de esos artefactos y de materiales químicos y de doble uso, sino también técnicas de investigación para poder utilizar toda la información disponible después de que se produzca un atentado |83|. Para hacer frente a esa amenaza, algunos países han elaborado y aplicado reglamentos y mejores prácticas voluntarias para la industria, a fin de supervisar más estrechamente y controlar los materiales sensibles. Algunos Estados Miembros señalan que siguen teniendo dificultades para controlar el desvío de componentes comerciales por parte de los terroristas. Algunos Gobiernos ya han adoptado decisiones concretas relacionadas con la importación y la exportación y han dado las instrucciones pertinentes a sus autoridades militares respectivas u otras autoridades competentes, aunque siguen encontrando dificultades para realizar controles sobre el terreno.

66. El Equipo recomienda que el Comité escriba a los Estados Miembros para hacer hincapié en que los estopines eléctricos son especialmente vulnerables al uso indebido por parte de Al-Qaida y las entidades asociadas.

67. El Equipo sigue trabajando para concienciar a los Estados Miembros de los riesgos que suponen los componentes comerciales desviados que se pueden utilizar para fabricar artefactos explosivos improvisados (en particular, estopines, cordones de voladura y fertilizantes) con aplicaciones industriales diversas |84|. Además de participar en grupos de trabajo relacionados con artefactos explosivos improvisados en 2014, el Equipo está discutiendo con ministerios especializados de Estados Miembros (por ejemplo, los ministerios de minería), organizaciones sin ánimo de lucro y la INTERPOL. El Equipo participa en el Grupo de Expertos establecido en virtud del Protocolo II Enmendado de la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales |85| y en otros grupos de expertos. El Equipo también mantiene contacto con el Servicio de las Naciones Unidas de Actividades Relativas a las Minas, en particular con sus iniciativas de tutelaje relativas a la facilitación de la eliminación de artefactos explosivos improvisados y la capacitación en esa materia. Son dignos de mención la asistencia técnica proporcionada por el Servicio y sus proyectos de apoyo en Malí y Somalia, en particular por la provisión de asesoramiento de expertos y apoyo técnico (formación, tutelaje y provisión de equipos) no solo al personal de mantenimiento de la paz, sino también a las fuerzas de seguridad y defensa.

68. El Equipo recomienda que el Comité escriba a los Estados Miembros y haga hincapié en la importancia cada vez mayor que tiene la asistencia del Servicio de las Naciones Unidas de Actividades Relativas a las Minas en relación con las actividades de eliminación de artefactos explosivos improvisados para dar a conocer sus actividades y ayudar a las autoridades nacionales a mitigar la amenaza que constituyen esos artefactos.

E. Actividades del Equipo de Vigilancia

69. El Equipo ha respondido a la ampliación de su mandato de apoyo activo al Comité de Sanciones contra Al-Qaida reorientando su labor hacia los combatientes terroristas extranjeros |86| y ha llevado a cabo las tareas específicas que se le han encomendado, por ejemplo aportar información sobre las relaciones entre la delincuencia organizada y el terrorismo |87| e intensificar la labor relacionada con Boko Haram. Para ello, el Equipo ha contado con los mismos recursos: ocho expertos y nueve funcionarios de apoyo de la Secretaría. El Equipo observa que el Consejo de Seguridad se basó directamente en su informe de noviembre de 2014 sobre el EIIL y el Frente Al -Nusra |88| para redactar y negociar la resolución 2199 (2015).

70. Entre octubre de 2014 y marzo de 2015 el Equipo realizó 20 visitas técnicas y a los países, a saber, a: el Afganistán, Alemania, Bélgica, los Estados Unidos, la Federación de Rusia, Francia, Kirguistán, Malí, Marruecos, Omán, el Pakistán, la República Árabe Siria, Tayikistán, Turquía y Uzbekistán. Del 22 al 24 de octubre de 2014, el Equipo celebró en Bangkok la cuarta reunión regional de servicios de inteligencia y seguridad de los países del sudeste asiático. Siete países participaron en los debates sobre la amenaza que supone Al-Qaida en Asia Sudoriental y la manera de aprovechar al máximo las posibilidades que ofrece el régimen de sanciones contra Al-Qaida en cuanto herramienta para luchar contra el terrorismo en la región.

71. Durante el período sobre el que se informa, el Equipo ha seguido promoviendo el régimen de sanciones contra Al-Qaida y las actividades del Comité en las 31 conferencias, talleres y reuniones de otro tipo en que ha participado, entre ellas las de las siguientes entidades: la Organización de Aviación Civil Internacional, la Organización Mundial de Aduanas, el Grupo de Acción Financiera, la Fundación Ditchley, el Foro de Marrakech sobre Seguridad, la INTERPOL, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, la Unión Europea, el Foro Mundial contra el Terrorismo y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa. El Equipo sigue siendo un miembro activo del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo y participa en seis de sus grupos de trabajo. El Equipo mantiene una relación estrecha con la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo y la Subcomisión de Prevención del Terrorismo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. En ese contexto, se ha reunido en varias ocasiones con la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo para compartir su análisis de la cuestión de los combatientes terroristas extranjeros y facilitar la labor de la Dirección Ejecutiva relacionada con la detección de las deficiencias de capacidad nacional.

72. Con la finalidad de aprovechar al máximo los recursos y ahorrar dinero, el Equipo organizó varias visitas en las que, siempre que fue posible, visitó varios Estados Miembros y asistió a conferencias, talleres y reuniones, lo que le permitió ahorrar 18 vuelos internacionales de ida y vuelta desde Nueva York. Además, el Equipo también está obteniendo ahorros en su presupuesto operativo en la región por valor de 200.000 dólares, que prevé que se devolverán a los Estados Miembros a fines de 2015.

F. Lista de Sanciones contra Al-Qaida

73. En el período comprendido entre el 1 de octubre de 2014 y el 31 de marzo de 2015 se incluyó a 10 personas en la Lista de Sanciones y se excluyó a 6; además, se incluyeron en la Lista de Sanciones 2 entidades y se excluyó 1. Al 31 de marzo de 2015, la Lista contiene 234 personas y 71 entidades. Hay cada vez más indicios de que los Estados Miembros están adoptando un enfoque estratégico al proponer la inclusión de personas o entidades en la Lista, y que se centran en los principales facilitadores y propagandistas de los combatientes terroristas extranjeros y las personas que los financian.

74. El Consejo de Seguridad ha encomendado al Equipo |89| que colabore con la Secretaría para normalizar el formato de todas las listas de sanciones de las Naciones Unidas a fin de facilitar su cumplimiento por las autoridades nacionales |90|. Actualmente, la Secretaría publica todas las listas de sanciones con un formato similar al de la Lista de Sanciones contra Al -Qaida previa y ha creado la Lista Consolidada de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en la que se incluye a todas las personas y entidades sujetas a sanciones impuestas por el Consejo de Seguridad |91|. La Lista Consolidada se presenta en archivos electrónicos con formatos xml, html y pdf. Cada entrada tiene un número de referencia permanente basado en un código de la Organización Internacional de Normalización (ISO) de dos dígitos y un número secuencial. Se puede contactar con la Secretaría en relación con la Lista de Sanciones a través de la dirección de correo electrónico sc-sanctionslists@un.org.

75. Desde el 1 de marzo de 2015, la Lista de Sanciones ya no está disponible en su formato anterior y solamente se publica la nueva Lista Consolidada |92|. Este cambio es conforme a la recomendación anterior del Equipo de que se modificara el número de referencia permanente, que fue aprobada por el Comité |93|.

76. La Secretaría está modificando el formato actual xml de la Lista de Sanciones para permitir que se publiquen todas las listas de sanciones en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas, conforme a lo dispuesto en el párrafo 39 de la resolución 2161 (2014). Se prevé que se aplicarán al mismo tiempo varios otros cambios de formato que ya aprobó el Comité anteriormente.

77. En el 24° párrafo del preámbulo de la resolución 2161 (2014), el Consejo de Seguridad volvió a alentar a la Secretaría a que, con la asistencia del Equipo de Vigilancia, según procediera, prosiguiera su labor para adoptar el modelo de consignación de datos aprobado por el Comité de Sanciones contra Al-Qaida en 2011. En enero de 2015, el Departamento de la Tesorería de los Estados Unidos presentó un nuevo formato de la lista de nacionales especialmente designados y lista de personas bloqueadas de la Oficina de Control de Bienes Extranjeros, que a su vez se basa en el formato aprobado por el Comité en 2011; los Estados Unidos pasaron así a ser el primer Estado Miembro en aplicar este modelo avanzado de datos sobre sanciones |94|.

78. El Equipo acoge con beneplácito esas medidas de la Secretaría y observa la importancia crucial de mantener una lista que contenga información totalmente precisa y que siga satisfaciendo las necesidades de los Estados Miembros y los usuarios del sector financiero. El Equipo seguirá supervisando la aplicación de esos cambios. No obstante, el Equipo cree que se debe reformar más la Lista para mejorar su calidad y facilitar su uso.

79. El primer cambio necesario es la introducción de fotografías de las personas incluidas en la Lista, siempre que sea posible. Si bien las notificaciones especiales de la INTERPOL pueden contener fotografías, todos los Estados Miembros no tienen acceso directo a la base de datos de la INTERPOL, en particular en los puestos fronterizos. En vista de la creciente amenaza que suponen los combatientes terroristas extranjeros y la necesidad de detectar los documentos de identificación falsos, el Equipo recomienda que el Comité, teniendo en cuenta la importancia de distribuir las fotografías de las personas incluidas en la Lista, examine alternativas para incluir fotografías en la propia Lista y, a ese fin, encargue al Equipo un documento de opciones que tendrá que estar listo para septiembre de 2015, para cuya elaboración se utilizará información proporcionada por la Secretaría sobre maneras de integrar las fotografías en la Lista de Sanciones.

80. El segundo cambio necesario está relacionado con el orden de la Lista, que actualmente no sigue un formato estructurado fácilmente comprensible por los usuarios. El Equipo, con el objetivo de facilitar el acceso a la Lista y su uso, recomienda que el Comité solicite a la Secretaría que ordene las entradas de personas y entidades de la Lista de Sanciones contra Al-Qaida por el número de referencia permanente.

G. Sitio web del Comité de Sanciones contra Al-Qaida

81. El sitio web del Comité de Sanciones contra Al -Qaida, que constituye una herramienta de comunicación fundamental, tiene que ser moderno y claro y, siempre que sea posible, no incluir jerga. El Equipo lo indicó en su 14° informe (S/2013/467). En marzo de 2015 todavía no se ha puesto en servicio un sitio web moderno y se ha vuelto a posponer la entrada en funcionamiento de ese sitio web para junio de 2015. El Equipo observa la importancia de llevar a cabo esta tarea, en vista del interés público y de los gobiernos demostrado por las más de 808.000 visitas al sitio web del Comité en 2014.

H. Comentarios

82. El Equipo agradecerá que le envíen comentarios sobre este informe a la siguiente dirección de correo electrónico: 1267mt@un.org.


Anexo

Acciones judiciales relacionadas con personas y entidades incluidas en la Lista de Sanciones contra Al-Qaida

1. A continuación se describen las acciones judiciales relativas a personas y entidades incluidas en la Lista de Sanciones contra Al-Qaida, o cuyos nombres han sido excluidos de la Lista por el Comité, que siguen pendientes o se han concluido recientemente según la información de que dispone el Equipo.

Unión Europea

2. El Tribunal General de la Unión Europea falló a favor de Abdulbasit Abdulrahim (excluido de la Lista) el 14 de enero de 2015 al anular el reglamento pertinente de la UE en lo que concierne a las sanciones aplicadas contra él |a|. A pesar de que el Sr. Abdulrahim había sido excluido de la Lista por las Naciones Unidas y la Unión Europea en 2010 y 2011, respectivamente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea había señalado anteriormente que mantenía el interés en seguir adelante con su acción judicial para obtener la anulación |b|.

3. El 21 de marzo de 2014, el Tribunal General de la Unión Europea falló parcialmente a favor de Hani al-Sayyid al-Sebai Yusif (QDi.198) al mantener que la Comisión Europea no había corregido las deficiencias de procedimiento cuando examinó desde el punto de vista administrativo la inclusión de su nombre en la lista de personas, grupos y entidades sujetos a medidas restrictivas |c|.

4. La demanda entablada por Mohammed al Ghabra (QDi.228) contra la Comisión Europea para obtener la anulación de las medidas restrictivas que se le aplicaron sigue pendiente en el Tribunal General |d|.

5. La demanda entablada por Sanabel Relief Agency Limited (entidad excluida de la Lista) contra, entre otros, la Comisión Europea sigue pendiente en el Tribunal General |e|.

6. La demanda entablada por Shafiq ben Mohamed ben Mohamed al-Ayadi (excluido de la Lista) también siguen pendientes en el Tribunal General después de que el Tribunal de Justicia devolviera los sumarios en apelación |f|. El Tribunal de Justicia determinó que, a pesar de haber sido excluido de la lista, el solicitante seguía interesado en que los tribunales europeos reconocieran que su nombre nunca debió haberse incluido en ella |g|.

Pakistán

7. La demanda entablada por la entidad Al Rashid Trust (QDe.005) contra la aplicación de las sanciones contra ella sigue pendiente en el Tribunal Supremo del Pakistán en apelación por el Gobierno a raíz de una decisión adversa en 2003. Una demanda similar entablada por Al-Akhtar Trust International (QDe.121) sigue pendiente en un Alto Tribunal provincial |h|.

8. Además de los dos asuntos indicados, un consejero de Pakistan Relief Foundation (entidad incluida en la Lista como alias de Al-Akhtar Trust International) ha entablado una demanda contra la congelación de su cuenta bancaria. La audiencia inicial del asunto se convocó para el 1 de septiembre de 2014 |i|.

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

9. Actualmente, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte encara una demanda de revisión judicial de la decisión adoptada por sus autoridades, con arreglo al régimen de sanciones contra Al-Qaida, respecto de la designación de Hani al-Sayyid al-Sebai Yusif (QDi.198), quien reside en ese país. El 29 de octubre de 2013, el Tribunal de Apelación sostuvo la decisión del Secretario de Estado de Relaciones Exteriores de permitir que el nombre del demandante se incluyera en la lista de personas sujetas al régimen de sanciones contra Al-Qaida. El Tribunal Supremo ha autorizado el recurso, que se examinará los días 1 y 2 de julio de 2015 |j|.

10. El Reino Unido también encara demandas de revisión judicial de la decisión adoptada por sus autoridades con arreglo al régimen de sanciones contra Al-Qaida, respecto de la designación de Abdulbasit Abdulrahim, Abdulbaqi Mohammed Khaled y Maftah Mohamed Elmabruk (cuyos nombres han sido excluidos de la Lista). Los asuntos se archivaron a la espera del dictamen sobre el asunto Yusif examinado anteriormente |k|.


Notas:

1. Incluido en la Lista con el número de referencia permanente QDe.004. [Volver]

2. Incluido actualmente en la Lista como Al-Qaida en el Iraq (QDe.115). [Volver]

3. Richard Spencer, "Islamic State pushed out of Kobane by Kurdish troops after four-month battle", The Telegraph, 27 de enero de 2015. [Volver]

4. Véase S/2014/815, cap. V. [Volver]

5. Información proporcionada por los Estados Miembros. [Volver]

6. Véase, por ejemplo: "Al Qaeda official who claimed responsibility for Charlie Hebdo attack calls for 'lone wolf terror in Canada", The National Post, 20 de enero de 2015. [Volver]

7. S/2014/888, párrs. 27 a 42. [Volver]

8. Un Estado Miembro confirmó al Equipo que Abu Bara al-Kuweiti, amigo íntimo de Al-Zawahiri, fue asesinado el 19 de octubre de 2014 en la provincia de Nangarhar. En sus notas y, en particular, en su ordenador, se encontró información sobre la presencia de más agentes de Al-Qaida en la región, entre ellos Abu Khalid y el Comandante (retirado) Adil Abdul Qadoos. Ambos fueron asesinados a mediados de noviembre de 2014. [Volver]

9. Véase, por ejemplo, "Islamic State appoints leaders of 'Khorasan province', issues veiled threat to Afghan Taliban", The Long War Journal, 27 de enero de 2015. Khorasan es una denominación histórica que se refiere a la región que contiene los territorios del Afganistán, el Pakistán y los países vecinos. [Volver]

10. Según información de los Estados Miembros, Khadem fue asesinado en la provincia de Helmand a principios de febrero de 2015. [Volver]

11. Aunque no está claro si actualmente el EIIL sería capaz de llevar a cabo operaciones contra los talibanes afganos, los medios de comunicación del Afganistán informaron de que un pelotón de asalto del EIIL asesinó a un comandante talibán en la provincia de Logar. Véase, por ejemplo, Abdul Maqsud Azizi, "IS fighters kill Taliban commander, warn TV viewers", Pajhwok Afghan News, 2 de febrero de 2015. [Volver]

12. Incluido en la lista relativa a las sanciones establecidas en la resolución 1988 (2011) como Mohammed Omar Ghulam Nabi (TAi.004). [Volver]

13. "Pakistan arrests Al-Qaeda militants ahead of planned raid on naval dockyard", Wall Street Journal, 11 de diciembre de 2014. [Volver]

14. "AQIS reports on attacks in Karachi from November 2013 - October 2014, targets police, a blogger, and a professor", SITE Intelligence Group, 11 de diciembre de 2014. [Volver]

15. "IMU representative defends group's approval of Peshawar school attack", SITE Intelligence Group, 24 de diciembre de 2014. [Volver]

16. "TTP leader Fazlullah justifies attack on Peshawar school in video, threatens more operations", SITE Intelligence Group, 21 de enero de 2015. [Volver]

17. "Four suspected ISIS men arrested", The Daily Star, 20 de enero de 2015. [Volver]

18. Véase https://www.un.org/es/peacekeeping/missions/minusma/facts.shtml. [Volver]

19. Al-Mourabitoune y AQMI están presentes al norte de Tombuctú, Ansar Eddine en la región de Kidal y el MUYAO en la región de Gao. [Volver]

20. Información proporcionada por los Estados Miembros. [Volver]

21. Malí, en el caso de Ansar al Charia Benghazi (QDe. 146), y el Iraq y la República Árabe Siria, en el caso de Ansar al Charia Derna (QDe.145). [Volver]

22. "Jihadist explores Libya as 'strategic gateway' for IS to Africa and Europe", SITE Intelligence Group, 20 de febrero de 2015. [Volver]

23. Isabelle Labeyrie, "Boko Haram, du Nigéria au Cameroun", France Info, 13 de enero de 2015. [Volver]

24. "Nigeria: Boko Haram insurgency", nota informativa de Assessment Capacities Project, 20 de enero de 2015. [Volver]

25. S/2014/770, párr. 25. [Volver]

26. Monica Mark, "Boko Haram's 'deadliest massacre': 2,000 feared dead in Nigeria", The Guardian, 10 de enero de 2015. [Volver]

27. "Boko Haram in Nigeria: international force mulled to fight insurgency; 3,700 structures were damaged or completely destroyed in militants' attacks on two towns", The Associated Press, 15 de enero de 2015. [Volver]

28. Mathieu Olivier, "Terrorisme: la communication de Boko Haram á l'âge de 'réseaux'?", Jeune Afrique, 3 de marzo de 2015. [Volver]

29. "Officials: Boko Haram kidnaps 185 women and children, kills 32 people", CNN, 18 de diciembre de 2014. [Volver]

30. "Nigeria: une fillette de 7 ans commet un attentat-suicide, 5 morts", Le Parisien, 22 de febrero de 2015. [Volver]

31. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

32. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

33. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

34. Véanse, por ejemplo, "Philippine troops attack 300 Abu Sayyaf militants, 7 killed", Associated Press, 25 de febrero de 2015; y "Philippines army and rebel clashes leave dozens dead", Al Jazeera, 28 de febrero de 2015. [Volver]

35. Véanse, por ejemplo, "Three Philippine soldiers killed in Abu Sayyaf landmine attack", Agence France Presse, 4 de marzo de 2015; y Mario J. Mallari, "Troops assault IED factory of Abu Sayyaf in Basilan", The Daily Tribune, 12 de noviembre de 2014. [Volver]

36. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

37. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

38. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

39. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

40. Marwan murió en enero de 2015 en una operación de las fuerzas del Gobierno de Filipinas en la que muchos de sus efectivos perdieron la vida. Véase la presentación de la Junta de Investigación durante la audiencia en el Senado sobre el incidente de Mamasapano del 9 de febrero de 2015, publicado por el Gobierno de Filipinas en www.gov.ph/2015/02/09/presentation-board-of-inquiry-senate-hearing-mamasapano-february-9-2015/. El Buró Federal de Investigaciones de los Estados Unidos considera fallecido a Marwan en su lista de terroristas más buscados. [Volver]

41. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

42. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

43. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

44. Sidney Jones, "Counter-terrorism and the rise of ISIS in 2014", Institute for Policy Analysis of Conflict, 23 de diciembre de 2014. [Volver]

45. Resúmenes de Hilal Ahmar Society Indonesia (HASI) (QDe.147), Wiji Joko Santoso (Qdi.350), Angga Dimas Pershada (QDi.348) y Bambang Sukirno (QDi.349). [Volver]

46. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

47. Información proporcionada por un Estado Miembro. [Volver]

48. Anthony Kuhn, "Indonesian authorities worried about return of Islamic radicals," NPR, 24 de febrero de 2015. [Volver]

49. "MIT leader Abu Warda Santoso reiterates pledge to IS, Baghdadi", SITE Intelligence Group, 24 de julio de 2014. [Volver]

50. Incluido actualmente en la lista relativa a las sanciones establecidas en la resolución 1844 (2008). [Volver]

51. Véase, por ejemplo, "United States confirms Al-Shabaab leader's death", Al Jazeera, 6 de septiembre de 2014. [Volver]

52. Véase, por ejemplo, Omar Nor, Mohammed Tawfeeq y Susanna Capelouto, "Al-Shabaab: attack on base was revenge for United States airstrike", CNN, 26 de diciembre de 2014. [Volver]

53. Por ejemplo, los atentados con coche bomba contra el Hotel Central en Mogadiscio el 20 de febrero de 2015, en los que oficiales del gobierno y del servicio de seguridad resultaron muertos o heridos. Véase Abdi Sheikh y Feisal Omar, "Suicide attack targets Somali officials in hotel, kills 10 people", Reuters, 20 de febrero de 2015. [Volver]

54. Por ejemplo, el atentado contra la mina en Kenya. Véase "Gunmen kill dozens in attack on Kenya mine", Al Jazeera, 2 de diciembre de 2014. [Volver]

55. "Shabaab releases video on June 2014 attacks in Mpeketoni and Poromoko in Kenya", SITE Intelligence Group, 3 de marzo de 2015. [Volver]

56. "Shabaab praises attack on Charlie Hebdo in Paris, calls Muslims in Europe to launch similar strikes", SITE Intelligence Group, 20 de enero de 2015. [Volver]

57. "Shabaab releases video on Westgate Mall raid, threatens more attacks", SITE Intelligence Group, 21 de febrero de 2015. [Volver]

58. Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera), asunto T-127/09 RENV, Abdulrahim c. Consejo y Comisión ("sentencia Abdulrahim"), 14 de enero de 2015. [Volver]

59. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala), asuntos conjuntos C-584/10 P, C-593/10 P y C-595/10 P, Comisión, Consejo, Reino Unido c. Kadi, 18 de julio de 2013. [Volver]

60. Sentencia Abdulrahim, párr. 90. [Volver]

61. "Security Council Al-Qaida and Taliban sanctions Committee approves deletion of three entries from Consolidated List, amendments to 17 entries", 23 de diciembre de 2010. [Volver]

62. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala), asunto C-239/12 P, Abdulrahim c. Consejo y Comisión, 28 de mayo de 2013. [Volver]

63. Sentencia Abdulrahim, párr. 83. [Volver]

64. Ibid., párrs. 90 a 96. [Volver]

65. Ibid., párrs. 80 y 82. [Volver]

66. Ibid., párr. 89. [Volver]

67. Véase el párr. 2 de la resolución 2161 (2014). Además, el Consejo de Seguridad "confirma que cumplen los criterios para ser designados las personas, grupos, entidades o empresas que sean de propiedad directa o indirecta o estén bajo el control directo o indirecto de una persona, grupo, empresa o entidad asociado con Al-Qaida, o le presten apoyo de otro tipo, entre ellos los incluidos en la Lista relativa a las sanciones contra Al-Qaida" (párr. 4). [Volver]

68. Ambos asuntos se examinaron en el 16° informe del Equipo. El asunto pendiente es el relativo a Mohammed al Ghabra (QDi.228) y el posible asunto es el de Hani al-Sayyid al-Sebai Yusif (QDi.198). [Volver]

69. "Reglamento de procedimiento del Tribunal General", Diario Oficial de la Unión Europea, L105/1. El Equipo examinó un proyecto anterior del Reglamento en su 16° informe. [Volver]

70. Ibid., título III, cap. 7, artículo 105, párr. 8. [Volver]

71. Declaración del Reino Unido sobre el Reglamento del Tribunal General, disponible en: http://europeanmemoranda.cabinetoffice.gov.uk/files/2015/02/UK_declaration_on_General_CourtRules.docx. [Volver]

72. Ibid. [Volver]

73. Grupo de Acción Financiera, "Risk of terrorist abuse in non-profit organizations", junio de 2014. [Volver]

74. En el marco de la iniciativa DoingBusiness del Banco Mundial se recopilaron datos de 170 economías "sobre la fiabilidad, la transparencia y la cobertura de los sistemas de registro de tierras". Véase Grupo del Banco Mundial, Doing Business 2015: más allá de la eficiencia, págs. 60 y 61. [Volver]

75. Grupo de Acción Financiera, "Financing of the terrorist organisation Islamic State in Iraq and the Levant", febrero de 2015. [Volver]

76. Grupo de Acción Financiera, "FATF action on terrorist finance", 27 de febrero de 2015. [Volver]

77. Resolución 1267 (1999), párr. 4 b). [Volver]

78. Véase el párr. 1 a) de la resolución 1452 (2002), modificado por el párr. 15 de la resolución 1735 (2006). [Volver]

79. Según los datos de que dispone la secretaría del Comité de Sanciones contra Al-Qaida, entre 2003 y 2014 se formularon 137 solicitudes de exención de la congelación de activos con arreglo al párr. 1 a) de la resolución 1452 (2002) y 11 solicitudes en virtud del párr. 1 b) de la misma resolución, lo que supone un total de 148 solicitudes. [Volver]

80. S/2014/770, párrs. 60 y 61. [Volver]

81. Por ejemplo, PRB-M3 (un tipo de mina antitanque). [Volver]

82. Hasta el 27 de marzo de 2015, 48 personas habían sido incluidas en la Lista por su participación en la utilización o el suministro de precursores utilizados para fabricar artefactos explosivos improvisados o por adiestrar a otros sobre el uso de esos artefactos, entre otros motivos. [Volver]

83. Por ejemplo, la recogida y el análisis de ADN, en particular después los atentados cometidos por terroristas suicidas. [Volver]

84. En el párr. 14 de la resolución 2161 (2014), el Consejo de Seguridad alentó a los Estados Miembros "a que intercambiaran información, establecieran alianzas y elaboraran estrategias nacionales y desarrollaran la capacidad contra los artefactos explosivos improvisados". [Volver]

85. Protocolo sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Minas, Armas Trampa y Otros Artefactos, según fue enmendado el 3 de mayo de 1996, que figura en el anexo de la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que Puedan Considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados, de 10 de octubre de 1980. [Volver]

86. Resolución 2178 (2014). [Volver]

87. Resolución 2195 (2014). [Volver]

88. S/2014/815 (2014). [Volver]

89. Resolución 2161 (2014), anexo I, párr. cc). [Volver]

90. La aplicación eficaz de los regímenes de sanciones contra Al-Qaida y de otro tipo depende de que se transmita la información precisa contenida en la Lista de sanciones de manera eficaz a un grupo amplio de agentes oficiales y del sector privado. Una de las principales consecuencias negativas de la organización y la transferencia imprecisas de información es que se dan muchos falsos positivos, lo que dificulta la aplicación eficaz, ya que requiere que se realicen verificaciones manuales muy trabajosas. Es aún más importante el riesgo de que se den falsos negativos. [Volver]

91. Según el sitio web de la Lista Consolidada, la incorporación de todos los nombres a una Lista Consolidada tiene por objeto facilitar la aplicación de las medidas, y no implica que todos los nombres figuren en la Lista con arreglo a un solo régimen, ni que se utilicen los mismos criterios para incluir en la Lista determinados nombres; véase http://www.un.org/sc/committees/consolidated_list.shtml. [Volver]

92. Véase http://www.un.org/sc/committees/1267/aq_sanctions_list.shtml; se puede consultar una explicación detallada de los cambios que se han introducido en el sistema de referencias en: http://www.un.org/sc/committees/1267/changes_newlist_format.shtml. [Volver]

93. En 2009, el Equipo propuso que se suprimiera el identificador alfabético del número de referencia permanente y se ordenara la Lista Consolidada secuencialmente, es decir, en el orden de inclusión en la Lista. El Equipo recomendó además que el Comité suprimiera el año de inclusión en la Lista del número de referencia permanente, ya que esa fecha se indica en la entrada de la Lista. Las recomendaciones fueron aprobadas por el Comité. [Volver]

94. Véase http://www.treasury.gov/resource-center/sanctions/OFAC-Enforcement/Pages/20150105.aspx. [Volver]


Notas del anexo:

a. Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea, asunto T-127/09 RENV, Abdulrahim c. Consejo y Comisión, 14 de enero de 2015. [Volver]

b. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala), Asunto C-239/12 P, Abdulrahim c. Consejo y Comisión, 28 de mayo de 2013. [Volver]

c. Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea, asunto T-306/10, Yusef c. Comisión, 21 de marzo de 2014. [Volver]

d. Asunto T-248/13, Al-Ghabra c. Comisión. [Volver]

e. Asunto T-134/11, Al-Faqihy otros c. Comisión. [Volver]

f. Asunto T-527/09 RENV, Ayadi c. Comisión. [Volver]

g. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Décima), asunto C-183/12 P, Ayadi c. Comisión, 6 de junio de 2013. [Volver]

h. Información proporcionada por el Pakistán. [Volver]

i. Información proporcionada por el Pakistán. [Volver]

j. Información proporcionada por el Reino Unido. [Volver]

k. Información proporcionada por el Reino Unido. [Volver]


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