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DERECHOS


Cuarto Periodo: de 1983 a 1987

Al producirse un auge de protestas sociales al régimen militar, se le suma a la represión anterior las muertes en protestas y hay una masiva situación de prisión política cobrando importancia relativa el rol de Carabineros e Investigaciones en los hechos con resultado de muerte, aunque sigue siendo la CNI la principal responsable de las Muertes.

El 12 de Agosto de 1977 se dictan por el principal querellado sendos decretos Leyes, los 1876 y 1878, derogan el Decreto Ley 521, de junio de 1974, que crea la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). Si bien la simetría entre ambos texto es notable hay una diferencia gravitante para los hechos que se investigan en esta causa, el DL que creaba la Dina la colocaba bajo la subordinación de la Junta de Gobierno, en cambio la CNI dependía directamente de Pinochet, anexada por el Ministro del Interior, aclarando la escala de responsabilidad. Con la típica forma elíptica de actuar no se le concedió facultades operativas pero, el DL intermedio el DL 1877 faculta al Presidente de la República a disponer arrestos, detenciones en recintos clandestinos, eufemísticamente, lugares que no eran ni los domicilios de los arrestado ni cárceles y.... se autorizaba a la CNI para ser ejecutor de estas medidas, el burdo truco está a la vista. Pese a ello, infecundamente Pinochet, con la misma mano que redactó tales decretos leyes formó el discurso del 11 de Noviembre de 1977 donde señala que la CNI es un organismo "cuya función es eminentemente informativa... a diferencia de las labores ejecutivas que, excepcionalmente fue necesario entregar a la entidad que la presidió". La mala fe es evidente y ya desde los tiempos de Carrara y Malebranche se señala que el ocultamiento es presunción de ánimo de delictividad.

Hay un cambio de Tácticas sí, pero no un cambio de naturaleza en la actividad represiva con respecto a la Dina, apenas se usa la desaparición forzada, pero se recurre a los falsos enfrentamientos, los seguimientos y amedrentamientos, las detenciones ilegales luego cohonestado con amañados pseudo procesos judiciales.

Pero aun así este taparrabo legal le resultó precario y el 14 de Junio de 1984 se le concedieron facultades operativas mediante la ley 18315, cuyo artículo único autoriza, en ejercicio de las facultades del artículo 24 transitorio de la Constitución Política del Estado, a perpetrar arrestos en recintos de la CNI que se consideraran para todo los efectos legales cárceles.

Estas facultades estaban confiadas al Presidente de la República, esto es, al principal querellado.

Un oficio del Ministerio del Interior completó el peritaje delictivo, al sustraer los recintos a la tuición conservadora de la Justicia ordinaria señalando que "Tales recintos(los de la CNI) están bajo las Normas del Fuero Militar y en consecuencia los jueces civiles (sic, debiera decir ordinarios) no pueden constituirse en ellos..." Las consecuencias fueron dramáticas la tortura iiimerrarable fueron práctica cotidiana en tales recintos, áulicas torturas, violaciones sexuales, aplicación de corriente, etc..

El 7 de septiembre de 1983

se informó oficialmente que ese día, a consecuencia de los operativos realizados tras la muerte del General de Ejército e Intendente de Santiago General Carol Urzúa, se habían producido dos enfrentamientos con miembros del MIR implicados en tales hechos. Primeramente se dijo que el enfrentamiento se había originado al descubrirse accidentalmente a tres individuos sospechosos en calle Visviri con Fleming en el sector Oriente de Santiago, por parte de agentes de la CNI que realizaban un patrullaje de rutina. Ellos habrían contestado con disparos a la voz de alto y corrido hasta refugiarse en una casa en calle Fuenteovejuna, desde donde siguieron disparando a los agentes, quienes recibieron refuerzos de Carabineros e Investigaciones. Al rato se habría producido una explosión en el interior de la vivienda cuando los individuos se encontraban quemando documentación, muriendo uno de ellos. Los dos restantes, en una acción suicida, habrían salido disparando y habrían sido abatidos.

Al día siguiente apareció en la prensa otra versión oficial, que, a diferencia de la primera, indica que el enfrentamiento se produjo cuando los efectivos concurrieron al inmueble en donde se refugiaban las víctimas, cuya dirección obtuvieron mediante confesiones de otros intervinientes en el asesinato del General Carol Urzúa. En esta oportunidad se señala que habían sido evacuadas las viviendas del sector aledaño.

En realidad los hechos ocurrieron de diferente manera. Los agentes de seguridad estaban al tanto que en el inmueble se encontraban miembros del MIR en la clandestinidad. Luego del asesinato del General se planificó la acción en contra de ellos, por lo que se reunió a un gran número de agentes de seguridad, que incluía miembros de la CNI y de otros servicios, los cuales, luego de otras acciones ejecutadas ese mismo día, entre las que se cuenta la detención de personas, se dirigieron al inmueble.

En ese lugar instalaron una ametralladora punto 50 que inmediatamente comenzó a disparar. Sólo después de haberlo hecho durante unos minutos se pidió a los moradores que se entregaran. En atención a ello salió Sergio PEÑA DIAZ, de profesión veterinario, militante del MIR, quien había ingresado clandestinamente al país, con las manos puestas en la nuca. Cuando se aproximaba a la reja del antejardín dos agentes le dispararon con metralletas a corta distancia, causándole la muerte.

Estos hechos, conocidos por la Comisión a través del relato de un testigo presencial de todos ellos, le permiten llegar a la convicción de que Sergio Peña murió ejecutado por parte de agentes de la CNI, considerando su muerte una violación a los derechos humanos de responsabilidad de agentes estatales.

A raíz de la muerte de Sergio Peña, Lucía Orfilia VERGARA VALENZUELA, militante del MIR, quien ingresó clandestinamente al país, quien se encontraba en el interior de la vivienda, disparó hacia afuera, reiniciando inmediatamente el ataque los agentes, quienes además lanzaron una bengala que produjo el incendio de la casa.

La última persona que quedaba en el interior de la vivienda, Arturo Jorge VILLAVELA ARAUJO, de profesión ingeniero, militante del MIR, quien también había ingresado clandestinamente al país, murió carbonizado.

Dada la verdadera finalidad del operativo, como quedó demostrado, la Comisión considera que estas últimas dos personas también deben ser consideradas como ejecutadas.

Posteriormente, ese mismo día se informó oficialmente de otro enfrentamiento, ocurrido en calle Janaqueo de Santiago, que estaría ligado con el anterior y con la búsqueda de los responsables de la muerte del General Carol Urzúa. Se dijo que luego de terminados los hechos en Fuenteovejuna los efectivos se trasladaron a calle Janaqueo Nº5707 con el fin de detener a otras personas. Sin embargo ello no fue posible al oponer resistencia armada los moradores del inmueble antes indicado. A consecuencias del intercambio de tiros Hugo Norberto RATIER NOGUERA, argentino, militante del MIR, fue abatido en el patio de su casa y Alejandro SALGADO TROQUIAN, de profesión veterinario, militante del MIR, falleció a dos cuadras de esa casa de donde se había dado a la fuga.

29 de diciembre de 1983

En circunstancias que transitaba por calle Andes en dirección al Oriente al llegar a General Barbosa, fue muerto Juan Elías ESPINOZA PARRA, de 35 años, militante del MIR. Falleció a consecuencia de más de 22 disparos efectuados aparentemente por agentes de la CNI, algunos de ellos de trayectoria de atrás hacia adelante, según informe de autopsia.

Juan Espinoza, quien había ingresado en forma clandestina al país, era sindicado como uno de los encargados de archivo y documentación de un taller de falsificación del MIR.

29 marzo de 1984

MAIGRET BECERRA, Mauricio. Muerto a consecuencia del uso excesivo de la fuerza por parte de la CNI en San Daniel con psje Nassau, Pudahuel, Santiago. Nació el 22/03/66, tenía 18 años al momento de la muerte. Estudiante Educación Media.

18 de mayo de 1984

Murió el militante del MIR Jorge Eduardo MUÑOZ NAVARRO. De acuerdo a lo señalado por la CNI, en la madrugada de ese día fueron sorprendidos en la Comuna de Renca dos individuos en actitud sospechosa en la base de una torre de alta tensión. Al ser conminados a detenerse uno de los sujetos disparó, produciéndose un enfrentamiento, a consecuencia del cual falleció la víctima. Su acompañante se dio a la fuga. Horas después falleció producto de una explosión María Loreto Castillo Muñoz. Sin embargo, se recibió un testimonio según el cual ambos habrían sido detenidos durante la noche, permaneciendo en un mismo recinto, siendo luego ultimados en sectores diferentes, por agentes de la CNI.

19 de mayo de 1984

horas después del enfrentamiento que según comunicado de la CNI le costó la vida a Jorge Eduardo Muñoz Navarro. María Loreto CASTILLO MUÑOZ militante del MIR, murió explosionada a los pies de una torre de alta tensión en la Comuna de Pudahuel, a consecuencia de los efectos de un artefacto explosivo, que, como oficialmente se señaló, ella trataba de activar.

2 de julio de 1984

Son muertos en Santiago Héctor Patricio SOBARZO NUÑEZ, profesor, militante del MIR, Enzo MUÑOZ AREVALO, militante comunista.

Según versión oficial, «El 2 de julio a las 23.50 horas personal de la CNI detectó la presencia de sospechosos que se movilizaban en un vehículo en la Avda. José Pedro Alessandri a metros de la Rotonda Departamental. Desde su interior los sospechosos dispararon contra los efectivos de seguridad los que repelieron el ataque generándose un enfrentamiento que culminó con la muerte de Enzo Muñoz y Héctor Sobarzo.»

La versión oficial no es veraz de acuerdo a los antecedentes reunidos, especialmente las declaraciones de testigos que señalan que a las 23:30 horas Enzo Muñoz y Héctor Sobarzo estacionaron el vehículo en el que se movilizaban en la Rotonda Departamental frente al conjunto habitacional Don Camilo, bajándose el segundo para hablar por teléfono. En ese momento aparecieron numerosos vehículos con personal de civil armado quienes dispararon contra Enzo Muñoz y detuvieron con vida a Héctor Sobarzo, lo introdujeron a un vehículo y más allá le dispararon.

3 de julio de 1984

En un enfrentamiento sucesivo al anterior, según se informó oficialmente, fueron muertos en Callejón Lo Ovalle Ana Alicia DELGADO TAPIA, ingeniero agrónomo, militante del Partido Comunista y Juan Manuel VARAS SILVA, mecánico, militante del MIR.

Esa versión oficial indica que horas después del enfrentamiento anterior y continuando con las diligencias tendientes a esclarecer recientes atentados en el Callejón Lo Ovalle al llegar a la altura del 800, al realizar un allanamiento, se enfrentaron con tres hombres y una mujer a raíz de lo cual murieron Juan Varas y Ana Delgado.

Operativo contra la dirigencia del MIR en la zona sur

Entre el 23 y el 24 de agosto de 1984 la CNI, con agentes enviados desde Santiago, ejecutó una operación destinada a eliminar a los dirigentes del MIR en la zona sur del país, específicamente en Concepción, Los Angeles y Valdivia. Muchos de ellos habían ingresado ilegalmente al país y se encontraban realizando trabajo clandestino. Todos estaban siendo seguidos por agentes de seguridad con anterioridad y por lo mismo éstos tenían claridad absoluta sobre sus actividades.

En todos los casos se informó públicamente de la existencia de enfrentamientos a consecuencia de los cuales murieron las víctimas. Sin embargo, por los diversos antecedentes reunidos, se ha llegado a la convicción de que ellas fueron ejecutadas.

El primer hecho se desarrolló en la mañana del 23 de agosto de 1984 en Hualpencillo, localidad cercana a Concepción. En ese lugar fue ejecutado cerca de su domicilio, el obrero Luciano Humberto AEDO ARIAS, a quien, según testigos, se le disparó sin intimársele rendición y sin que intentase oponer resistencia.

Horas más tarde fue interceptado el microbús en donde se desplazaban Mario Octavio LAGOS RODRIGUEZ y Nelson HERRERA RIVEROS, obrero y comerciante respectivamente, en el sector de Lorenzo Arenas de Concepción. El vehículo de locomoción colectiva venía siendo seguido desde Talcahuano y se le ordenó detenerse en un lugar con gran afluencia de público, frente a la Vega Monumental. Testigos interrogados por esta Comisión indicaron que no hubo resistencia a la detención por parte de las víctimas, quienes se bajaron desarmadas del microbús y sin rehenes. Esa acción la hicieron con los brazos en alto, recibiendo en ese momento Mario Lagos un disparo en la axila, lo que comprueba dicha posición de los brazos. La autopsia de Nelson Herrera indica que fue muerto posteriormente mediante un disparo en el cráneo a corta distancia y en circunstancias de que ya se encontraba esposado, lo que se desprende de las marcas en sus muñecas. Todos estos hechos fueron filmados por camarógrafos que utilizaban equipos de Televisión Nacional quienes se encontraban apostados en el sector desde antes que se produjeran los hechos, cosa que igualmente indica que no se trató de un enfrentamiento casual sino de hechos planificados con anticipación.

A las seis de la tarde del mismo día 23 de agosto fue muerto en Los Angeles mediante disparos Mario Ernesto MUJICA BARROS, contador, en la entrada de su domicilio, sin que tampoco hubiese habido oposición a una detención por su parte.

Más o menos a la misma hora murieron en el camino que une a Valdivia con Niebla, Raúl Jaime BARRIENTOS MATAMALA y Rogelio Humberto TAPIA DE LA PUENTE, empleado e ingeniero forestal respectivamente. En esta oportunidad también se informó oficialmente de la existencia de un enfrentamiento y de la huida de una tercera persona del lugar, lo que es del todo improbable dadas las condiciones del terreno.

Al día siguiente, 24 de agosto de 1984, se produjo el último de los hechos, el que le costó la vida a Juan José BONCOMPTE ANDREU, de profesión economista. El fue sorprendido en su domicilio por un elevado número de agentes. Juan Boncompte intentó huir por la parte trasera de la casa pero fue cercado, disparándosele luego en repetidas ocasiones, a consecuencia de lo cual falleció de manera inmediata. Varios relatos de testigos indican que no hubo ningún tipo de resistencia por parte de la víctima y que ésta se encontraba a merced de los agentes cuando fue muerta.

10 de noviembre 1984

Víctor Manuel GONZÁLEZ MILLONES, 30 años, casado, empleado, fue detenido ese día por una patrulla de Carabineros en el sector cordillerano próximo al paso fronterizo "Los Patos". Desde entonces se encuentra desaparecido.

De acuerdo a lo declarado por su cónyuge y antecedentes de diversos procesos judiciales, en 1973, Víctor González fue condenado por un Consejo de Guerra a once años de presidio. En 1976 recuperó su libertad y logró salir del país al conmutársele la condena por extrañamiento. En 1981 reingrsó ilegalmente al país, situación que fue detectada por los servicios de seguridad durante 1984, quienes comenzaron a buscarlo.

En agosto de 1984, el Ministerio del Interior presentó ante la Corte de Apelaciones de Santiago, un requerimiento por su ingreso ilegal al país, en octubre de ese año, el juez instructor lo citó a declarar, y luego, por su renuencia a presentarse, con fecha 8 de noviembre despachó una orden de aprehensión en su contra.

De acuerdo con lo relatado por un hermano, ante esta situación, Víctor Manuel González, atemorizado, decidió huir a pié hacia Argentina, a través del paso fronterizo antes señalado. En este lugar, el 10 de noviembre de 1984, fue detenido por Carabineros que incautó el equipaje que portaba.

El 3 de julio de 1985, el Ministerio del Interior efectuó una presentación ante el Ministro Instructor, informando que Víctor Manuel González estaba detenido a disposición del Juzgado de Letras de Putaendo, y le solicitó que exhortara a ese Tribunal para que fuera puesto a su disposición. El tribunal exhortado informó que revisado el ingreso de detenidos, el requerido no aparecía registrado.

Posteriormente, la familia interpuso una denuncia por presunta desgracia en su favor, la que fue sobreseida sin que el tribunal pudiera ubicar su paradero.

15 de diciembre de 1984

Falleció Fernando Gabriel VERGARA VARGAS, militante del MIR, quien había ingresado en forma clandestina al país.

Según la versión oficial, ese día personal de la CNI que se encontraba patrullando el sector de Santa Elvira con Santa Elena interceptó a un individuo en actividades sospechosas el que al percatarse de la presencia del personal de seguridad efectuó dos disparos, motivo por el cual los funcionarios repelieron el ataque, causándole la muerte.

Fernando Vergara era seguido con anterioridad por funcionarios de la CNI, lo que hace dudar que haya sido descubierto casualmente. Igualmente se ha comprobado que el arma con que se supone efectuó los dos disparos según peritaje, funcionaba en forma irregular ya que tenía el martillo quebrado, lo que hace presumir que no fue usada.

21 de diciembre de 1984

Sergio Fernando Ruiz Lazo, casado, dos hijos, técnico textil, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario, MIR, fue detenido el 21 de diciembre de 1984 por efectivos de la Central Nacional de Informaciones (CNI), quienes lo llevaron al cuartel de ese organismo ubicado en calle Borgoño, donde fue objeto de torturas y tormentos.

Testigos de su permanencia en este recinto fueron dos militantes comunistas detenidos el día 22 de diciembre del mismo año, Clemente Maldonado y Omar Moncada, los cuales también fueron recluidos en el mismo lugar por el lapso de diecisiete días. Ambos escucharon que había un tercer detenido en una celda contigua, en muy malas condiciones físicas y, uno de ellos, escuchó que su nombre era Sergio Ruiz Lazo. Este testigo también escuchó que un médico que lo examinó -a raíz del maltrato físico sufrido de manos de los agentes de la CNI- hizo lo mismo con el afectado. Ambos coinciden en señalar que Ruiz ni siquiera iba al baño y se quejaba constantemente.

Ruiz Lazo había sido detenido dos veces con anterioridad. La primera, el 17 de septiembre de 1973, permaneciendo incomunicado en el Estadio Nacional hasta el 4 de octubre del mismo año, fecha en que recuperó su libertad. Entonces era dirigente sindical de la industria textil Sumar. Con posterioridad, los primeros días de noviembre de 1975, fue detenido por efectivos de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, (antecesora legal de la CNI), quienes lo mantuvieron incomunicado durante dos meses en el recinto secreto de reclusión conocido como Villa Grimaldi, donde fue interrogado bajo torturas. En seguida fue trasladado hasta el Campamento de Prisioneros de Tres Alamos, donde permaneció privado de libertad hasta el 17 de noviembre de 1976, fecha en que recuperó su libertad.

En el año 1977, por la situación incierta que vivía, emigró con su cónyuge e hijos a Francia, donde vivió en calidad de exiliado político. A fines del año 1983 ingresó a Chile con otra identidad, debido a que existía una disposición administrativa que prohibía su vuelta al país. Este Decreto Exento del Ministerio del Interior fue renovado en varias oportunidades más, la última con posterioridad a su arresto.

Por tanto, encontrándose ilegalmente en el país, con la identidad de Roberto Fernández Amollado, realizó vida normal y así fue como lo conocieron la dueña de una pensión donde arrendó una pieza en la que vivió durante el año 1984 y los otros pensionistas que allí habían. Con igual nombre lo conoció la señora María Angélica Ugarte, para quien realizó trabajos de gasfitería y eléctricos y con quien entabló una relación de amistad, e incluso guardó algunas pertenencias en su casa. El día antes de su detención, es decir, el 20 de diciembre de 1984, fue hasta la casa de la señora Ugarte y, como no encontrara a nadie, dejó un papel escrito dirigido a la empleada señalándole que volvería después.

El día 21 de diciembre debía encontrarse con unos compañeros de su partido lo que no ocurrió, desconociéndose la suerte corrida con posterioridad a cuando se escuchó su nombre en el cuartel de la CNI de calle Borgoño en el centro de Santiago, en enero de 1985.

22 de diciembre de 1984

Alicia Viviana RIOS CROCCO, estudiante de Psicología, militante del MIR. Según la prensa el 22 de diciembre de 1984, a las 16:00 horas, transitaba en una bicicleta por Avenida San Eugenio, cuando explosionó la bomba puesta en el sillin de su vehículo, la que lanzó su cuerpo en una parábola de unos 6 metros de altura y 10 metros hacia adelante, muriendo instantáneamente.

Sus familiares sostienen que habría sido ultimada por agentes del Estado, quienes habrían puesto la bomba en la bicicleta, accionándola a distancia.

29 de diciembre 1984

Es ejecutado por Carabineros Luis DÍAZ MUÑOZ

3 de enero de 1985

Falleció Alan William RODRIGUEZ PACHECO, de 28 años, militante del MIR.

Según la versión oficial los hechos se produjeron alrededor de las 11:15 horas del 3 de enero de 1985 cuando personal de seguridad que ingresaba al inmueble de calle Victoria N° 2304 en la comuna de Maipú recibió disparos desde el interior, los que fueron respondidos produciéndose un intercambio de tiros de alrededor de media hora, a consecuencia de lo cual se incendió la casa, muriendo calcinado Alan Rodríguez, quien se defendía además con un mortero.

Sin embargo, testigos indican que el día de los hechos llegó al lugar un numeroso contingente de efectivos de seguridad, apoyados por un jeep que portaba una ametralladora. La casa, de material ligero, fue rodeada por los agentes de la CNI que conminaron a Alan Rodríguez a entregarse, comenzando acto seguido a dispararle, sin que hubiese oposición de su parte.

19 de enero de 1985

Fallecieron los hermanos David y Marcelo MIÑO LOGAN, de 31 y 29 años respectivamente, ambos militantes del MIR.

Según informaciones de prensa, ese día a las 14:30 horas, cuando personal de seguridad se disponía a allanar el inmueble que arrendaban los hermanos Miño en Avenida Valparaíso esquina Yungay, en Quillota, fueron repelidos por éstos, produciéndose un enfrentamiento en el que resultaron muertos ambos extremistas.

Un testigo, por su parte, informó que un gran contingente rodeó la casa de los hermanos Miño y empezó a dispararle, a raíz de lo cual murió uno de los ocupantes y el otro, al intentar rendirse, fue ejecutado. Antecedentes señalan que no hubo oposición de parte de las víctimas.

9 de febrero 1985

Patricio Enrique MANZANO GONZÁLEZ, estudiante de Ingeniería de la Universidad de Chile, participó en los trabajos voluntarios del verano de 1985. fue detenido junto a otros estudiantes y trasladado a la Primera Comisaría de Santiago, donde fue brutalmente golpeado, provocándosele un paro cardíaco, impidiendo que estudiantes de medicina detenidos con él lo atendieran camino a la Posta Central. Muere en el trayecto.

29 de marzo de 1985

Falleció Paulina Alejandra AGUIRRE TOBAR, de 20 años, militante del MIR.

Según la versión oficial, el 27 de marzo de 1985 en el inmueble de calle Pastor Fernández N° 16.100 en Las Condes, domicilio de Paulina Aguirre, se encontró armamento, el que fue retirado por personal de la CNI que dispuso guardia en el lugar para detener a su ocupante, quien sólo regresó el viernes 29 de marzo a las 23:15 horas, a pie, siendo interceptada por funcionarios de la CNI, los que la conminaron a detenerse e identificarse.

Agrega dicha versión, que la mujer se detuvo, pero abrió su bolso de donde sacó un arma e hizo tres disparos, lo que motivó que los funcionarios le dispararan, causándole la muerte.

El informe de autopsia señala que Paulina Aguirre recibió dos disparos en la cabeza, uno en el cuello, tres disparos en la mano derecha y dos disparos en el antebrazo izquierdo.

Fallecieron los hermanos Eduardo Antonio y Rafael Mauricio VERGARA TOLEDO, ambos militantes del MIR.

Según informaciones de prensa, «El 29 de marzo de l985 a las 19:45 horas en el sector Las Rejas con 5 de abril, un trío de delincuentes armados intentaron asaltar un negocio, siendo sorprendidos por Carabineros que patrullaban en un furgón. Los frustrados asaltantes reaccionaron produciéndose un breve baleo en el que resultaron heridos el Cabo de Carabineros Marcelo Muñoz Cifuentes, Eduardo y Rafael Vergara Toledo, muriendo los dos últimos en ese lugar. El tercero de los delincuentes alcanzó a darse a la fuga.»

Los antecedentes reunidos, entre los que se cuentan los informes de autopsia, permiten afirmar que ambos hermanos murieron a causa de politraumatismo por balas y que el cuerpo de Rafael Vergara registra un disparo en la nuca a corta distancia, que fue el que en definitiva le causó la muerte.

5 de septiembre 1985

Jorge Antonio FERNÁNDEZ RIVERA, 18 años, estudiante Ens. Media, muere en el Hospital Barros Luco, San Miguel, a causa herida a bala provocada por desconocidos que disparan desde camioneta en calle Yarda, pard. 18 Santa Rosa durante una protesta

23 de septiembre 1985

Mueren Nélson Eduardo LAGOS MARÍN y Jaime Zorobel ORELLANA CUEVAS

A las 19:40 hrs, en la Población Ferretera, callejón Rupanco nº 305, Chillán, Nélson Lagos y Jaime Orellana explotan con una bomba que trasportaban en la mochila sobre la espalda de Lagos

18 de octubre 1985

Víctor Manuel ZÚÑIGA ARELLANO, Nacido el 27/02/55, tenía 30 años el momento de la muerte en la Penitenciaria de Stgo. En un intento de fuga es acribillado por funcionarios de Gendarmería

10 diciembre 1985

Patricio Leonel GONZÁLEZ GONZÁLEZ, 23 años, empleado, muere en Concha y Toro esq Arturo Prat, Santiago, a causa de una herida a bala disparada por Carabineros en un supuesto enfrentamiento.

18 de abril de 1986

Fallecieron en Santiago José Daniel MURGA MEDINA, de 28 años, dirigente del MIR, empleado particular y Juan Antonio DIAZ CLIFF, de 41 años, también dirigente del MIR, quien vivía en forma clandestina en el país. Según la información oficial, eran dos delincuentes subversivos que murieron luego de enfrentarse a las fuerzas de seguridad.

Según información proporcionada por testigos, los hechos ocurrieron en forma diferente, en circunstancias que Juan Antonio Díaz caminaba por calle Gabriel Palma y fue atacado a quemarropa por efectivos de la CNI.

Otros indican que José Murga se bajó de la liebre en San Alfonso con Tucapel, en dirección a su casa. Al cruzar la calle General Jarpa lo vieron detenerse ante sujetos de civil armados, levantando los brazos y siendo abatido por disparos.

Los informes de autopsia indican que Juan Antonio Díaz murió por una herida a bala pulmonar derecha que le provocó anemia aguda y José Daniel Murga a raíz del politraumatismo esquelético visceral por balas.

28 de abril 1986

Ana María Luisa Peñailillo Parra y Juan de Dios TAPIA DELGADO, mueren en Villa Alemana a causa de una explosión

3 de julio de 1986

Carlos Patricio DALL'ORZO BADILLA, dirigente del sindicato de artesanos de La Calera, fue detenido en junio de 1978 en su domicilio por agentes de la DINA, siendo golpeado por ellos. Luego fue procesado por infracción a la ley de seguridad del Estado, permaneciendo por un período de 7 meses detenido.

Con posterioridad a estos hechos comenzó con una enfermedad que le afectó los riñones, la que fue aumentando hasta convertirse en una fuerte insuficiencia renal, lo que lo obligó a pasar períodos hospitalizados y debiendo someterse a diálisis por tres veces a la semana.

El año 1986 fue nuevamente detenido, esta vez por personal de Investigaciones, acusado del incendio de unos microbuses. Nuevamente recibió malos tratos, lo que obligó, dada su delicada salud, a hospitalizarlo. Falleció tiempo después de recuperar la libertad sin cargos.

5 de septiembre de 1986

según antecedentes el día indicado un grupo de pobladores intentaron ingresar a una Panadería ubicada en la Villa Francia ante lo cual intervino personal de Carabineros, apoyado con un helicóptero. En forma no aclarada Miguel Angel LEAL DIAZ, de 18 años, cae herido de muerte.

8 de septiembre de 1986, un grupo de hombres con gorros pasamontañas rodean la casa de Felipe RIVERA GAJARDO, electricista, militante del PC, en Pudahuel, lo sacan y lo suben a un taxi que partió con rumbo desconocido. Cerca de las 04:00 horas, media docena de hombres fuertemente armados irrumpen en la casa de Gastón VIDAURRAZAGA MANRIQUEZ, profesor, militante del MIR, en San Bernardo los que se cruzan con Carabineros y lo sacan a empujones con destino desconocido.

A las 05:00 de la madrugada llegaron hasta el domicilio del periodista José Humberto CARRASCO TAPIA, periodista, dirigente gremial, militante del MIR, en el Barrio Bellavista tres civiles armados quienes se lo llevan a la fuerza.

Horas después fueron encontrados los cadáveres de los tres secuestrados, acribillados a balazos.

28 noviembre 1986

Mueren en un supuesto enfrentamiento con Carabineros en Padre Hurtado, Peñaflor, Stgo, José Modesto AMIGO LATORRE, Nacido el 25/01/52, 34 años, estudiante U de Chile, herida a bala en muslo, región pelviana y abdominal y Luis Alberto BARRA GARCÍA, nacido el 24/03/42, 44 años, médico cirujano

15 de enero 1987

Daniel FERREIRA-RAMOS SCALTRITTI 38 años, uruguayo, muerto por torturas a las 16:50 en la Posta 3, por traumatismo cráneo encefálico y contusiones múltiples torácico abdominales, según certificado de defunción.

Daniel Ferreira fue detenido el 15 de enero en la mañana por funcionarios de la Brigada Investigadora de Asaltos de Investigaciones, cuando intentaba huir después de haber participado en un asalto a una sucursal bancaria en el sector de la Estación central

En el procedimiento de detención recibió seis heridas de bala en ambas piernas, por lo que debió ser trasladado a la Posta 3, donde se determinó enviarlo al Instituto Traumatológico en una ambulancia. Los policias que se encontraban presentes manifestaron que ellos mismos harían el traslado. Sin embargo, los funcionarios no lo llevaron al centro asistencial, sino que lo mantuvieron al interior de un vehículo, sometiéndolo a interrogatorios y apremios físicos.

Horas después lo trasladaron nuevamente a la Posta 3, adonde llegó sin vida.

El protocolo de autopsia ratifica la causa de muerte señalada e indica que las lesiones recibidas son el resultado de la acción de terceros. Se consigna además, la existencia de seis heridas de bala en el cuerpo, que no fueron causantes de la muerte.


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