Indice Volumen I

Colombia Nunca Más


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La tragedia en un presente continuo

Cuarta Etapa - 1994-1998

Capitulo X

1. "Los Trabajadores del Oro sólo poseen su Miseria"

El Bajo Nordeste Antioqueño presenta una alarmante situación social, producto de la explotación indiscriminada, la concentración de la riqueza, la falta de empleo y la carencia de servicios públicos para la mayoría de sus habitantes. En la región el 45% de la población activa reside en zonas marginales (1) y se gana la vida a duras penas buscando oro en los desechos dejados por las compañías extranjeras; por ejemplo, para septiembre de 1995, en el municipio de Segovia el 30% de su población vivía en barrios de invasión tales como: José Antonio Galán, 20 de Julio, 7 de julio, Camacol, La Paz, 13 de Mayo, Santa Marta y el ídem, barrios que conforman un gran cordón de miseria. A consecuencia de esta situación se dispararon los casos de delincuencia común.

El 14 de diciembre de 1994 se constituyó la sociedad Oleoducto Central S.A -OCENSA por parte de la Empresa Colombiana de Petróleos ECOPETROL-, y de cinco filiales de diferentes multinacionales, destacándose la British Petroleum Company (2), con el fin de construir otro ducto, paralelo al anterior llamado Colombia, para transportar el crudo extraído en los pozos petroleros de Cusiana y Cupiagua, ubicados en el municipio de Tauramena en el departamento de Casanare, hasta el puerto de Coveñas en el departamento de Sucre. El nuevo oleoducto tendría una extensión de 699 kilómetros y atravesaría seis departamentos, cuarenta municipios y alrededor de 192 veredas. El 8 de diciembre de 1995 el presidente de la empresa OCENSA anunció el inicio de la construcción del Oleoducto Central. El Oleoducto atravesará siete municipios antioqueños: Puerto Nare, Puerto Berrío, Segovia, Remedios, Zaragoza, El Bagre y Caucasia, y espera el presidente de la empresa que entre el primer semestre de 1997 y el año 2000 se generen recursos por 97.000 millones de pesos por concepto de impuestos de transporte, que deberán ser entregados, de acuerdo a la reglamentación hecha de la ley 141, o "de Regalías", a las tesorerías municipales de manera trimestral. La inversión sería de 2000 millones de dólares (3). Este oleoducto se terminó de construir a mediados de 1998.

"Con la amarga experiencia de la construcción del primer oleoducto, las comunidades, a través de los alcaldes, expresaron oportunamente sus aspiraciones para la realización del segundo, a saber:

Protección de las aguas y acueductos municipales.

• Mejora en los servicios públicos de la zona.

• Programas de manejo permanente de las microcuencas.

• Medidas para la conservación de la red vial de ¡a zona.

• Planes de salud y saneamiento.

• Programas educativas para los niños y jóvenes.

• Minimizar la inmigración que siempre generan estos grandes proyectos con los problemas consiguientes de prostitución, desempleo, violencia, etc.

• Programas de prevención de desastres y educación para las comunidades a este respecto.

• Capacitación a las autoridades para el manejo de los recursos por regalías y para la aplicación a las prioridades de cada comunidad.

• Información a las comunidades sobre el monto y distribución de las regalías.

ABSOLUTAMENTE NADA DE ELLO SE CUMPLIO" (sic) (4)

En la ultima fase del Oleoducto Central, cuando pasa por los municipios de Segovia, Remedios y El Bagre, en 1997, fueron asesinadas aproximadamente 250 personas.

2. Lo Popular: Del Ímpetu a La Desolación

La luz pública empezó a conocer toda una gama de organizaciones sindicales, barriales, gremiales, comunales y campesinas, que comienzan a ser resistencia popular y protagonistas de su desarrollo social y comunitario. Pero poco a poco esas organizaciones fueron quedando bajo la óptica estatal del "enemigo interno". Una a una fueron sufriendo la estigmatización con todas sus consecuencias. Las luchas por su dignidad y sus derechos eran criminalizadas como actos atentatorios contra la seguridad del Estado y en consecuencia judicializados de la manera más aberrante, cuando no sometidos sus actores a al exterminio. (5)

No obstante los métodos y la estrategia utilizada por los organismos de seguridad del Estado en su empeño brutal de utilización de la fuerza en procura de recuperar municipios que relativamente estaban bajo el control de la insurgencia, los movimientos sociales resistían estoicamente los embates criminales de las fuerzas estatales y sus brazos paramilitares,

El terror generado por el Estado, con toda su maquinaria de muerte, es el método aplicado y que termina por dar resultados tanto política como militarmente en la consolidación del mismo. La estrategia a largo plazo fijada por el Estado y sus fuerzas represivas, aunado a la táctica de ir golpeando sistemática y sutilmente a los líderes de estas organizaciones y a la población en general con acciones encubiertas, atentados dinamiteros, simulacros de combate, tanto en las horas del día como en la noche, asesinatos selectivos, judicialización y criminalización del movimiento social; provocaron el desmoronamiento del ímpetu y la capacidad de aguante de las comunidades tanto urbanas como rurales.

Además de lo anterior, se debe anotar que la criminalización de los integrantes de organizaciones de oposición, o que ejercían una lucha de carácter reivindicativo, o de personas que residían en zonas de control o influencia de las organizaciones guerrilleras, ha sido una práctica permanente y sistemática durante este período en la región, dentro del propósito de judicializar la base social de la guerrilla para así generar un ambiente de temor en comunidades enteras.

Una situación ejemplificante de ello es la detención de más de 40 personas en los municipios de Segovia y Remedios, en el período comprendido entre el 18 de diciembre de 1994 y finales de enero de 1995, en donde, con fundamento en un informe de inteligencia y de un desertor de una organización guerrillera, se procedió, por parte de funcionarios de la Fiscalía General de la Nación, a ordenar una serie de detenciones y allanamientos en los municipios antes mencionados. Lo particularmente curioso de esta serie de detenciones fue cómo funcionarios judiciales dictaron órdenes de capturar a alias "el cojo", "el finado", "diablo rojo", etc. sin tener plenamente identificadas las personas. Adicionalmente, los mismos funcionarios judiciales ordenaron la práctica de allanamientos con carácter genérico, igualmente sin precisar el lugar.

En 1995 se realizó un paro cívico regional en demanda de servicios públicos, salud y vivienda. Y en especial contra EADE, liderado por lo que quedaba de la Junta Cívica, básicamente para abaratar los costos de la energía.

Los alcaldes electos, cuando no eran de los avalados por la fuerza pública y sus paramilitares, también fueron objeto de persecusión y de aniquilamiento.

Estos fueron los encargados de las administraciones municipales en este período:
PERIODO SEGOVIA REMEDIOS
1992-1994 Martín Alberto CuassiCifuentes, coalición liberal-conservador Carlos Enrique Rojo Uribe (6), coaliciónUP-Movimiento Cívico
1995-1997 Abelardo Herrera Echevery,Liberal Adolfo León Puerta Hernández, Liberal
1998-2000 Martín Alberto Cuassi Cifuentes (7) Liberal apoyado por un sector del conservatismo . Rodrigo Londoño Jiménez, Liberal

2.1. Lucha por los Derechos Humanos: terquedad contra el imperio de la muerte

En febrero de 1994, a pesar de la adversa situación, se realizó un encuentro de personeros de los municipios del Nordeste Antioqueño, en el cual se oficializó el Comité Regional de Derechos Humanos. En el municipio de Yolombó se erigió su Junta Directiva, siendo su presidente el Personero de Remedios, y el Vicepresidente Jesús Ramiro Zapata, coordinador del Comité de Segovia.

Pero este anhelo regional nacía inválido, ya que las administraciones municipales no contrajeron responsabilidades en lo referente al apoyo en recursos, pese a estar consagrado en los estatutos de su constitución. De antemano se destinaba al fracaso este proyecto social al ser contraria la voluntad política de algunos Consejos y administraciones de los municipios, ya que veían en estos comités una forma de control político de las comunidades, motivo por el cual no estaban dispuestos a apoyar a quienes les pidieran cuentas de su administración.

El Comité Regional sólo funcionó en momentos coyunturales. Los sueños de integración regional fueron truncándose por el exterminio sistemático a que fue sometido mediante el asesinato de varios de los integrantes de los comités locales de Zaragoza, El Bagre, Vegachí y Amalfi. Sin embargo, para junio de 1994 se realizó en el municipio de El Bagre el foro "POR VIDA, PAZY DIGNIDAD". Pese a contar con la presencia de algunas delegaciones de comités municipales, la presencia de las comunidades fue muy reducida, pues el hecho de llevarlo a cabo en un municipio donde era clara la presencia encubierta de paramilitares y la participación de militares en los crímenes selectivos que se venían cometiendo contra opositores políticos y líderes sociales, impedía a las comunidades tanto del municipio como de otros lugares llegar a un territorio de alto riesgo.

Durante 1994 el Comité de Derechos Humanos de Segovia hizo varias denuncias sobre la grave situación de derechos humanos en las que se incluían amenazas de muerte y señalamientos por parte de miembros de la Fuerza Pública acantonada en los municipios de j Segovia y Remedios. Ese mismo año, fueron amenazados todos los j integrantes del Comité de Derechos Humanos por parte de grupos paramilitares y a su vez fueron objeto de constantes hostigamientos I por parte de la fuerza pública en cabeza del Capitán Rodrigo Cañas, Forero. Esta situación llevó a que en 1995 varios integrantes del Comité tuvieran que salir de la región.

En 1995 se conmemoró el séptimo aniversario de la masacre del 11 de noviembre del 88, con una Peregrinación Nacional a Segovia, organizada pora Comité de Derechos Humanos, y que contó con la presencia de más de medio millar de personas de otras regiones que marcharon entre el corregimiento La Cruzada y la plaza principal de Segovia. Se realizó allí mismo el Foro Regional "Pazcón Verdad, Justicia y Reparación", con el objeto de reafirmar la memoria colectiva sobre la masacre, pero también de enfrentar la eventual ocurrencia de nuevos crímenes de lesa humanidad en toda la región. En esa ocasión se denunciaron de nuevo las amenazas de grupos paramilitares contra la población y los anuncios del Capitán Rodrigo Cañas, del Batallón Bombona, de perpetrar una nueva masacre en el municipio de Segovia.

En la investigación sobre la masacre del 22 de abril de 1996 en Segovia, fue importante y significativa la labor desarrollada por Jesús Ramiro Zapata, defensor de Derechos Humanos y uno de los pocos miembros del Comité que permaneció en la región. Esta situación incrementó el nivel de riesgo y persecución, pues después de ello sería objeto de una serie de señalamientos, hostigamientos y montajes por parte de la fuerza pública y de la Fiscalía Regional de Medellín y de Puerto Berrío.

En el primer semestre de 1997 fueron asesinadas cerca de doscientas cincuenta (250) personas en los municipios de Segovia y Remedios por parte de grupos paramilitares, entre ellas tres reconocidos defensores de Derechos Humanos:

Nazareno Rivera, Jaime Ortiz y Margarita Guzmán. En este contexto fueron amenazados de muerte todos los miembros de los Sindicatos de Trabajadores de los municipios de Segovia y Remedios y los integrantes de la Junta del sindicato de la empresa minera Frontino Gold Mines. Esta situación generó el desplazamiento de todos sus integrantes hacia la ciudad de Medellín para salvaguardar sus vidas.

El 2 agosto de este mismo año, se perpetró una masacre en el municipio de Remedios, en la cual fue asesinado el último defensor de derechos humanos de Remedios, Alberto Lopera, junto con 6 reconocidos líderes populares y los últimos militantes de la Unión Patriótica.

Durante 1998 las denuncias sobre violaciones a los derechos humanos fueron hechas por el único defensor de derechos humanos que quedaba en el Nordeste Antioqueño: Jesús Ramiro Zapata, quien había regresado a la región, haciendo uso de los ofrecimientos de protección y seguridad que le brindara el Estado colombiano. Sin embaro, Ramiro fue asesinado el 3 de mayo de 2000.

3. Zonas Especiales de Orden Público O 'Teatro de Operaciones'... Encubiertas'

Las compañías de Contraguerrilla "Palagua" y "Héroes de Tacines" tuvieron movilidad por los municipios de Yolombó, Amaifi, YaIÍ, Segovia y Remedios, entre 1992 y 1998. Su tarea era proteger el oleoducto. Durante ese mismo período hicieron presencia en el Bajo Nordeste varios grupos paramilitares, los que fueron cambiando de nombre según la conveniencia o la oportunidad; estos contaron con el apoyo, aquiescencia y participación de la fuerza pública.

De otro lado, la llegada al poder de Alvaro Uribe Vélez como Gobernador del departamento, incrementó la violencia y la comisión de crímenes de lesa humanidad en la región. Si la presencia paramilitar en el departamento de Antioquia estaba concentrada antes en tres municipios, luego de ¡mplementarse la "política de paz" del Gobernador Uribe Vélez los paramilitares se expandieron por 79 municipios del departamento, bajo la fachada de las Cooperativas de Vigilancia Rural llamadas "CONVIVIR" (8), en clara coordinación con los hermanos Castaño Gil, líderes nacionales del paramilitarismo. Todo esto hizo que el número de asesinatos en Antioquia se duplicara en sólo un año.

El 22 de abril de 1996 se presentó un hecho que sirvió de disculpa para la arremetida militar y paramilitar en el Nordeste. Ese día fueron asesinadas 15 personas, 2 desaparecidas y otras 15 heridas, por acción de grupos paramilitares, pero donde se evidenció la participación y responsabilidad de los militares del Batallón Bombona. Por este hecho fueron detenidos un civil de nombre Jhon Jairo Cogollo Luna, conductor al servicio de Ecopetrol y el Capitán del Ejército Rodrigo Canas Forero, quienes recibieron en el aeropuerto de Otú al comando que perpetró la masacre en los barrios El Tigrito y La Paz. |

Con la disculpa de "velar por los bienes y la honra' de los pobladores de la región, el Gobernador Alvaro Uribe Vélez expidió el decreto 2035 de mayo 10 de 1996 (9), amparándose en el Decreto Presidencial 0717 de abril 18 del mismo año, mediante el cual se declararon los municipios de Segovia y Remedios como ZONA ESPECIAL DE ORDEN PUBLICO (10), lo cual había sido una petición expresa del comandante de la XIV Brigada, Coronel Carlos Enrique Vargas Forero.

Llama la atención cómo a 4 días de la expedición de dicho decreto presidencial, se presentara una nueva masacre en Segovia y sea este hecho el argumento principal de sustentación para la declaración de estos dos municipios como Zona Especiale. Es irónico, por decir lo menos, que quienes hacen dicha solicitud son los mismos involucrados en las investigaciones que adelanta el mismo sistema, pero para el pueblo la participación de los militares en dicha masacre es algo claro y evidente.

Con la declaratoria de Zona Especial de Orden Público, el Ejército implementa una serie de medidas tendientes al control militar de la zona y al manejo del orden público, restringiendo el horario para la apertura de los establecimientos públicos, estableciendo retenes en todas las vías de ingreso a la zona, restringiendo la circulación de automotores, ejerciendo controles sobre la movilización de los habitantes y declarando el toque de queda. Estas medidas hacen que después de las 6 de la tarde todos los habitantes se tengan que resguardar en sus viviendas y en las calles sólo quedan los militares realizando un estricto control, entre otras más.

El 18 de mayo de 1996 la población denuncia la inmovilización que realizaron los militares por orden del jefe de la Zona Especial de Orden Público. Fueron inmovilizados 50 vehículos que cubrían las rutas de los recorridos veredales, incomunicando por completo a las veredas, impidiendo el transporte de la producción agrícola y atropellando el derecho al trabajo de los conductores de los vehículos que tienen como única fuente de sustento el transporte de pasajeros. A pesar de la insistencia de los conductores por que se les devolvieran sus vehículos y se les permitiera el libre derecho al trabajo, las autoridades castrenses se negaron a hacerlo. (11)

Además se iniciaron actividades tendientes a judicializar a los miembros del Comité de Derechos Humanos que habían participado activamente en la reconstrucción de los hechos del pasado 22 de abril. De esta forma el 26 de mayo de 1996 fueron introducidos elementos de guerra a las viviendas de Ramiro Zapata y de William García Cartagena, procediendo luego a realizar los respectivos allanamientos.

Las diversas organizaciones defensoras de derechos humanos atentas a la difícil situación padecida en esta conflictiva región, así como Amnistía Internacional, llamaron la atención sobre la creciente militarización que se venía dando en la zona, y que la declaratoria de Zona Especial de Orden Público, al otorgar mayores facultades al Ejército, podría permitir que los militares y sus brazos paramilitares cometieran mayores abusos. Los temores manifiestos de las ONGs. nacionales y de Amnistía Internacional se harían realidad.

El 15 de julio de ese mismo año hizo presencia en Segovia el grupo paramilitar denominado Muerte a Colaboradores de la Guerrilla -MACOGUE- por medio de graffittis en los cuales anunciaba el aniquilamiento de los grupos subversivos y sus colaboradores en el municipio. Estos graffittis fueron pintados en las principales calles de la localidad, como la calle Real, La Reina, Bolívar, La Banca y en el parque principal.

En el mes de Agosto de ese mismo año se produjeron atentados dinamiteros contra algunas viviendas de presuntos colaboradores de la insurgencia en los barrios Santander, Colón, Borbollón y 20 de Julio del municipio de Segovia y en el barrio 7 de Agosto de Remedios; previo a los atentados, el Ejército había hecho presencia en dichos barrios.

Durante los primeros 8 meses de 1997, el grupo paramilitar acantonado en los barrios la Paz y Tigrito, asesinaron a más de un centenar de personas, actuando bajo el nombre de MACOGUE y LOS BORRADORES. Asesinaron a obreros, mineros, funcionarios de la Alcaldía municipal, guardaespaldas, agentes de tránsito, conductores, estudiantes, amas de casa, exalcaldes y a los integrantes del Comité de DD.HH.

De 1996 a 1997 los comandantes de la base militar del Batallón Bombona y del Batallón Héroes deTacines fueron el Teniente Coronel Pedro Antonio Villamizar Capacho y el Mayor Miguel Ángel Garzón Tinjacá, respectivamente.

En el transcurso de estos meses, los paramilitares recorrían las calles del pueblo seleccionando a sus víctimas bajo la mirada complaciente del Ejército y de la Policía, que cuando los encontraban, mostraban total indiferencia. Los victimarios usaban prendas militares y portaban fusiles AK-47, changones y armas cortas. Los nombres de los paramilitares que se lograron identificar son: Los hermanos Rafael y Gilberto Giraldo; Mildrey; Senaida; Tatiana Orrego; "El Negro Moya"; Adrián; Nelson y su hermano Dairo Guevara; "La Zarca"; "La Pelo de Oro", los primos Dorian Arroyavey Luis Alberto Alvarez Molina, este último conocido como alias "El Burro"' (12); Juan Vargas, ex-agente de la Policía; Rafael Echeverría, ex-guerrillero de las FARC; "El Indio"; y un conductor de taxi conocido con el alias de "Jorge". Estas personas fueron conocidas ampliamente por las comunidades del Nordeste Antioqueño.

En el mes de agosto llegó al Batallón Héroes de Tacines el Mayor Rubén Darío Hernández al mando de nuevas tropas, y supuestamente captura a varios miembros de éste grupo paramilitar. Se afirma que dichas "capturas" fueron un montaje publicitario para acallar muchas denuncias nacionales e internacionales, ya que las comunidades lo registraron y "las chicas de acero" lo confirmaron, que los delincuentes "capturados" estaban muy pronto nuevamente en las calles de Segovia, y algunos de ellos como Dairo Guevara, Mildrey, y Tatiana Orrego fueron trasladados del Batallón Héroes de Tacines al Batallón Bombona. El mayor Hernández logró ganar cierta simpatía en la población y asentó en los barrios bases militares, al poco tiempo en estos barrios se presentaron mujeres embarazadas por los militares.

De otro lado se logró establecer que las patrullas Cafir-5 y Cafir-6, del Batallón Héroes de Tacines, eran las responsables de realizar acciones encubiertas, haciéndose pasar como paramilitares, y eran los popularmente conocidos como los "Gorra Negra".

Durante el año 1998 se presentaron numerosas amenazas a la población por parte de los grupos paramilitares en apoyo con la fuerza pública acantonada en los municipios de Segovia y Remedios. Se instalaron bases paramilitares en los barrios subnormales, luego de la salida del Ejército. Los militares iniciaron, entonces, una serie de acciones cívico militares con la población, en las que se incluyó el programa de organización de las "Chicas de acero", la ¡mplementactón del programa radial "El parche del soldado", y la utilización de menores de edad para que hicieran labores de inteligencia sobre la guerrilla. En ese mismo año 98, el accionar de los grupos paramilitares se extendió a los demás municipios del Nordeste: se perpetraron masacres en Remedios, Yolombó, Amaifi, San Roque y Vegachí.

4. La Perpetración de Crímenes de Lesa Humanidad

El 4 de enero de 1994 miembros de la base militar del Batallón Bombona raptaron a Marisela Cárdenas Bustamante, de 13 años. No se supo más de ella hasta cuando la XIV Brigada reconoció que la menor había sido trasladada por sus miembros a Puerto Berrío y posteriormente entregada al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBFde dicha localidad. La niña fue violada y presentada por los militares como una "guerrillera que se había entregado al Batallón Bombona debido al maltrato que le daba el Frente María Cano del ELN', versión que fue difundida por varios medios de comunicación el 14 y el 19 de enero, y que a su vez fue desmentida, tanto por sus vecinos, compañeros de estudio y educadores en Remedios, como por sus propios padres Alfonso de Jesús y Rubiela. La Procuraduría Provincial indagó sobre su presencia y el ICBF reconoció tenerla, pero no la dejaron ver. Igual suerte corrieron sus padres, quienes se trasladaron a Puerto Berrío. Por estos hechos se realizó un paro de 48 horas en Remedios, como mecanismo de exigencia al Estado y para aclarar la versión de los militares difundida en los medios.

El día 20 de abril de 1994, en el barrio Jorge Eliecer Gaitán, del municipio de Segovia, fue asesinado de tres disparos, en presencia de su esposa y sus dos niños, Hipólito Alvarez Sierra, al finalizar un partido de fútbol. Sobre él se había precluído una investigación, luego de haber estado detenido preventivamente durante 2 años en la cárcel de Puerto Berrío, bajo el delito de "rebelión". Hipólito, desde su regreso a este municipio fue hostigado continuamente por miembros del Ejército, quienes lo capturaron de nuevo, recobrando su libelad tras interponer un Habeas Corpus, el 17 de febrero.

El 2 de mayo de 1994, en el municipio de Segovia fue asesinado por el grupo paramilitar 'Fuerza del Pueblo en Acción', Andrés Posada García, quien se desempeñaba como obrero de la mina El Silencio y dirigente sindical de la empresa Frontino Gold Mines. De dicho grupo paramilitar hacen parte el agente de policía Juan Vargas y Luis Alberto Arroyave alias «El Burro». En protesta por el crimen del líder sindical, los obreros de la Frontino Gold Mines decretaron un cese de actividades. Las acciones judiciales no han superado la etapa "preliminar" (siempre antesala del "archivo"), según la Fiscalía Regional de Medellín.

El hecho se presentó hacia las 8 de la noche, cuando Andrés regresaba a su vivienda ese lunes, luego de sus labores diarias. A unos 300 o 400 metros de la base militar, en un sitio oscuro, fue interceptado por varios hombres armados; luego de una discusión con estos, lo obligaron a tenderse en el suelo y procedieron a dispararle en repetidas ocasiones. El día anterior, durante la celebración del Día del Trabajador, Andrés había liderado gran parte de la marcha en el municipio, él "...estuvo delante de la marcha con la bandera del sindicato y llevaba megáfono".

Veinte días después serían asesinados por dos encapuchados Carlos Mario Valencia Molina, minero afiliado a la Asociación Mutuaria «Cogote» y Un Hombre Sin Identificar que se desempeñaba como lustrabotas. Uno de los asesinos fue reconocido como Mauricio Gómez, alias "Brillantina", ex-miliciano del ELN y quien trabajaba para el Ejército y la Policía. Carlos Mario se encontraba en la calle La Reina cuando recibió varios disparos. Momentos antes los victimarios habían asesinado al lustrabotas en la zona de tolerencia. Las dos víctimas eran amigos entre sí.

En el pasado, el 20 de abril de 1991, en este municipio, Carlos Mario había sido herido por el policía Soraca Roa quien le disparó y luego obstaculizó su traslado al hospital, dejándolo casi morir.

El 13 de julio de 1994, los mineros Sodelio Herrera Cortes, Jhon Jairo Marín, Luis Felipe Espinosa Rúa, Giovanny Alexander Patino y el otro conocido como "Guelengue", fueron maltratados, golpeados y robados por tropas del Ejército en el municipio de Segovia. Los mineros iban hacia una mina abandonada ubicada en el sitio El Manzanillo, cuando fueron retenidos por tropas del Ejército, siendo las 7 de la noche: los hicieron tender en el suelo, les dieron patadas, los insultaron y los amenazaron de muerte acusándolos de ser guerrilleros; el sargento ".„ nos encendió a patadas y nos gritaba guerrilleros que no estábamos buenos sino para fusilarnos a todos.. ," (13). Luego procedieron a quitarles el dinero, las herramientas y la comida que llevaban, finalmente les ordenaron marcharse mientras les disparaban; algunos resultaron heridos.

El 12 de octubre de 1994 fue torturado y asesinado por el Teniente de la Policía Juan Carlos Meneses Quintero y varios agentes de la misma institución, dentro de los que se encontraba Juan Vargas, el militante del Ejército de Liberación Nacional -ELN-, Ángel Leónidas Gaviria conocido como «comequeso». Los asesinos se movilizaban en un vehículo adscrito a la Alcaldía Municipal de Segovia. El Teniente Nelson Espinosa Cárdenas era el comandante de la estación de Policía de este municipio.

Ángel Leónidas se encontraba departiendo en los billares El Siete, ubicado en el casco urbano de este municipio; allí fue detectado por dichos miembros de la Policía. Una vez la víctima se percató de la presencia de los uniformados se lanzó por una ventana hacia un solar contiguo a los billares, donde fue aprehendido por aquellos, y mantenido bajo control, fue fuertemente golpearlo y asesinado de un disparo a quemarropa. El proceso judicial que se abrió por este hecho fue trasladado de una dependencia a otra, para finalmente quedar en la más absoluta impunidad. (14)

El 11 de enero de 1995, a las 11 de la mañana llegó una patrulla militar a la vereda La Po, de Remedios, "...venía subiendo de Puerto López hacia Las Guaguas; y entraron a territorios indígenas a las 11 de la mañana y cogieron a un compañero indígena Alfonso Sucre, lo amarraron y lo colgaron; le decían que él tenía qué saber dónde estaba la guerrilla, que les dijera dónde estaba, y si no le iban a dar unos tiros. Luego cogieron a un niño de él de 12 años, lo vendaron y lo amenzaron con el fusil, lo atrepellaban; a una niña de 14 años también lo cogieron y la querían violar; le rasgaron el vestidito que tenía la niña y le dijeron al papá: 'si usted no nos dice la verdad, que dónde está la guerrilla, lo vamos a matar'; lo vendaron y lo llevaron a la orilla de una quebrada. Después de eso él no decía nada; que él no sabía de la guerrilla, que él no sabía de nadie, que él solamente estaba en su parcela; entonces dijo que iba a denunciar esto al cabildo indígena para que el cabildo denuncie la tortura de ustedes con las comunidades indígenas. Entonces uno de los militares les dijo 'lárguenlos'; y los largaron y luego se fueron ellos. Cuando unos campesinos que estaban aserrando con motosierra también los cogieron a los campesinos allá, los amarraron, a este señor que llama Darío Laverde, y los trabajadores también. Luego los amarraron, sacaron gasolina de la motos/erra y regaron por todos lados y le metieron candela a eso; y la suerte que la candela no llegó a donde estaban ellos amarrados, sino que la llamarada se ardía por los lados y luego los largaron también y los amenazaron; los largaron también a ellos después". (15) Los indígenas denunciaron el hecho en la Defensoría del Pueblo.

El 2 de marzo de 1995, en el municipio de Segovia, los hermanos William Adolfo y Ricardo Adolfo Marín Velasquez, este último guerrillero de la UC-ELN, conocido como «Ricardito», fueron asesinados por militares del Batallón de Infantería N°. 39 Bombona, al mando del Capitán Rodrigo Cañas Forero, quien ordenó y participó del operativo, y una patrulla compuesta por el capitán Carlos Arturo Vargas Vargas; Sargento Viceprimero Julio Ignacio Cruz Torres; los sargento segundos Edilfer Maceta Tapiero yWiIson Ducuara Torres y los soldados voluntarios Albeiro Vargas Domínguez, Yebrail Osorio Jiménez, Carlos Arturo García Jurado y Arnold Palacios Palacios, que realizaron un operativo en los barrios Bataclán, Colón, Buenos Aires y Los Patios, después de que presuntos guerrilleros de los frentes María Cano y Compañía Cimarrones de la UC-ELN interceptaron un vehículo tipo camioneta de la empresa Frontino Gold Mines y se apoderaron del cargamento de dinamita que ésta transportaba.

Este hecho fue cometido hacia las 7 a.m. en la vía a la mina Providencia y posteriormente quienes se apoderaron del vehículo pasaron por los mencionados barrios y se llevaron la dinamita con rumbo desconocido. La camioneta fue posteriormente encontrada en la vereda Cañaveral.

Hacia las 8 de la mañana los militares comenzaron un operativo, el cual se realizó de manera descoordinada, pues «los soldados que estaban en las calles de los barrios y solares de las casas disparaban indiscriminadamente para el Alto de Los Patios donde se encontraban otros efectivos militares, la confusión fue de tal magnitud que el enfrentamiento se hizo entre los militares mismos, disparándose desde tiros hasta granadas de fusil, luego lo presentaron como enfrentamiento con la insurgencia, en el que habrían muerto dos presuntos guerrilleros, y resultado heridos tres civiles; además habrían sido retenidos ocho presuntos guerrilleros».

En realidad, según denuncia de la Defensoría del Pueblo y de entidades no gubernamentales de Derechos Humanos, «todo fue montado de manera ficticia por el Ejército»; Ricardo Marín «fue asesinado a quemarropa cerca a un palo de limón en el barrio Los Patios», después «de ser desarmado, detenido y colocado en condiciones fuera de combate», cuando trataba de activar una mina. Trató de esconderse en una vivienda de donde fue sacado a la fuerza y a patadas, y llevado a la parte superior de un barranco cogido del cabello. Allí le dispararon y el cuerpo lo llevaron en una vehículo tipo camioneta de marca Toyota.

William Adolfo era un poblador que murió en el hospital municipal en horas de la tarde, como consecuencia de las heridas causadas por una granada de fusil que hizo blanco sobre el techo de su vivienda, ubicada en el barrio Bataclán, en momentos en que realizaba actividades de aseo personal. Su esposa resultó herida con esquirlas de la granada, que «fue disparada por miembros del Ejército Nacional». De otra parte, la versión de los militares indicaba que al explotar una mina en el Alto Los Patios, resultaron heridos tres menores de edad de 4, 6 y 11 años. En realidad, los niños recibieron impactos de bala disparados por los militares contra una vivienda ubicada a un kilómetro de donde el Ejército afirmó que explotó la mina, Sin embargo, según los pobladores, expertos del Batallón Bombona desactivaron 14 minas tipo 'sombrero chino', y ninguna explotó.

Así mismo, "profesores y alumnos de la Escuela Urbana Integral, localizada en el Alto Los Patios y en la cual se encontraban alrededor de setenta niños, aseguran que el Ejército disparó repetidamente contra el establecimiento y que los niños tuvieron que tirarse al suelo para proteger sus vidas»; allí fueron heridas «una pequeña estudiante y una de las docentes". Después varios soldados entraron a los salones recogiendo vainillas de los proyectiles mientras manifestaban que "esta no es la munición que nosotros utilizamos". Finalmente, los ocho detenidos, acusados de pertenecer a la guerrilla, eran en realidad trabajadores de «un establecimiento para el procesamiento de la mina de oro» llamado Las Vegas, ubicado en la entrada del barrio Alto de los Patios; por esta razón la Defensoría del Pueblo les nombró defensores de oficio. La actuación de la justicia estuvo determinada por la jurisdicción Penal Militar, ya que ésta sepultó el hecho en la ignominia de la impunidad al ni siquiera abrir investigación. (16)

El 19 de marzo de 1995, en el municipio de Segovia, en la charcutería La Pelusa, fue asesinado por desconocidos el concejal por el Partido Liberal Fernando Antonio Quintero Alvarez, de 33 años. Los victimarios le propinaron tres disparos.

La víctima fue presidente de la Asociación de Mineros del Nordeste y dirigía el directorio liberal municipal; había hecho parte de las Juntas Cívicas y propugnaba por la salida del comando de Policía de la Casa del Campesino.

Al presentarse el hecho en el establecimiento público propiedad de su familia, resultó herido su papá. Habitantes y autoridades de Segovia denunciaron que el hecho fue cometido a «escasos metros del Comando de la Policía», y agregan que sienten temor ante el recrudecimiento de la violencia y los continuos rumores de una nueva masacre como la ocurrida el 11 de noviembre de 1988, fecha en la que fueron asesinados 43 pobladores. La acción de la justicia fue suspendida dos años después. (17)

El 15 de septiembre de 1995 fue detenido, torturado y asesinado por tropas del Batallón Contraguerrilla Palagua, al mando del Capitán Jarol Simons Jiménez, el dirigente comunitario Julio Jaime Fajardo Mora. Siendo las 9 de la mañana fue detenido Jaime en el caserío Puna del municipio de Remedios, en un sitio cercano a donde el día anterior se había presentado un ataque guerrillero contra un grupo de ese destacamento militar. Aproximadamente a las 4 de la tarde los mismos militares que habían efectuado la detención del dirigente, bajaron trayendo consigo un caballo cargado con un cadáver que se encontraba cubierto.

Personas de la comunidad preguntaron a los soldados sobre la identidad del muerto, a lo cual contestaron que se trataba de un miembro del Ejército muerto momentos antes, y que venían a esperar un helicóptero para trasladarlo. En un momento determinado la tropa empezó a vestir de prendas militares el cadáver y en vista de que el supuesto helicóptero no llegaba, se dispusieron a llevarlo hasta el río Cuna, para arrojarlo allí. En medio de esta situación un poblador destapó el cuerpo, dándose cuenta que se trataba de Jaime Fajardo. Hubo rechazo unánime de la comunidad que valoraba las actividades comunitarias del líder. Posteriormente fue presentado por los militares como "un campesino que murió de tres disparos durante un enfrentamiento con la guerrilla".

Los mineros Marco Albeiro Valencia Duque, José Eusebio Pulgarin Mesa y Luz Aide Beltran Mejia de 16 años de edad, fueron detenidos y torturados en el comando policial, por unidades policiales al mando del Subteniente Jhon Jairo Amaya Florez y miembros del Ejército, después de ser detenidos en un establecimiento público, junto con otros dos mineros -liberados el día siguiente-. El hecho se presentó el 21 de septiembre de 1995 en el municipio de Remedios. La detención se produjo después de "ser señalados por unas mujeres con las que habían estado tomando anteriormente. Les pidieron identificarse y con las manos en la cabeza los llevaron al Comando de Policía".

A Valencia Duque "lo hicieron desnudar, lo golpearon... le introdujeron una granada en la boca y le apuntaron con un fusil en la cabeza. Lo pusieron frente a una grabadora y torturaron al otro compañero delante de él. El Policía que lo estaba cuidando le retó a un pulso, el cual perdió, entonces ofendido dijo que le pusieran una bolsa en la cabeza y lo metieron en el inodoro. Un policía le dijo al capitán que no matara al muchacho, que no llevaba armas m tenía pruebas; el capitán le contestó que no se metiera". "Le preguntaron que si él era Boris (comandante guerrillero) y bajo presión contestó que sí. Después le acusaron de haber matado un policía y de haber colocado una bomba cerca del comando, mientras le apuntaban con una pistola. Tuvo que firmar una hoja manifestándose conforme con el trato recibido".

Un teniente le dijo que trasladarían a las siete personas que le torturaron, antes de que pudiera reconocerlos. Además de lo anterior, Valencia fue obligado a acusar de ser guerrillera a una muchacha menor de edad de Remedios, quien a su vez, fue obligada a decir lo mismo de él. El 17 de septiembre a las 5:30 de la tarde, Valencia fue trasladado al comando policial de Segovia y el día 23 su casa fue rodeada por miembros del Ejército.

Ese mismo día, 21 de septiembre de 1995, en Remedios, el empleado de una cantina, Geovani Cárdenas, fue detenido y torturado por dos policías, quienes lo llevaron al Comando de Policía donde lo amenazaron apuntándole con un fusil en la cabeza y accionando el gatillo, sin que el arma llevara balas. Lo mantuvieron en el Comando durante 30 minutos. Desde finales de agosto lo habían venido hostigando, pues lo confunden con otro joven -quien es supuesto informante de la guerrillaque tiene el mismo nombre. Durante ese tiempo ha sido detenido y requisado en diez

ocasiones, en una de ellas, el 12 de septiembre, fue detenido por varios policías al mando del Subteniente Jhon Jairo Amaya Florez quien le manifestó "usted es el famoso enano", y lo obligó a andar la zona urbana del municipio mientras le preguntaba por varios ciudadanos. También lo acusan de ser el autor de un tiroteo ocurrido el 28 de septiembre en la noche, y afirman que una cicatriz producida por la picadura de un insecto, es consecuencia de una herida de bala.

El día 8 de octubre de 1995, en el municipio de Remedios, aproximadamente a las 11:45 de la noche, el comandante de la Policía, Subteniente Jhon Jairo Amaya Florez, practicó un allanamiento ilegal deteniendo en el operativo a Jhon Jairo Tejada Sepulveda y a Edwin Fernando Muñoz, ambos de 15 años de edad, Jhony Antonio Pérez Jiménez, Eulises Rendon Vergara y Geovanny Cárdenas Vidales, los cuales fueron golpeados, bañados por la fuerza y amenazados con armas.

El 31 de octubre de 1995, en el municipio de Segovia, el ex-concejal de filiación conservadora y líder comunitario, Julio León Rodríguez Benjumea, fue asesinado por miembros del Batallón Contraguerrilla Tacines, del Ejército. El hecho se presentó en el corregimiento Fraguas (Machuca) a las 12 de la noche. Había sido sacado por la fuerza de su vivienda y señalado como "auxiliador de la guerrilla". Las autoridades del municipio rechazaron el hecho y denunciaron que ya son tres los concejales asesinados. La acción judicial fue suspendida en 1997. (18)

El 10 de diciembre de 1995, en el municipio de Segovia, fueron asesinados por militares del Batallón Bombona, Hernando Guardia, quien se desempeñaba como celador de la empresa Frontino Gold Mines, y Una Niña Sin Identificar de 14 años de edad. Los militares tenían montado un retén en las afueras de la población. Las víctimas se movilizaban en una motocicleta, conducida por Guardia, y según la versión militar, «no atendió la voz depare» y «un centinela, para evitarla fuga, hizo tres disparos de advertencia, que el ciudadano no atendió. Luego el soldado disparó para tratar de inmovilizar el pequeño vehículo, pero la bala impactó en la parrillera y el conductor, quienes murieron cuando recibían atención médica». Testigos afirmaron que sólo se escucharon tres disparos seguidos.

El 22 de marzo de 1996, en el municipio de Segovia, los mineros Diego León Yarce de 26 años, Martha Velez de 24 años y Sushey Montoya de 20 años, fueron asesinados por tropas del Batallón Bombona y reportados el 29 del mismo mes como "guerrilleros dados de baja en combate" en el sitio Cagui, ubicado en la vereda Cuturú Medio. Las víctimas trabajaban la minería de forma independiente. Se encontraban durmiendo en el rancho junto a la mina de veta donde trabajaban, a las 6 de la mañana cuando llegaron los militares. Lo único que tenían eran sus herramientas de labor. Sus familiares aseguran que los militares los asesinaron mientras dormían.

Los cadáveres presentaban orificios a la altura del cráneo y se apreciaban tatuajes de pólvora en sus cuerpos. Personas que pudieron visitar el lugar afirmaron que había perforaciones de arma de fuego en el colchón y mucha sangre en el lugar donde descansaban las tres personas.

El 22 de abril de 1996, en el municipio de Segovia, 17 Pobladores fueron víctimas de un grupo de hombres armados con fusiles y granadas, entre los que se pudo identificar a: Rodrigo de Jesús Salazar Alvarez alias "Rellena" (informante de la IV Brigada), Alberto Alvarez Molina alias "El Burro" y Arturo Zapata Gallego alias "Toto", quienes contaron con la complicidad del comandante encargado de la base militar del Batallón Bombona en Segovia, el Capitán Rodrigo Cañas Forero. Los victimarios se transportaban en dos vehículos tipo campero de blanco, de marcas Nissany Toyota, que hacia las 7:45 de la noche, incursionaron en el casco urbano de la población, y se dirigieron a varios establecimientos públicos de los barrios La Paz, José Antonio Galán (conocido como "El Tigrito") y Borbollón; allí obligaron a quienes se encontraban en dichos sitios a tenderse en el piso boca abajo y procedieron a disparar contra ellos, dejando como resultado 15 personas asesinadas, 2 desaparecidas y más de 16 heridas,

Posteriormente, se pudo establecer que los victimarios habían llegado alas 2:28 minutos de la tarde de ese mismo día al aeropuerto de Otú (corregimiento de Remedios), donde no fueron registrados en los libros como comúnmente se hace, en un vuelo comercial de la aerolínea Aces, procedente de la ciudad de Medellín. Allí fueron recogidos por el comandante encargado del Batallón Bombona, Capitán Rodrigo Cañas Forero, quien los trasladó en un vehículo tipo camión, marca Ford 350, de color gris, conducido por Jhon Jairo Luna, perteneciente a la empresa ECOPETROL, el cual se encontraba de manera permanente al servicio de la base militar de este municipio. Habitualmente dicho vehículo es utilizado sin carpas, pero para el día de la masacre todo el día permaneció carpado.

Estos sujetos en horas de la tarde estuvieron en permanente contacto con oficiales de la fuerza pública, y en horas de la noche salieron de allí a cometer la masacre. Inicialmente se transportaron en un vehículo tipo campero que abordaron en el despachadero de dicho servicio público, ubicado en el corregimiento de La Cruzada, a donde llegaron dos individuos y contrataron un viaje para el municipio de Segovia, siendo aproximadamente las siete de la noche. En el camino, más concretamente en cercanías al Estadero La Arboleda (sitio ubicado a la entrada de las oficinas de la empresa Frontino Gold Mines y a ochenta metros de la Base Militar de Segovia), se subieron otros seis de los integrantes del grupo. Quienes iban en el interior indicaron al conductor el rumbo que debía tomar, señalando como destino el barrio de invasión La Paz. En el camino el vehículo se atascó en una cuneta (encúnete) impidiendo que se continuara el viaje. Frente a esta situación los ocupantes se bajaron y se llevaron con ellos al conductor Carlos Montoya para dirigirse al parque principal de Segovia donde consiguieron otro vehículo con el que continuaron la ruta del crimen.

En el curso de esta acción criminal, en el poblado se suspendió el fluido de energía, por lo que la localidad quedó a oscuras. Los hombres se presentaron en los billares Flay del barrio La Paz donde obligaron a los allí presentes a tenderse en el suelo para disparar en forma indiscriminada, ocasionando la muerte a nueve personas. Mientras esto ocurría, las hondas sonoras de las ráfagas de fuego se escucharon en el parque principal donde se encuentra acantonado el Comando de la Policía, además desde el sitio algunas personas se desplazaron hasta el comando de Policía para dar aviso de los hechos, y también avisaron al Personero municipal y a un defensor de derechos humanos, que retransmitieron el aviso a las autoridades policiales y militares.

Luego de que los sicarios salieron del barrio La Paz, recorrieron nuevamente el pueblo para trasladarse a los barrios El Tigrito y Borbollón, donde llegaron a los billares El Paraíso y arremetieron contra los allí presentes ocasionándole la muerte a cinco personas. Los testigos de los hechos identificaron entre los autores del crimen a Rigoberto o Rodrigo Salazar Salazar alias "Rellena", quien desde tiempo atrás se encontraba sirviendo de informante de la IV Brigada del Ejército, y a Arturo Zapata Gallego alias "Toto".

Los autores del crimen salieron con rumbo al municipio de Puerto Berrío, pasando por el frente de la Base Militar donde permanece acantonado el Batallón Bombona de la XIV Brigada del Ejército, así como por otra base ubicada en el sector de la Trampa y por el casco urbano del municipio de Remedios, a donde ese mismo día había llegado personal adicional del grupo Jungla de la Policía, quienes tenían instalado un retén en la vía que de Segovia conduce a Remedios. Es de anotar que entre los municipios de Segovia y Remedios se encuentran instaladas cuatro bases militares y dos puestos de Policía, en un trayecto de 15 kilómetros.

Siendo aproximadamente las 9:30 de la noche, los autores del crimen abastecieron de combustible el vehículo en el que se movilizaban para la huida, en la estación de gasolina Amaru, ubicada en el municipio de Remedios, distante pocos metros del lugar donde la Policía se encontraba haciendo el retén y requisando los vehículos que por allí transitaban, sin que los hubieran perseguido y retenido. En la huida los sicarios atravesaron el casco urbano del municipio de Remedios, donde se encontraban también otros agentes de la Policía.

A escasos 20 minutos después de haber pasado el carro con los sicarios, extrañamente se fue también el fluido eléctrico en la localidad por espacio de 5 a 10 minutos. Cuando retornó la luz, los policías del grupo Jungla y los miembros del Ejército empezaron a ultrajar a los habitantes y a gritarles a las personas del pueblo que eran guerrilleros y colaboradores de las milicias.

Más adelante, en el sitio María Alegría, del corregimiento de La Cruzada, fue degollado Carlos Montoya, el conductor del primer vehículo utilizado por los autores de la masacre. Elkin Sergio Zapata Uribe, conductor del segundo vehículo escogido por estos para la realización del crimen, y su ayudante el menor Yasir William Silva, se encuentran desaparecidos. El vehículo en que se movilizaban apareció ocho días después incinerado en el municipio de Puerto Araujo, Santander, y en su interior fueron halladas cuatro vainillas calibre 38.

Las fuentes indican que la masacre estaba anunciada porque "El día 17 de abril de 1996, siendo aproximadamente las 8 de la noche, se efectuaron, por parte de miembros del Ejército y de la Policía, disparos en e\ parque principal... amedrentando a la población mediante la simulación de un enfrentamiento, quedando las calles... en una soledad temerosa. Momentos después el comandante de la Policía del municipio se dirigió a dos establecimientos educativos y... manifestó a los estudiantes que debían abandonar los planteles y dirigirse a sus casas en razón de que minutos antes habían recibido una llamada telefónica en la que se anunciaba un ataque. En horas de la madrugada del 18 de abril se distribuyó por debajo de las viviendas y establecimientos comerciales un panfleto firmado por un grupo que se autodenomina «Dignidad por Antioquia», en el que se amenaza a los pobladores, comerciantes y transportadores de ser asesinados en caso de atender la convocatoria de paro hecho poi las organizaciones insurgentes para los días 18 y 19 de abril de 1996'. Sin embargo, "en la edición del diario El Colombiano del día 20 de abril de 1996 se publicó un comunicado de la Unión Camilista Ejército de Liberación Nacional -UC-ELN-, por medio del cual se desmentía la convocatoria al paro, anunciado por el Gobernador de Antioquia, Alvaro Uribe Vélez, señalándose a su vez que con ello lo que buscaba era justificar la adopción de medidas represivas". Agrega la fuente que el día de la masacre llegó un pelotón de policías, más o menos 25 hombres al municipio de Remedios.

También se tuvo conocimiento de que en el autobús que sale de Medellín a las 11:00 p.m., viajó un grupo de civiles que se quedó en la Base Militar de Otú. Sobre la aparente falta de respuesta del Ejército, a pesar de la cercanía de la base militar de Segovia con el lugar de la masacre, el secretario de Gobierno departamental de Antioquia, Pedro Juan Moreno, expresó que, "el Ejército tuvo conocimiento de ella (la masacre) pero, infortunadamente se presentó el problema de las minas, que es una cuestión que se estaba investigando. Por medidas de precaución y conscientes de lo que ha pasado con los destacamentos que se movilizan, el Ejército tuvo que elaborar un plan de emergencia para entrar en el caso urbano". "Eso demoró un poco la presencia de la tropa en el centro del poblador, pero de todas maneras el Ejército estuvo en el lugar de los sucesos. Esos (las masacres) son unos hechos relámpagos que se salen muchas veces del control de las autoridades". Dicho hecho sirvió de excusa para la cómplice inoperancia.

En efecto, el mismo día, en horas de la tarde, militares del Batallón Bombona detuvieron en la vereda Campo Alegre a 8 personas, sindicándolas de haber colocado minas y de estar cuidándolas, a quienes presentaron como integrantes de las Milicias Populares de la UC-ELN. En realidad son "mineros y agricultores del municipio" y "en el momento de su detención se encontraban laborando en estas actividades". Las personas retenidas, acusadas por los uniformados de pertenecer a una organización guerrillera, fueron dejadas en libertad por un Juez de la localidad que les concedió el Habeas Corpus, al reconocer que se trató de una privación injusta y arbitraria de la libertad. Los pobladores de los barrios donde se llevó a cabo la masacre en su mayoría son campesinos desplazados del campo al ser acusados por el Ejército de ser colaboradores de la guerrilla, y obligados a llegar a vivir en los crecientes barrios de invasión.

La población de Segovia había sido objeto de amenazas en septiembre de 1995, cuando mediante llamadas telefónicas al sacerdote Jorge Mira y al hospital de esa localidad, se les anunciaba que prepararan 200 bóvedas y dejaran camas disponibles en el hospital para atender heridos. También se habían proferido amenazas a la población por parte de miembros del Ejército adscritos al Batallón Bombona, al mando del capitán Rodrigo Cañas Forero, en las veredas Cañaveral y El Río, en agosto de 1995, al manifestarles que: "pronto vamos a masacrar a este pueblo guerrillero".

Los nombres de las víctimas son los siguientes:

• Wilson Alexander Loaiza Moncada, 18 años, estudiante de IDEM de Segovia, asesinado
• Octavio de Jesús Castillo García, 14 años, minero, asesinado
• Carlos Arturo Zapata Escudero, 55 años, minero, asesinado
• Nicolás Alberto Alvarez, 28 años, minero, asesinado
• Carlos Arturo Montoya Restrepo, conductor, minero, asesinado
• Cesar Darío Valle Londono, minero, asesinado
• Fabio Alonso Loaiza Moncada, 13 años, estudiante del IDEM de Segovia; hermano de Wilson Alexander, asesinado
• Omar Alberto Londono, estudiante y minero, asesinado
• Rodolfo De Jesús Botero Palacio, conductor del campero Nissan;
fue encontrado degollado en la vía al corregimiento La Cruzada
• Ricardo de Jesús Ochoa Puerta, asesinado
• Gabriel Alonso Jaramillo Magias, minero, murió al otro día a causa de las heridas
• Jesús Evelio Pérez, asesinado
• Pedro Antonio Posada Londono, 18 años, asesinado
• León Darío Ospina Correa, 15 años, minero, asesinado
• Marco Antonio Marín Henao, asesinado
• Elkin Sergio Zapata Uribe, 23 años, conductor, desaparecido
• Yacir William Silva Cure, 15 años, ayudante de vehículo, desaparecido

4.1. La injusta acción de la justicia

La Jurisdicción Penal Ordinaria desde la Unidad Nacional de Fiscalías de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación inició la investigación recepcionando las pruebas tendientes a la identificación e individualización de los autores y partícipes de los hechos. El día 30 de abril el despacho abrió formal investigación y ordenó vincular mediante indagatoria a John Jairo Luna Cogollo, Rigoberto Salazar Salazar, Arturo Zapata Gallego y al Capitán del Ejército Rodrigo Cañas Forero.

El 10 de mayo de 1996 resolvió la situación jurídica a John Jairo Luna Cogollo profiriendo en su contra medida de aseguramiento de detención preventiva sin beneficio de excarcelación por el delito de conformación de grupos ¡legalmente armados y porte ¡legal de armas de defensa personal, sin resolverle situación jurídica por el homicidio múltiple de las 15 víctimas, la desaparición de dos personas y las lesiones de 13 personas más. En igual sentido el 13 de mayo se resolvió también la situación jurídica al Comandante de la Base Militar Rodrigo Cañas Forero.

El día 21 de mayo de 1996 el Coronel Carlos Enrique Vargas, Comandante de la XIV Brigada del Ejército provocó colisión positiva de competencias ante los fiscales de la Unidad Nacional de Derechos humanos.

Por su parte la Fiscalía Regional con sede en las instalaciones de la Brigada XIV de Puerto Berrío inició por los mismos hechos investigación. recepcionando declaraciones de testigos secretos, las cuales fueron solí citadas como prueba por la defensa de Rodrigo Cañas Forero para que obraran dentro del proceso penal que contra él se seguía en la Unidad Nacional de Derechos Humanos.

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura radicó la competencia en la Justicia Ordinaria, por ende siguió el curso procesal ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos. El 6 de febrero de 1997 se profirió resolución de acusación en contra de John Jairo Luna Cogollo y Rodrigo Cañas Forero por pertenencia a grupos ilegalmente armados y porte ilegal de armas. El 21 de julio de 1997 pasaron las diligencias a los Jueces Regionales de Medellín y abocaron conocimiento abriendo el juicio a pruebas.

El 16 de abril de 1998 un Juzgado Regional de Medellín profirió sentencia absolutoria en favor de John Jairo Luna Cogollo, argumentando que frente al cargo de complicidad en el delito de pertenencia a grupos ilegalmente armados no había prueba dentro del proceso, desvirtuando los testimonios que aseveraron que él había recogido a los sicarios en inmediaciones del aeropuerto de Otú y luego los había trasladado hasta el Estadero La Arboleda donde los recogieron para perpetuar la masacre.

El mismo juzgado lo exonera de la responsabilidad por el porte ilegal de armas de defensa personal reconociendo en su favor una causal de inculpabilidad en el sentido de que él obró con la convicción errada e invencible de que su comportamiento no constituía delito alguno, ya que el arma fue proporcionada por el mismo Comando de la Base militar en la que prestaba sus servicios.

El Capitán Rodrigo Cañas Forero fue detenido y recluido inicialmente en la cárcel de Bellavista en Medellín; a los pocos meses fue trasladado a las instalaciones de la IV Brigada y en diciembre de 1999 se ordenó ser remitido al Centro de Rehabilitación Tolemaida, "encontrándose en la actualidad en dicho Centro, descontando la pena de 50 años impuesta por el Tribunal Nacional de Bogotá, por los punibles de HOMICIO Y HOMICIDIO AGRAVADO..."(sic) (19)

La Justicia Penal Militar inició indagación preliminar en el Juzgado 126 de Instrucción Penal Militar de la Brigada XIV del Ejército por la masacre, con fundamento en un informe suscrito por el Comandante del Batallón Bombona y de la base militar de Segovia, en el cual hacía referencia a la acción diligente de sus efectivos para la reacción contra el crimen y para la búsqueda de los autores materiales de los hechos. El Juzgado 126 de Instrucción Penal Militar orientó la indagación a demostrar lo manifestado por el comandante de la base militar, llamando a declarar a varios funcionarios públicos de la Fiscalía y a soldados que testificaron sobre la presencia de la tropa en el casco urbano luego de la masacre.

En efecto, de los testimonios se concluye que el Capitán Rodrigo Cañas Forero fue enterado de la incursión armada cuando ésta se realizaba en el barrio La Paz, y que después de la misma los sicarios se desplazaron hasta el barrio El Tigrito donde asesinaron otras personas en el bar Paraíso. Según lo relató el Cabo Primero Gustavo Sierra Romero, la reacción de la tropa se produjo solamente "(a) las nueve de la noche cuando entró el Teniente Carrasquilla y me dijo que alistara el pelotón porque se habían escuchado unos disparos en el pueblo..." "La tropa hizo presencia en el hospital San Juan de Dios aproximadamente alas 10 de la noche", según otro testigo.

El Despacho se desplazó hasta el municipio de Segovia a practicar una serie de pruebas que tendieron a corroborar la versión del Capitán Rodrigo Cañas, así como a sostener que la masacre se produjo por una acción de venganza de unos ex-guerrilleros expulsados de la región por el E.L.Nya descalificar la acción de los organismos de derechos humanos que intervinieron en la búsqueda de la verdad, calificando su actividad como un "montaje" de la guerrilla contra la Fuerza Pública. En especial arremetieron contra el defensor de derechos humanos del Comité del Nordeste y Bajo Cauca, Ramiro Zapata, de quien manifestaron "se trata del ideólogo del frente María Cano del E.L.N."

El 21 de mayo de 1996 el Juzgado abrió formal investigación y ordenó vincular mediante indagatoria al Capitán Rodrigo Cañas Forero; ese mismo día la recepcionó y el comandante de la Brigada XIV solicitó colisión positiva de competencias a la Unidad Nacional de Derechos Humanos. El 31 de mayo el despacho se abstiene de proferir medida de aseguramiento en contra del Capitán Cañas Forero sobre la base de descalificar al defensor de derechos humanos Ramiro Zapata, aduciendo que hay un "gigantesco control y poder de intimidación que éste individuo ejerce sobre la población de Segovia".".

"Al mismo tiempo se colige de estas versiones que el mencionado sujeto es el ideólogo político del E.L.N. principal promotor de un montaje orquestado en contra del señor capitán Rodrigo Cañas Forero, quien durante el tiempo que ha permanecido en la región ha logrado disminuil notablemente la capacidad delincuencial de los subversivos... también sostienen que hubo mucho dinero de por medio y pagaron cuantiosas sumas a testigos falsos en la investigación que adelanta la Fiscalía poi estos hechos, para que atestiguaran contra el capitán Cañas...". Y considera que "no existe ningún indicio, ni siquiera el más leve que comprometa la responsabilidad del capitán Rodrigo Cañas Forero en los hechos ocurridos el 22 de abril de los corrientes donde fueron masacradas numerosas personas...".

Olvidó ese despacho valorar la declaración de la persona que iba dentro del vehículo contratado por los sicarios en el corregimiento de La Cruzada, que en el camino, al frente de la base militar, más concretamente en el Estadero La Arboleda, recogió a los restantes miembros del grupo paramilitar que' ejecutó la masacre. Ese hecho constituye un evidente indicio grave que sumado a la presencia de Cañas en el aeropuerto de Otu, en principio lo vinculan muy seriamente con el homicidio múltiple ocurrido en Segovia.

La misma Brigada XIV inició proceso disciplinario en contra del Capitán Rodrigo Cañas Forero.

En el ámbito Internacional, Amnistía Internacional se pronunció en el mes de noviembre de 1996 instando a las Autoridades de Colombia a "emprender investigaciones completas e imparciales sobre los casos de violación de los derechos humanos perpetrados portas fuerzas de seguridad y sus socios los paramilitares, y garantizar que se hagan públicas las conclusiones de dichas investigaciones y los responsables procesados. Garantizar el procesamiento de cualquier miembro de las fuerzas de seguridad contra quien existan indicios de implicación en ejecuciones extrajudiciales, desapariciones u otras violaciones de los derechos humanos. Este principio deberá aplicarse al margen del tiempo que haya podido transcurrir desde la comisión del delito. En vista de que los juicios celebrados bajo la jurisdicción penal militar incumplen persistentemente las garantías de imparcialidad, todas las investigaciones y juicios deberán hacerse en tribunales civiles. Los perpetradores no se beneficiarán de ninguna medida jurídica que los exima del procesamiento o la condena. Emprender investigaciones completas e imparciales sobre los vínculos existentes entre las fuerzas de seguridad y los grupos paramilitares ilegales, y garantizar el procesamiento de aquellos miembros de las fuerzas de seguridad responsables de entrenar, apoyar, coordinar y colaborar con los grupos paramilitares. Tomar medidas inmediatas que garanticen la desarticulación de los grupos paramilitares activos en el nordeste antioqueño y la comparecencia ante un tribunal de aquellos de sus miembros que sean responsables de violaciones de los derechos humanos. Garantizar que los defensores de derechos humanos, entre ellos todos los miembros de grupos independientes dedicados a la de vigilancia y documentación de casos, estén plenamente amparados por la Ley para poder realizar su importante labor. Todos los casos de violación de los derechos humanos contra miembros de tales organizaciones serán investigados hasta el final y sus perpetradores pasarán a disposición judicial."

4.2. Y los Crímenes se incrementaron...

El día 26 de abril de 1996, siendo la una y treinta de la madrugada, en el casco urbano del municipio de Remedios fue asesinado en la calle Villa Nueva el campesino Jorge Ovidio García, habitante de la vereda Iguana, de seis disparos propinados por encapuchados; sus familiares aseguran que los autores de este hecho fueron miembros de la Policía, adscritos a la compañía Jungla.

Momentos antes, los policías habían ingresado al billar "El Mirador" y cuestionaron a los que se encontraban allí y a los propietarios del establecimiento preguntándoles por qué no habían cerrado: "es que no se dan cuenta que los billares están de moda?', queriendo con ello hacer alusión a la masacre ocurrida cuatro días antes en Segovia, la cual fue perpetrada en tres billares.

Ese mismo día, siendo aproximadamente las doce del día, la Policía Nacional mandó aviso a la Personería del municipio diciéndole que no se asustara, pues en unos momentos ellos realizarían un entrenamiento. Minutos después procedieron a realizar disparos desde la sede del comando, ubicado en el tercer piso del edificio municipal. Es de anotar que en el momento en que estos hechos ocurrieron se encontraban presentes en la Personería, dos fiscales regionales de la Unidad de Fiscalías de Derechos Humanos, así como investigadores del CTI, adelantando la investigación sobre la reciente masacre de Segovia.

Aproximadamente al mes de ocurrida la masacre, el 26 de mayo de 1996, fueron detenidos y torturados por miembros del Batallón Bombona, el abogado defensor de derechos humanos William García Cartagena, Adrián Alberto Zapata Zapata y Jesús Aníbal Zapata Quintero. Los hechos sucedieron en el perímetro urbano del municipio de Segovia, luego de un allanamiento a sus lugares de vivienda, durante el cual fue introducido material bélico: "uno de tos soldados llevaba debajo del brazo un paquete de dinamita, mecha y estopines envuelto en una carpa, en un descuido de nosotros lo colocó en la parte trasera de la casa y la carpa vacía la dejó en el equipo de sonido. Todo estaba planeado por el fiscal, el Sargento González y otros comandantes de la base militar" (20)

El Sargento González, comandante de Inteligencia de la base militar del Bombona en Segovia, interrogó a las víctimas y mientras lo hacía "...a un revólver le colocaba una sola bala y giraba el tambor para después accionarla en contra nuestra; él nos decía que trabajáramos para ellos y ganaríamos muy bien, que él sólo quería saber quiénes eran guerrilleros y dónde se podían localizar". (21)

En la base militar de Segovia, a los 4 días de la detención, se convocó a una rueda de prensa, donde serían presentados los detenidos como "subversivos". "Nos pidieron que nos paráramos al frente de una mesa llena de armamento, la cual había sido preparada por los militares; nosotros nos negamos pues querían fotografiarnos diciendo que ese era el material que nos habían encontrado en las casas, siendo eso mentira, pues no nos encontraron nada, todo era un montaje..". (22) Para dicho evento estaban presentes el comandante de la XIV Brigada, el Gobernador del departamento; Alvaro Uribe Vélez, y varios periodistas, entre otros.

Según una fuente, puede inferirse claramente como el producto de un montaje que vienen haciendo el Fiscal 118 de Puerto Berrío y efectivos del Batallón Bombona, con el fin de frenar cualquier actividad que aporte pruebas a las investigaciones por la masacre del 22 de abril en Segovia, donde fueron asesinadas 15 personas, 2 más se encuentran desaparecidas y 14 resultaron heridas. El abogado venía colaborado ampliamente en ese sentido. Permanecieron esposados uno del otro durante 7 días y 7 noches. Debían comer y dormir en esa forma, lo que lesiona la integridad física y moral de cualquier ser humano. Posteriormente fueron llevados a la base militar de Guasimal en Puerto Berrío, donde los amarraron y los dejaron al sol todo un día; luego fueron trasladados a la cárcel de este municipio. Catorce días después de la detención, el Fiscal Regional de Medellín dispuso la libertad de los detenidos y ordenó que se investigara disciplinariamente la actuación del fiscal 118, Wilfredo Sibaje Escobar. Al momento de esta denuncia, permanecen recluidos en la cárcel de Puerto Berrío tres trabajadores del municipio de Remedios, afiliados a SINTRAOFAN, los cuales fueron víctimas de similar montaje.

El 6 de agosto de 1996, siendo aproximadamente las 3 de la madrugada, en la vivienda del conductor Josué Domingo Castañeda, fue accionado un petardo explosivo en la parte posterior de su residencia, en donde además los responsables del mismo dejaron una cartelera y volantes en los cuales se le señalaba como colaborador de la guerrilla. Este señor había estado detenido y procesado por autoridades judiciales.

El 30 de agosto de 1996 fueron accionadas dos bombas en las viviendas de Haroíd Várela Lla- no, Edwin Gómez García y del niño Freiman Alexander Várela de 6 años de edad, el cual resultó herido y tuvo que ser trasladado a la ciudad de Medellín debido a la gravedad de sus heridas; las viviendas estaban ubicada en el barrio 7 de Agosto del municipio de Remedios, tan sólo a dos cuadras del batallón

Héroes de Tacines. Diez días después, miembros del Batallón Contraguerrilla No. 47 accionaron una granada de fragmentación contra una vivienda ubicada en la calle La Avanzada del munici- pio de Remedios, causando ave- rías a una vivienda y daños en los muebles y enseres del pro- pietario. Un trabajador resultó herido. Las unidades militares adujeron que allí se encontraban escondidos algunos milicianos que habían atacado a miembros del Batallón de Contraguerrilla No 47 en horas de la mañana.

El 21 de septiembre se repitió una acción similar en Segovia: los bebés Leshe Elizabet Yali Giraldo y Kenny Magiver Jiménez Gómez de 3 y 6 meses de nacidos respectivamente, fueron asesinados por integrantes del grupo paramilitar Muerte a Comunistas y Guerrilleros -MACOGUE-, quienes activaron un artefacto explosivo contra una residencia, ubicada en el barrio conocido como "Porro", cerca al parque Santander de este municipio. El hecho fue cometido hacia las 2 de la madrugada, y además de la muerte de los bebés, fueron heridas las madres de los pequeños.

"Testigos presenciales dijeron haber visto antes de la explosión a un grupo de soldados pertenecientes al Batallón Bombona patrullando por el parque en compañía de dos individuos

encapuchados... los responsables del atentado con bomba arrojaron varios folletos manuscritos que fueron encontrados a primera hora de la mañana. Uno de ellos, firmado por el grupo paramilitar Muerte a Comunistas y Guerrilleros -MACOGUE-, decía lo siguiente: 'No habrá compasión con ninguno que tenga relación con la guerrilla. MACOGUE'. Otro decía: 'esto es solo una advertencia porque no se imaginan en lo más mínimo una nueva masacre a colaboradores de la guerrilla comunistas y guerrilleros. MACOGUE.". (23)

Dentro de este mismo accionar paramilitar, en el mes de septiembre fue detonada una carga explosiva en la vivienda de Jesús Anibal Zapata, quien meses atrás había estado detenido por los militares que lo acusaban de ser colaborador de la guerrilla. En el hecho salió ileso Jesús Anibal, mientras que su vivienda y sus enseres quedaron totalmente destruidos. Al día siguiente el Sargento González le dijo a Jesús Anibal que eso sólo era el comienzo, que a él lo querían muerto.

El día 24 de diciembre de 1996, en el caserío El Cruce, jurisdicción del municipio de Remedios, ubicado a la orilla de la vía que de este municipio conduce a Puerto Berrio yYondó, y cuando celebraban la Navidad, se hizo presente un grupo armado a eso de las cinco de la mañana. Sus integrantes dijeron ser paramilitares. Seguidamente arremetieron contra los presentes con insultos y golpes procediendo a solicitar documentos de identidad a los presentes en la fiesta para confrontarlos con la lista que éstos portaban. Las personas que aparecían reseñadas eran separadas de las demás y tendidas en el suelo boca abajo e inmediatamente eran asesinados con tiros de fusil. Otros que no aparecían en la lista corrieron la misma suerte que los anteriores por el simple motivo de no agradarles o por no responder a preguntas que les hacían acerca de la guerrilla.

Según lo relatado por un testigo de los hechos, el grupo paramilitar vestía prendas de uso privativo del Ejército Nacional y cubrían sus caras con capuchas. Las personas asesinadas por el grupo armado serían 15 y siete más fueron amarradas y obligadas a irse con ellos, así lo aseveró uno de los testigos que logró sobrevivir. Uno de las personas asesinadas respondía al nombre de Elver Villa Sánchez, los demás nombres no pudieron ser registrados debido al terror de los dolientes que los inhibió para denunciar.

El grupo paramilitar siguió haciendo presencia por el río Ité, quemando ranchos, asesinando y desplazando campesinos. Cabe anotar que en el lugar de los hechos había presencia militar de la Decimocuarta Brigada, quienes custodian el trazado de los oleoductos Colombia y Ocensa.

4.3. ...El holocausto de 1997

Durante 1997 en el municipio de Segovia fueron asesinadas más de 200 personas a manos de los grupos paramilitares; entre las víctimas estaban tres miembros del comité de Derechos Humanos. En el municipio de Re- medios se perpetró una nueva masacre en la que las víctimas fueron pri- mero seleccionadas para luego ser torturadas y asesinadas; entre estas víctimas se destacan un exalcalde de la UP, un miembro del Comité de Derechos Humanos y líderes sindicales.

La arremetida paramilitar estaba prevista para ser iniciada desde finales de 1996, pero el retraso en la llegada del armamento determinó el inicio de sus acciones delictivas, siempre apoyadas por la fuerza pública. El 31 de diciembre el Gobernador Alvaro Uribe Vélez visitó el municipio de Segovia, allí se reunió unas cuantas horas en la base militar. El día 11 de enero el grupo paramilitar GAN hizo su aparición en una de las carreteras del municipio, allí pintó algunos vehículos con mensajes atemorizantes para los pobladores de la región. Su accionarse caracterizaba porque "primero pasaba el Ejército, luego la Policía y por último los "Paras" uniformados y armados haciendo ronda; llegamos a contar 37; este grupo paramilitar tumbaba las puertas, ventanas, sacaban a la gente, se la llevaban, la torturaban y la asesinaban. En Segovia mataron alrededor de 270 personas; en Remedios de 40-45 personas" (24). Se lograron registrar los siguientes casos:

El día 2 de enero de 1997, en la vereda Platanares, ubicada a un lado de la vía que comunica a Segovia con Zaragoza, cerca del trazado de los oleoductos Colombia y Ocensa, siendo aproximadamente las 5:30 de la tarde, llegaron tres hombres de civil hasta el balneario Platanares indagando por el señor Isaías Claver Gil Roldan, presidente de la Junta de Acción Comunal de esta vereda y miembro del Comité de Derechos Humanos del Nordeste. Ya en las instalaciones del balneario, propiedad del antes mencionado, los desconocidos lo separaron de su familia y de un grupo de personas que allí se encontraban de paseo y lo asesinaron de varios impactos de arma corta, sindicándolo de ser guerrillero. Luego huyeron en una motocicleta propiedad de uno de los bañistas.

Isaías, junto con un amigo, en 1995 habían sido requisados y golpeados en los testículos por un grupo de 25 a 30 hombres armados y vestidos de militares, pertenecientes a una patrulla del Ejército, uno de los cuales estaba encapuchado. El hecho fue cometido en la granja Chispero, en la trocha a Zaragoza. Los habitantes de la región han venido denunciado repetidos atropellos de tropas militares contra la población civil, y en la localidad corrió el rumor de que en los próximos días habría una masacre.

Dos horas después de cometido este asesinato, el mismo grupo de hombres, cubriendo su rostro con mascaras, se desplazó por el corregimiento La Cruzada, del municipio de Remedios, en la motocicleta robada, y llegaron hasta la residencia de la familia Correa, tocaron la puerta y preguntaron por uno de sus miembros; al no obtener respuesta los enmascarados dispararon contra la puerta de la casa hiriendo a la progenitora de la familia Correa, seguidamente huyeron dejando abandonada la motocicleta.

En la madrugada del 3 de enero, un grupo de encapuchados recorrió las calles de los barrios Borbollón, Colón, Buenos Aires y Palacé, vistiendo prendas militares y portando armas de largo y corto alcance. El mismo día \ a las nueve de la noche tres hombres vestidos de civiles asesinaron de 4 impactos de arma de fuego al joven Jaime Alberto Herrera, despachador de la estación de gasolina ubicada en el barrio Guaraná. Al mismo tiempo un grupo de once hombres vestidos de civiles, entre ellos dos encapuchados, portando armas de corto y largo alcance, incursionaron en el corregimiento de Fraguas y con lista en mano sacaron de su vivienda al señor Humberto Mesa para luego asesinarlo, acusándolo de ser colaborador de la guerrilla. Más tarde realizaron varios allanamientos en algunas de las viviendas del lugar; otro morador que fue seleccionado por ; el grupo de victimarios, pero se salvó al escapar ileso de los disparos que le realizaron. Después de permanecer 30 minutos en el caserío, el grupo armado abordó dos vehículos que esperaban a la salida del poblado en dirección al municipio de Zaragoza. En su huida asesinaron al señor Enrique Palacios en la vereda El Cristo, perteneciente al corregimiento de Fraguas. Ni los militares que custodian el trazado del oleoducto, ni los acantonados en los diversos retenes ubicados sobre estas vías, reaccionaron para proteger a la población. (25)

El día 6 de enero, entre las 2 y 3 de la madrugada, un grupo de encapuchados que se identificaron como paramilitares, en el barrio El Tigrito abordaron a cuatro civiles mineros a quienes dejaron en libertad luego de interrogarlos y de manifestarles que los dejaban en libertad porque no les conocían vínculos con la guerrilla.

El 11 de enero, un grupo de 30 a 40 hombres encapuchados, vistiendo prendas de uso privativo de las fuerzas militares y usando armas de largo alcance, establecieron un reten de 1 a 4 de la tarde en el sitio conocido como la Vuelta de la Herradura, a kilómetro y medio del parque de Segovia, en donde amenazaron a la población que transitaba por ese sitio, de lim- piar a Segovia como habían limpiado a Puerto Berrio, y de asesinar a todo dueño de automóvil o moto que transportara a algún subversivo; en esta operación pintaron carros con consignas "paracas sí, milicias no, MACOGUE'. Pese a la militarización a la que estaba sometido el pueblo, los uniformados no reaccionaron. Este hecho fue denunciado por el Alcal- de, el Personero y el presidente del Consejo Municipal ante el Gobernador de Antioquia, Alvaro Uribe Velez. (26)

Al día siguiente, en horas de la mañana, en el sitio conocido como Chicharrón, los paramilitares sacaron de su residencia al señor Dorance Morales, quien luego de ser torturado y acusado de ser auxiliador de la guerrilla, fue asesinado con arma de fuego. En horas de la tarde, un grupo de encapuchados vistiendo prendas militares, sacaron y desaparecieron de su residencia, ubicada a 20 metros del parque, a la señora Luz Marina Zapata. (27)

El 16 de enero de 1997, en el municipio de Segovia, fueron asesinados por paramilitares el empleado municipal Euclides de Jesús Achuri Meneses de 38 años y el minero Luis Hernán Rojas Buitrago de 33 años. Los asesinos inicialmente incursionaron en el barrio La Montañita y dieron muerte a Achuri Meneses en su vivienda y posterior- mente se dirigieron a la calle La Reina, ubicada cerca al parque principal, y ejecutaron a Rojas Buitrago.

El 2 de marzo de 1997, el campesino Saúl Eduardo Hernández fue torturado por el Ejército en zona urbana del municipio de Segovia. Tuvo que ser recluido en el hospital San Juan de Dios de este municipio. Este mismo día, en horas de la noche, fue asesinado en el bar Monterrey de la ciudad el minero Martín Emilio Rodríguez Londoño, por paramilitares que se movilizaban en un vehículo marca Toyota de color rojo, el cual habían abordado en el Manzanillo; realizado el crimen, procedieron a dejar el automotor en el mismo sitio donde lo abordaron. Esa misma noche, los paramilitares se dirigieron al barrio Galán buscando a Aurelio de Jesús Peláez, quien no se encontraba en su vivienda; al día siguiente fue asesinado por los mismos paramilitares. Durante el día estos victimarios se pasearon por los barrios Bataclán, La Paz y Borbollón, en vehículos de servicio público, cuyos conductores fueron obligados a transportarlos. Estos criminales vestían ropas de color verde, azul y negro, y estaban fuertemente armados. De otra parte, en esta misma fecha el Ejército torturó a Saúl Eduardo Hernández, quien tuvo que ser internado en el hospital San Juan de Dios de este municipio como consecuencia de las lesiones causadas en la tortura.

El 3 de marzo, es decir al día siguiente, fueron asesinados por paramilitares que vestían ropas oscuras, el ex-directivo del sindicato de la Frontino Gold Mines -SINFROMINES- e integrante de la Junta de Acción Comunal del barrio Galán, Aurelio de Jesús Pelaez, y el minero Didier, conocido como "El Grillo". Los paramilitares que llegaron inicialmente hasta la vivienda de Aurelio, ubicada en el barrio Galán, les dispararon en repetidas ocasiones; la noche anterior lo habían estado buscando en su casa y al no encontrarlo insultaron a su familia y amenazaron con regresar. Luego se dirigieron a la heladería La Orquídea, allí asesinaron a Didier.

Al día 4 de marzo de 1997, en el municipio de Segovia fue asesinado por paramilitares el obrero de la empresa Frontino Gold Mines e integrante del sindicato Aurelio Martínez González. El hecho se presentó en la calle La Banca, en el sitio La Electrificadora, a las 5 de la tarde.

Los paramilitares habían hecho un recorrido por todos los barrios y calles del municipio, sin que en su desplazamiento hubiesen encontrado obstáculo alguno, ello pese del alto nivel de militarización del pueblo. Al día siguiente, siendo aproximadamente las 7 de la mañana, un grupo de hombres armados que se movilizaban en un vehículo automotor, se estaciona- ron en proximidades de la Escuela Santo Domingo Savio, lugar en el cual laboraba el profesor y coordinador del Comité de Derechos Humanos Ramiro Zapata. Inmediatamente se dio aviso al Teniente Bejarano, co- mandante de la Policía, quien no realizó ninguna actuación pese a encon- trarse a escasos metros del lugar.

El 7 de marzo de 1997, en el municipio de Segovia fue asesinado por paramilitares el escolta de la Alcaldía municipal, LUIS CARLOS MUÑOZ, en inmediaciones del Palacio Municipal. El crimen fue cometido hacia las 7:35 a.m. Los victimarios estaban vestidos como campesinos, pero se logró identificar a alias "El Burro". En las diligencias de levantamiento y después de que apareciera la Policía, se presentaron disparos al parecer de choque con los uniformados, resultando herido Hugo de Jesús Tamayo Jaramillo, de 55 años de edad, de los cuales hacía más de 20 que se dedicaba a vender rifas, chances y lotería en este municipio. Este señor fue detenido por la Policía y acusado de ser uno de los asesinos de Luis Carlos; fue conducido al hospital La Salada en donde fue custodiado por el Ejército y la Policía. Hugo de Jesús fue maltratado por los militares y por agentes de la Policía; el Teniente Bejarano dijo en presencia de los médi- cos: «este hijueputa está bueno para rematarlo». Jaime Ortíz, desde el Comité de Derechos Humanos, realizó algunas acciones tendientes a la no judialización de Hugo, quien siendo inocente estaba señalado por el Ejército y la Policía como uno de los autores del crimen.

El 9 de marzo de 1997, en la vereda Cañaveral, del municipio de Remedios, fueron asesinados por tropas del Ejército, pertenecientes al Batallón de Contraguerrilla Héroes de Tacines, de la XIV Brigada, el sindicalista, integrante de la Comisión de Quejas y Reclamos de Sinfromines y miembro del Comité de Derechos Humanos del Nordeste y Bajo Cauca Antioqueños, Nazareno De Jesús Rivera García. El exconcejal y miembro del Comité de Derechos Humanos del Nordeste y Bajo Cauca Antioqueños Jaime Ortiz Londoño, y cuatro guerrilleros del ELN, dos hombres y dos mujeres, una de ellas llamada Consuelo, conocida como "Cristina". Las víctimas fueron presentadas por el Ejército como "muertos en un combate con guerrilleros del Ejército de Liberación Nacional -ELN-". Una de las víctimas, Jaime Ortíz Londoño, inicialmente fue reportado como desaparecido.

Los miembros del Comité de Derechos Humanos del Nordeste y Bajo Cauca Antioqueños se encontraban realizando una labor humanitaria, mantenida en absoluta reserva para que no se truncara, en la vereda Cañaveral, donde se reunieron con los campesinos de la región, luego partieron de regreso a Segovia y no se volvió a saber de ellos hasta el día doce del mismo mes, cuando de acuerdo a la información suministrada por la comandancia del Batallón Bombona, habrían muerto en combate que unidades del Ejército sostuvieron con insurgentes del ELN, lo que resultó extraño pues no pertenecían a ningún grupo al margen de la ley y sólo se dedicaban a labores humanitarias.

Se logró establecer que los militares luego de asesinar a las seis personas, las trasladaron hasta la base militar del municipio de Segovia; allí miembros de las mismas fuerzas armadas realizaron el levantamiento de los cadáveres y ordenaron su inhumación, sin que se permitiera a particulares realizar el correspondiente reconocimiento para su identificación. Los cadáveres fueron sepultados como NNs en el cementerio de Segovia. El cadáver de Jaime fue igualmente sepultado como NN, ya que su cédula de ciudadanía apareció extrañamente en el cuerpo de Nazareno y el car- né de afiliación al Instituto de Seguros Sociales en el cuerpo de uno de los supuestos guerrilleros.

Los militares mostraron a sus familiares y al delegado de la Cruz Roja Internacional una fotografía en la que aparecía muerto en el enfrentamiento, pero ésta no correspondía con los rasgos físicos de Jaime. La actuación de la justicia ordinaria se vio torpedeada por la investigación penal militar a que fue sometido el caso inicialmente. Posteriormente, el 12 de junio de 1997, gracias a la acción de activistas de Derechos Humanos en el ámbito nacional e internacional, y a la intervención de la Procuraduría, la Fiscalía y Medicina Legal, se comprobó claramente que Jaime Ortíz Londoño fue ejecutado en los mismos hechos. La comisión gubernamental que realizó la exhumación encontró que los funcionarios encargados de las averiguaciones preliminares habrían incurrido en serias irregularidades; una de ellas se detectó al comprobarse graves fallas en la toma de la dactiloscopia y en la verificación de las placas dentales post-mortem, fundamentales para cualquier proceso de identificación.

El 15 marzo de 1997, en el municipio de Remedios, fue asesinado por paramilitares el trabajador de la empresa Saipem (28), Dámaso Francisco Gómez Rúa. El hecho se presentó al medio día en el bar El Cafetín, ubicado al frente de la alcaldía; allí departía Dámaso Francisco con varios amigos.Los paramilitares llevaban una fotografía suya para poderlo identificar.

Ese mismo día, hacia las 9 de la noche, en la heladería Keops, ubicada en el casco urbano de este municipio, fue asesinado por paramilitares José Alcides Castaño, minero reconocido en la población. La víctima ha- bía estado detenida en varias oportunidades, sindicado de rebelión, lo cual nunca se le comprobó.

Al día siguiente, 16 de marzo, en este mismo municipio fueron asesinados por paramilitares, Gildardo Antonio Castaño y Alvaro de Jesús Hernández. Los victimarios incursionaron hacia las 8 de la mañana en la plaza principal de este municipio frente a las oficinas de EDA y ejecutaron a Gildardo Antonio e hirieron a una mujer; luego se dirigieron a la calle principal y ejecutaron a Alvaro de Jesús e hirieron a Joaquín Monsalve. Gildardo fue asesinado cuando se encontraba pidiendo limosna para sepultar a su hermano José Alcides, asesinado el día anterior por el mismo grupo.

El día sábado 22 de marzo, en horas de la tarde fue asesinado en el parque principal del municipio de Remedios, Héctor Gómez, familiar de un sindicalista integrante de Sintraofam, el cual había sido detenido y dejado en libertad por disposición de la Fiscalía Regional de Medellín. El hecho ocurrió a escasos 100 metros del comando de la Policía, sin embargo los uniformados no reaccionaron para capturar a los asesinos. El crimen fue cometido por el exguerrillero de la FARC Luis Alberto Arroyave, alias "El Burro", quien comandaba el grupo paramilitar GAN en este municipio. Héctor fue señalado por el Ejército como auxiliador de la guerrilla. Al día siguiente circuló un volante por medio del cual se amenazaba de muerte a todos los sindicalistas y defensores de derechos humanos de Remedios y Segovia.

Héctor había encabezado varias marchas de comunidades campesinas hacia la cabecera municipal para demandar del Estado el cese de ametrallamientos y maltratos por parte de los militares. Esto le ocasionó ser amenazado en varias ocasiones por parte de la fuerza pública.

El 25 de marzo de 1997 en la vereda Manzanillo del municipio de Segovia fueron asesinados por el grupo paramilitar denominado Grupo de Autodefensas del Nordeste -GAN-, los mineros Reinaldo Antonio Fonnegra de 37 años, Jesús Enrique Sepulveda de 52 años y Guillermo Antonio Ramos de 27 años. Los dos primeros en una finca de propiedad de la empresa Frontino Gold Mines y el tercero en una aledaña. El hecho se presentó en horas de la tarde.

El lugar donde se cometieron estos asesinatos está ubicado cerca de la base militar del Batallón Bombona. Una de las bases del grupo paramilitar estaba cerca al lugar donde se cometieron los crímenes de los mineros, la cual era de conocimiento público, al igual que la ubicada en el alto El Trigrito en el barrio Galán.

Ese mismo día en el Palacio Municipal de Segovia fue asesinada la secretaria de la inspección de policía de este municipio e integrante del Comité de Derechos Humanos del Nordeste y Bajo Cauca Antioqueños, Margarita Guzman Restrepo de 34 años, por Rafael Giraldo y Gilberto Giraldo, reconocidos paramilitares del denominado Grupo de Autodefensas del Nordeste -GAN-. La defensora de Derechos Humanos se encontraba trabajabando en su oficina ubicada en el Palacio Municipal. La víctima durante la última semana desarrolló intensas gestiones tendientes a dar con el paradero de su compañero Jaime Ortiz Londoño, asesinado junto con otras cinco personas más el 9 de de marzo de 1997 en Remedios. En el momento del hecho varios policías se encontraban en el Palacio Municipal como es la costumbre. Instantes antes de su muerte Margarita preguntó "¿por qué a mí?".

El 31 de marzo de 1997 en el municipio de Segovia fue asesinado el presidente de la Junta de Acción Comunal del barrio Santa Marta y presidente de la Asociación Nacional de Pequeños Comerciantes, ASONALPECO e integrante de Asocomunal de este municipio, Carlos Enrique Castañeda, por miembros del grupo paramilitar Grupo de Autodefensas del Nordeste - GAN-, quienes se dirigieron al parque principal, donde Carlos Enrique trabajaba y lo ejecutaron hacia las 2 de la tarde, a dos cuadras del comando de la Policía. Anteriormente este vendedor ambulante perteneció a la U.P. Cuando sucedió el hecho "la ciudad se encontraba fuertemente militarizada y pocos días antes había circulado un boletín del Grupo de Autodefensas del Nordeste, en el que se amenazaba de muerte a sindicalistas, integrantes de juntas cívicas y líderes de Segovia y Remedios".

Ese mismo día fueron asesinadas las amas de casa Nubia De Jesús Monsalve Mejia y Gloria Ofelia Quintana Rúa, quienes fueron sacadas a la fuerza de sus viviendas ubicadas en el barrio Argelia, aproximadamente a las 7 de la noche, por paramilitares del GAN. Ambas mujeres fueron llevadas hasta un extremo del barrio donde el grupo paramilitar las sometió a un careo público y luego las asesinó acusándolas de ser apoyo de la guerrilla.

El crimen de estas dos señoras fue realizado cerca de la base militar del Batallón Bombona. Una de ellas era madre de un guerrillero del ELN, quien había estado detenido por el Ejército en la base militar del Batallón Bombona en 1995, escapándose a los pocos días. En esa ocasión la vivienda de la mamá fue allanada por el Ejército.

El 8 de abril, en Segovia, fue asesinado Manuelito Carupia Bailarín, indígena perteneciente a la comunidad Embera Chamí Tagual La Po, por miembros del GAN, quienes lo detuvieron en la Calle Real, lo señalaron como colaborador de la guerrilla y lo ejecutaron. La víctima vivía en la vereda La Po, donde tuvo probremas de tierras con Dairo Guevara y Nelson Guevara, quienes formaban parte del grupo paramilitar responsable del hecho.

El 19 de abril de 1997, en pleno centro de Segovia fue asesinado el empleado de carnicería Luis Evelio Velasquez Rúa, conocido como "Patecoca", por miembros del grupo paramilitar GAN, quienes lo retuvieron en su lugar de trabajo, lo sacaron a la fuerza del local y lo arrastraron por el centro de la pobación ante la mirada inerme de los transeúntes. Tras la resistencia que opuso Luis Evelio para no dejarse llevar, fue asesinado en el lugar. Luis Evelio había trabajado en una carnicería cuyo propietario fue detenido en 1995 por e! Ejército bajo la sindicación de ser un guerrillero del ELN.

El 22 de abril de 1997, en la inspección de policía departamental La Cruzada, perteneciente al municipio de Remedios, fue asesinado por paramilitares el trabajador de la empresa Frontino Gold Mines y técnico en electricidad, Luis Eduardo Mejia Ceballos de 23 años. Los asesinos lo obligaron a bajarse de un autobús de servicio público para luego darle muerte en el sitio conocido como María Alegría, hacia las 8:30 de la noche. Días antes su motocicleta había sido retenida por el Ejército, lo cual había denunciado ante la Personería; ello le valió amenazas en la base militar del Batallón Bombona cuando se presentó a reclamarla. Debido a ello dejó de movilizarse en ella.

Dos días después, en el municipio de Segovia, fueron asesinados por paramilitares Wilmer De Jesús Castrillon y Antonio Carrillo, ambos pobladores del barrio de invasión 13 de mayo.

En abril de 1997 fue asesinada Carlota Muñoz en el corregimiento La Cruzada, del municipio de Remedios, por el grupo paramilitar GAN, quienes se presentaron a su vivienda vistiendo prendas de uso privativo de las fuerzas militares.

Carlota había denunciado ante la Fiscalía de Segovia el asesinato de su hermano Jaime Muñoz, quien fue asesinado por el mismo grupo paramilitar meses antes. Esta denuncia le costaría la vida a la joven, pues fue de las únicas personas que se atrevieron a denunciar la ola de asesinatos selectivos que se presentaron durante este año, perpetrados por el grupo paramilitar GAN en coordinación con miembros de la base militar de Segovia. Del asesinato de Jaime se esclareció que "...en el corregimiento la Cruzada, estaba una patrulla del Ejército con el Sargento González y los paramilitares; según testigos, este sargento le hizo señas a los paras, les mostró un muchacho que trabajaba en la bomba, él y los soldados se fueron y al momento los paras mataron el muchacho; la hermana hizo el denuncio a la Fiscalía y también fue asesinada por los paramilitares. En ese tiempo el Alcalde era Abelardo Herrera y nunca se vio hacer una denuncia, como que aceptó todas estas muertes". (29)

En abril de ese mismo año fue asesinado Gildardo Cárdenas Henao, quien se desempeñaba como guarda de tránsito en el municipio de Segovia y miembro del Partido Conservador de este municipio. Hasta él se acercaron tres hombres pertenecientes al GAN y le dispararon en repetidas ocasiones causándole la muerte de forma inmediata.

Gildardo estaba laborando al momento que fue acusado por los paramilitares de ser informante del Ejército de Liberación Nacional -ELN- y de transportarlos en la ciudad.

El 18 de mayo de 1997, en el municipio de Remedios, fue asesinado por tres paramilitares, dos hombres y un mujer, Francisco Javier Aguilar Estrada de 17 años, líder cultural del municipio. Los hombres fuertemente armados incursionaron en la heladería El Rincón Vallenato, de propiedad de Francisco Javier, ubicado en la Calle Real, hacia las 7:30 de la noche, y lo balearon. Ese mismo día en el municipio de Segovia fue asesinado por el GAN el conductor y ex militante de la U.P, Aníbal de Jesús Sabas Londoño. Los asesinos lo sacaron a la fuerza de su vivienda acusándolo de ser colaborador de la guerrilla. Años atrás el Ejército lo había detenido bajo la misma sindicación, lo cual no se lo pudieron comprobar, recobrando la liber- tad al poco tiempo.

El 29 de ese mismo mes, en el Remedios, fueron asesinados por paramilitares los jóvenes mineros, Jairo Porras Rojas, Milton Gonzalo González, Sergio Ivan Zapata Villegas y Willintong Hernández. Los paramilitares que hacia las 10 de la noche incursionaron en un establecimiento público, llamado Tango Bar, ubicado en la Calle de la Avanzada, los seleccionaron después de ser señalados por un encapuchado alias "Danilo", quien perteneció al frente María Cano del ELN, y los acribillaron. Las víctimas fueron acusadas de tener vínculos con la guerrilla. Una mujer resultó herida en el hecho.

En mayo de 1997, en el municipio de Segovia, fue asesinado por el Grupo de Autodefensas del Nordeste -GAN- el propietario de un establecimiento de ropa, Eliecer Londoño, tras negarse a pagar un chantaje al grupo paramilitar y por sus supuestas amistades con gente de la guerrilla. El establecimiento público de donde fue sacado a la fuerza está ubicado diagonal al comandó de la Policía, a escasos treinta metros. Su cadáver fue encontrado a las afueras del pueblo.

El mismo día fue asesinado en Segovia Luis Fernando Lorza, empleado del municipio de Segovia y miembro del Sintraofan. Luis Fernando se encontraba en los talleres del municipio laborando; hasta allí llegaron los paramilitares y luego de acusarlo de ser colaborador de la guerrilla le dispararon. Antes de ser empleado del municipio, Luis Fernando fue conductor de un autobús tipo escalera de servicio público, el cual cubría la ruta de Segovia a las veredas El Río y Cañaveral. Durante esta labor constantemente era requisado por el Ejército, pues los militares se imaginaban que él trasnportaba mercado para la guerrilla.

El 12 de junio de 1997, en el municipio de Segovia, el secretario general del Sindicato de Trabajadores de la Frontino Gold Mines - SINTRAFROMINES-, Rafael Antonio Guardia Castrillon de 39 años, fue asesinado por paramilitares, en momentos en que se movilizaba en una motocicleta por la calle principal de la localidad. Los victimarios lo abordaron en un retén realizado sobre esta calle, lo obligaron a identificarse y luego le propinaron varios impactos de arma de fuego. El hecho ocurrió a los doce del medio día. Varios directivos de este sindicato han tenido que abandonar la región ante las persistentes amenazas de un grupo paramilitar autodenominado Grupo Autodefensas del Nordeste.

Rafael Antonio había demandado al Ejército por el asesinato de su hermano y una adolescente en diciembre de 1995. En el mes de mayo el desertor de las FARC y converso al paramilitarismo, Rafael Echeverría, lo abordó a la salida del Banco Cafetero en la ciudad de Medellín y le advirtió del peligro que corría. Los asesinatos selectivos provocaron el desplazamiento forzado de gran número de personas incluyendo los defensores de derechos humanos.

En el mismo mes de junio, fue asesinada por el grupo paramilitar GAN, Amparo Echavarria de 40 años, ama de casa y excompañera de Luis Fernando Lorza, asesinado un mes atrás por el mismo grupo paramilitar. A su vivienda, ubicada en el barrio Palacé, llegaron una mañana, a eso de las seis, varios paramilitares quienes estacionaron un vehículo de servicio público al frente de ésta, tocaron la puerta y luego de abrirla ingresaron a la fuerza y se llevaron consigo a Amparo hasta el sitio cono- cido como Marmajón donde la asesinaron. La víctima prestaba el servicio de alimentación a algunas personas del municipio, entre ellas al Personero municipal.

El 27 de julio de 1997, fue asesinado por desconocidos, el joven minero simpatizante de la Unión Patriótica y amigo de Eliecer Londoño, Wilfer Egler Ramos de 20 años, después de ser arrastrado por las calles del pueblo en medio de mucha gente y bajo la omisión de los policías que se encontraban en el comando. Su cadáver fue encontrado en el barrio El Tigrito.

El 2 de agosto de 1997, en el municipio de Remedios, fueron asesinados por un comando combinado de militares y paramilitares, el ex Alcalde de esta población y dirigente de la Unión Patriótica Carlos Enrique Rojo Uribe, de 49 años, el trabajador Efrain Antonio Pérez Trujillo, de 28 años, Alberto Silva Amaya, el minero Jairo de Jesús Pérez, de 39 años, la comerciante y miembro de la Junta Cívica Ofelia Rivera Cárdenas, de 56 años, el profesor, líder cívico y miembro del Comité de Derechos Humanos del Nordeste y Bajo Cauca Antioqueños Luis Alberto Lopera Muñera, de 37 años, y Rosa Mejia, de 24 años.

Al amanecer del sábado llegaron a la calle La Palma y sacaron de su casa en forma violenta al ex Alcalde; luego hicieron lo propio en la zona de tolerancia y en los barrios Palo Cabildo, 7 de Agosto y Monteblanco de donde sacaron a tres mineros, a la comerciante, al docente, a Rosa Mejía y a Ramón Alberto Padilla, a quienes hicieron caminar hasta la estación de gasolina ubicada a un kilómetro del casco urbano, pasando por todo el Parque e Iglesia de Remedios

pueblo y por el frente del comando de la Policía. Los victimarios tenían una lista de diez habitantes de los cuales encontraron solamente a ocho; los dos restantes lograron huir antes de la llegada del comando armado. En el sitio Las Negras ejecutaron a cinco y, más adelante, en el lugar conocido como Marmajito, torturaron y fusilaron al ex Alcalde Rojo Uribe y al líder cívico Lopera Muñera. Ramón Alberto Padilla, de 40 años, quien había sido escolta de Carlos Enrique Rojo cuando se desempeñaba como Alcalde, logró escapar. Cabe resaltar que entre los municipios de Segovia y Remedios existe un permanente control militar con la presencia de dos bases militares, La Trampa y el Batallón Bombona. Los paramilitares intimidan mediante pasquines y leyendas y obligan a los pobladores a dejar solas las calles desde las ocho de la noche.

Los paramilitares se hospedaron en las residencias Colombia, Miramary Tairona, ubicadas en el parque principal, a media cuadra del comando de Policía.

Pasada la masacre vino "un repudio total de la población, sumida en el terror, en el silencio, porque ahora no se encontraba nadie que hablara poi el pueblo y por estos hechos era una población huérfana" (30).

Quince días antes de que sucediera la masacre, el gobierno nacional y departamental, en cabeza del Ministro del Interior, Carlos Holmes Trujillo; del de Defensa, Gilberto Echeverry Mejía, y del Gobernador de Antioquia, Alvaro Uribe Vélez, se comprometieron en un Consejo de Seguridad realizado el 15 de Julio de 1997 en Segovia a que "se tomarían acciones inmediatas para tratar de desarticular el grupo criminal, detener a sus integrantes para investigar las verdaderas causas del genocidio", lo cual evidentemente no se cumplió, como de rutina.

El 7 de agosto de 1997, en el municipio de Remedios, fueron asesinados por paramilitares del Grupo de Autodefensa del Nordeste -GAN-, el miembro de la Asociación Nacional de Pequeños Comerciantes - ASONALPECO-, seccional Segovia, Luis Eduardo Agudelo y Heriberto Antonio Ortega. El mismo día fueron asesinados tres mineros en el municipio de Segovia, por los mismos paramilitares. Los nombres de los mineros son Jhon Jairo Puerta Rúa, José Hernando Holguin Franco y José Aristides Cadavid Zuluaga. Las víctimas se encontraban departiendo con varios amigos en las puertas de sus viviendas ubicadas en el barrio Junín. El hecho se presentó a las 3 de la tarde.

El 17 de agosto de 1997, en el municipio de Remedios, fueron asesinados Carlos Mario Echavarria, trabajador de un entable minero y hermano de un sindicalista de Sintraofan y Un Joven de 16 años aproximadamente sin identificar. Los asesinos buscaban al sindicalista y al no encontrarlo ejecutaron a su hermano y al acompañante.

El 24 de agosto de 1997, a las 4 de la tarde, en el sitio Marmajito, ubicado en las afueras de la población del municipio de Segovia, fue encontrado asesinado el abogado ex militante de la U.P, ex Personero de Segovia y El Bagre y ex director de la cárcel municipal, Alberto de Jesús Garzón García. Los asesinos sacaron a la fuerza a Alberto de Jesús de las residencias Nordeste, ubicadas en el parque principal. Dentro de las actividades cotidianas de este abogado estaba el asistir en indagatoria a personas detenidas ilegalmente.

En el mismo mes de agosto, fue asesinado por paramilitares del GAN, Rodrigo Marulanda, quien se desempeñaba como minero y reconocido dirigente de la mina Cogote.

El 8 de diciembre de 1997, en el municipio de Remedios, fueron asesinados los campesinos Martín Lora y su hermano Vladimir Lora de 14 años, por una Unidad Contraguerrilla de Batallón Palagua que se movi- lizaba con el desertor del ELN Dario Pino, quien señaló a las víctimas. Los Militares llegaron a la vereda Cañaveral aproximadamente a las 7 de la mañana atemorizando a la población con acusaciones de ser colaboradores de la guerrilla. Una hora más tarde en el sitio La Gonzala, el contingente militar que guiaba Pino, detuvo a los hermanos Lora que se dirigían a una reunión de las Juntas de Acción Comunal de Cañaveral. Una vez señalados por el desertor, fueron fusilados.

Consumado el asesinato el grupo se dirigió a la vivienda de Martín Lora, donde encontraron a su esposa -antes compañera de Pino- quien fue llevaba con su pequeño hijo en un helicóptero militar a la Brigada XIV del Ejército en Puerto Berrío. Los campesinos fueron reportados por la XIV Brigada como guerrilleros y secuestradores muertos en combate. Hasta el momento no existía denuncia judicial, ya que sus padres no se atrevían a hacerlo dadas las constantes amenazas recibidas por parte del desertor y de la contraguerrilla.

El 8 de abril de 1998, en el municipio de Remedios fueron asesinados por un grupo de aproximadamente 15 paramilitares, el propietario del establecimiento público El Chiquillo, Ovidio Salazar Quintero, los campesinos Ovidio de Jesús Cano y su hermano Darío de Jesús Cano, el administrador del establecimiento público La Virgen, Jesús Arturo Villa y su hijo Diego Arturo Villa. Los asesinos se movilizaban en una camioneta y recorrieron varios lugares en zona rural de esta localidad. Los paramilitares llegaron a la vereda El Costeñal, ingresaron al establecimiento público El Chiquillo, sacaron a la fuerza a su propietario y lo ejecutaron. Luego se dirigieron a la vereda La Ceiba donde asesinaron a los hermanos Cano. Horas más tarde llegaron al establecimiento público La Virgen, en la vía que conduce a Puerto Berrío, allí asesinaron al administrador del lugar y a su hijo.

El 8 de julio de 1998, Amado, líder campesino y comunitario de la vereda Tías del municipio de Remedios, fue asesinado en su vivienda en horas de la noche por un grupo de hombres que portaban armas largas y se movilizaban en un vehículo tipo camioneta. Los asesinos sacaron a la fuerza a Amado de su vivienda y lo ejecutaron metros más adelante. En 1997 Amado había logrado escapar ileso, luego que el grupo paramilitar GAN tratara de capturarlo.

La vía que conduce a la vereda Tías es una carretera de control militar, toda vez que permanentemente allí se ubican retenes y a 500 metros está ubicada la base militar, la cual brinda protección a la estación de bombeo de Ecopetrol llamada La Trampa.

El líder comunitario había sido amenazado por miembros de la fuerza pública por liderar marchas campesinas reivindicativas y de denuncia.

El 5 de noviembre de 1998, en el municipio de Remedios, 20 campesinos fueron víctimas de 200 paramilitares que incursionaron en las veredas San Antonio, Oca, San Alejo y Santa Isabel, jurisdicción de este municipio. Durante el recorrido sacaron de sus viviendas a los campesinos; diez de ellos fueron asesinados y sus cuerpos encontrados en fosas comunes y a las afueras del corregimiento Santa Isabel otros diez fueron desaparecidos.Se logró identificar los nombres de: Darío de Jesús Echeverry Sosa, Héctor Mario Zuleta, Carlos Mario Echeverry, Francisco de Jesús Madrid Galvis, Javier Madrid, Humberto Muñoz, Rubén Darío Trujillo, Víctor León Trujillo, Aníbal Uribe, Cerón Cañas, todo ellos asesinados, este último con sevicia, pues presentaba varios impactos de bala en la cara y quemaduras producidas por ácido que rociaron en su cuerpo. Entre los desaparecidos se logró identificar a Juan Bautista Hoyos y a Carlos Félix Correa; de los demás se conoció únicamente que eran de sexo masculino.

"Los paramilitares en horas de la mañana habían ¡ncursionado en Mona, vereda del municipio de Vegachí, y luego de matar a varias personas, se llevaron a dos pobladores de la vereda hasta el corregimiento de Santa Isabel, en Remedios, allí los pusieron a cavar las tumbas en las que serían enterrados después de ser asesinados. Los victimarios habían salido de la base militar ubicada en la finca Guacharacas, al parecer de propiedad de Alvaro Uribe Velez, y en las cercanías de este lugar obligaron al conductor de una volqueta perteneciente a la secretaría de obras públicas del departamento a que los transportara hasta Moná". (31)

5. Y Campeó la Impunidad...

Otra realidad viviría el Bajo Nordeste Antioqueño si la justicia se hubiera hecho presente, por lo menos en lo que tiene que ver con los Crímenes de Lesa Humanidad; el florecimiento del movimiento social y popular presentaría engalardonado sus frutos de justicia si no se le hubiesen cortado sus más reverdecientes hojas y tallos y el huracán del Terrorismo de Estado no lo hubiera obligara a salir... muchas veces corriendo.

Cuántos "pordioses", lágrimas y nudos en la garganta se habrían evitado si la acción de la justicia se hubiera enfocado al esclarecimiento de los casos de una manera objetiva y teniendo en cuenta el testimonio de las víctimas, sus familiares y/o sus organizaciones, sin que eso significase un peligro más para éstas.

Tanto la actitud de la fuerza pública, como su modo de operar antes, durante y después de la comisión de Crímenes de Lesa Humanidad, no hubiera generado la animadversión de la población, si la justicia, en lugar de beneficiar con su taimada acción a militares y paramilitares, los hubiera condenado portan inconcebible multitud de crímenes horrendos perpetrados en la zona. La Justicia Penal Militar fue uno de los principales instrumentos en que se apoyó la impunidad.

El papel de los medios de 'comunicación', con su actitud legitimadora de las acciones de la fuerza pública contra la población, generó un ambiente de absoluta credibilidad a las versiones policiales y militares en el ámbito nacional. Tergiversar, no investigar, informar a medias, confundir y distraer fueron las características que distinguieron a los medios masivos de comunicación, lo cual generó de parte de las víctimas, que además de ser agredidas tuvieran que desplazarse y esconderse sin poder contarle a la sociedad su verdad.

En la calle difícilmente se encuentra a una persona que no tenga memoria de un hecho luctuoso cuando no son sobrevivientes de alguna acción violenta. Los Segovianos y Remedianos están acostumbrados al traqueteo de fusiles, y han aprendido a ser sigilosos y prudentes al hablar. "Hay que saber qué se dice y con quién se habla, porque uno está en medio de dos fuegos." (32)


Notas:

1. Cf. Amnistía Internacional, Colombia, Segovia: Historia recurrente de Violaciones Graves a los Derechos Humanos. Noviembre de 1996, resumen, pág. 2.

2. Esta empresa multinacional fue la que presentó la solicitud de licencia ambiental ante el Ministerio del Medio Ambiente para los dos oleoductos, según consta en el informe de la Defensoría del Pueblo fechado el 18 de mayo de 1995; además fue la que pagó por los derechos de servidumbre sobre el corredor del Oleoducto Central, que inicialmente fue establecido de diez metros pero en la práctica se lleva a cabo hasta por 200, en algunas zonas. Se ha comprobado que la B.P. apoya los grupos paramilitares en algunas regiones del país, en co- ordinación con las fuerzas militares.

3. El Espectador, 8 de diciembre de 1995, pag. 8A, Alza Vuelo el Oleoducto Central.

4. Coojuridica. "Perjuicios Ocasionados por dos Oleoductos Construidos en Zaragoza, Colombia, parparte de Filiales de la British Petroleum Co." Mimeo. Medellín, Septiembre 14 de 2000.Pág 4

5. En 1996, en momentos en que el sindicato de trabajadores oficiales -Sintraofan- realizaba protestas presionando el pago de las mesadas atrasadas, se inicio un proceso de presión e intimidación por parte de militares contra los manifestantes. Luego fueron allanadas sus viviendas con orden judicial, y al momento de realizar el procedimiento, los militares ingresaron a las viviendas material de guerra. Los militares se valen de testigos con reserva de identidad para acusar a los detenidos de ser integrantes de los grupos guerrilleros de la región. Durante el proceso judicial se logra evidenciar las falacias de los testigos, haciéndose evidente las contradicciones.

6. Asesinado en agosto de 1997 por paramilitares.

7. Exiliado en el 2000 por las constantes amenazas y atentados contra su vida.

8. Las Cooperativas de Vigilancia Rural, CONVIVIR, fueron legalizadas mediante el decreto 356 de 1994, "Según el Secretario de Gobierno de Antioquia, Pedro Juan Moreno Villa, '...las CONVIVIR hacen trabajo de inteligencia y colaboran en las acciones de las autoridades; no son grupos de choque y pueden ir con o sin armas, eso depende del análisis de la situación que se haga en la respectiva Brigada del Ejército bajo cuya coordinación trabajen'". Cf. Informativo de Derechos Humanos, Gritos de Libertad. Op. cit. Pág. 5.

9. El Gobernador del Departamento de Antioquia, en uso de las atribuciones legales y, en especial, de las conferidas por el decreto 0717 del 18 de abril y el Artículo 303 de la Constitución Política y considerando:

A. Que el día 22 de abril de 1996 se presentó una masacre en el municipio de Segovia- Antioquia, dejando un saldo de 15 civiles asesinados y otros más heridos;

B. Que en la zona que comprende la jurisdicción de los municipios de Segovia y Remedios existen organizaciones criminales y terroristas cuyo objetivo es desestabilizar las instituciones legítimamente constituidas y atentar contra la convivencia ciudadana;

C. Que se hace necesario declarar como Zona Especial de Orden Público la jurisdicción territorial de los municipios de Segovia y Remedios, para conjurar las causas de perturbación e impedir la extensión de sus efectos;

D. Que con el fin de prevenir la ocurrencia de muchos hechos violentos y para que la fuerza pública pueda reaccionar en forma inmediata, así como garantizar la integridad de la población civil, se hace necesario tomar medidas relacionadas con la prevención del orden público;

E.Que el comandante de la Decimocuarta Brigada del Ejército, unidad operativa menor orgánica de la unidad operativa mayor (Segunda División) del Ejército, con sede en el municipio de Puerto Berrio -Antioquia, en escrito N. 0264 de fecha 10 de mayo de 1996, ha solicitado al Gobernador del departamento se declare Zona Especial de Orden Público toda la jurisdicción de los municipios de Segovia y Remedios y se tomen las medidas necesarias para el control y prevención del orden público;

E. Que el artículo segundo del decreto 0717, del 18 de abril de 1996, faculta al Gobernador del departamento como agente que es del Presidente de la República para el mantenimiento del orden público dentro del departamento, para delimitar las Zonas Especiales de Orden Público, previa solicitud del comandante militar de la correspondiente unidad militar mayor o sus equivalentes:

DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: defínase como Zona Especial de Orden Público toda la jurisdicción territorial de los municipios de Segovia y Remedios.
ARTICULO SEGUNDO: La Decimocuarta Brigada del Ejército dispondrá retenes, con pues- tos fijos y móviles en las entradas y salidas de los municipios declarados como Zonas Especiales de Orden» Público en el Articulo Primero del presente decreto, con el objetivo de llevar un registro detallado de todas las personas que ingresen o salgan de los municipios con el siguiente contenido: nombres y apellidos completos, cédula de ciudadanía, ocupación, dirección, residencia, motivo de visita al municipio y tiempo que permanecerá en el mismo.

Los retenes podrán ubicarse no sólo en la entrada y salida de los municipios sino también en los lugares de llegada y salida de vehículos de transporte masivo de pasajeros y de cargas.

PARÁGRAFO: Si las personas registradas visitan periódicamente el municipio por razones justificables, el jefe de la unidad militar otorgará un salvoconducto de movilización y un distintivo que el solicitante portará en lugar visible.

ARTICULO TERCERO: A partir de la vigencia del presente decreto se prohíbe el tránsito y circulación de vehículos automotores incluyendo las motocicletas de cualquier cilindraje de dos, tres y cuatro ruedas, de servicio particular, dentro y fuera del casco urbano y rural de los municipios declarados como Zonas Especiales de Orden Público, entre las 18:00 y las 05:00 horas del día siguiente.

PARÁGRAFO 1: La unidad militar podrá conceder salvoconductos especiales para el tránsito de vehículos particulares, previo control e identificación de los mismos y de las personas que en ellos se movilicen, siempre y cuando exista razón justificada.

PARÁGRAFO 2: Entre las 18:00 y las 06:00 horas del día siguiente, todos los vehículos autorizados deberán llevar encendidas sus luces interiores.

PARÁGRAFO 3: Los vehículos de las fuerzas militares y de policía, de los organismos de seguridad del Estado, de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público y los vehículos de servicio oficial deberán informar a la autoridad militar sobre su desplazamiento hacia la Zonas Especial de horarios restringidos.

PARÁGRAFO 4: Los vehículos que presten el servicio público de transporte autorizados legalmente para circular dentro de las horas antes mencionadas deberán solicitar permiso permanente y distintivo especial que así los identifique, expedido por la autoridad militar de la zona.

ARTICULO 4: en las horas de circulación permitida, los conductores de las motos deberán cumplir con el siguiente requisito:

-No utilizar cascos de seguridad ni elementos que cubran sus rostros.

- Las autoridades militares, de policía y de tránsito deberán llevar un control estricto sobre los documentos de identificación tanto de los conductores como de los vehículos.

ARTICULO 5: mientras se encuentre vigente el presente decreto quedan suspendidos los permisos para el porte de armas de fuego.

PARÁGRAFO: la unidad militar podrá conceder permisos especiales previa justificación. Se exceptúan de la presente medida la Policía Nacional, el DAS y el CTI (Cuerpo Técnico de Investigaciones) de las fiscalías.

ARTICULO 6: Durante la vigencia del presente decreto, restríngese el horario de funciona- miento de los establecimientos abiertos al público entre las 23:00 y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTICULO 7: Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición, mayo 10 de 1996.

Firman el gobernador de Antioquia, Alvaro Uribe Vélez, y el secretario de Gobierno de Antioquia, Pedro Juan Moreno Villa". Cf. EL COLOMBIANO, Medellín, Domingo 12 de Mayo de 1996. Pág. 13A.

10. Al generarse la crisis política alrededor del proceso 8000 y ante la falta de gobemabilidad, el Ejecutivo para sostenerse opta por avalar las pretensiones y propuestas de algunos sectores económicos, ganando adeptos políticos a través de prebendas burocráticas y de una manera muy importante se les dio vía libre a los militares y sectores de derecha para materializar sin restricción algunas medidas políticas y militares (la legalización de las Cooperativas de Seguridad Rural) que entran a afectar gravemente a toda la población con el pretexto de combatir el narcotráfico y el terrorismo.

La declaratoria de Estado de Excepción en todo el territorio nacional, en noviembre de 1995, mediante la cual se regulan aspectos de orden sustancial y procesal en materia penal como: omisión de denuncia o testimonio, reserva de identidad del denunciante, interceptación o registro de comunicaciones, inspecciones o registros domiciliarios sin orden, captura de personas de nombre desconocido, recompensas, aumento de penas, la judicialización de la protesta social, confiscación de bienes y todas las atribuciones que se le confieren a la Justicia Regional.

Además se fundamenta la grave perturbación del orden público por el asesinato de Alvaro Gómez. Las facultades de la Policía no resultaban eficientes para la prevención de nuevos hechos ya que existían amenazas contra altas personalidades del país y aunque en su momento la Corte Constitucional lo declaró Inexequible, nuevos hechos, como las masacres de Urabá, le sirvieron como pretexto para restablecer el "Estado de Conmoción Interior", manteniéndolo vigente bajo el pretexto de "contener la ofensiva guerrillera que se dio en desarrollo del llamado paro armado".

Con el avance de la crisis política y la agudización del conflicto en algunas regiones, el gobierno aprovecha y/o genera hechos que le permita mantener vigente el Estado de Excepción para continuar expidiendo legislaciones permanentes como el decreto 717 que definía la creación de las ZONAS ESPECIALES DE ORDEN PUBLICO.

¿Qué son las Zonas Especiales de Orden Público? Dentro del nuevo orden mundial, intereses estratégicos y por ende la condicionalidad internacional incide en las definiciones internas del país en el fortalecimiento y reacomodamiento de las élites, amparándose para ello en la defensa y la seguridad nacional.

En este sentido, encontramos definiciones que las sustentan:

"En parte las zonas especiales que ha establecido el gobierno responden al concepto de Teatro de Operaciones que constituye una forma más avanzada de unificación de la autoridad civil y militar, lo que se estima indispensable para el éxito" (Gri. R. Valencia Tovar, El Colombiano del 21 de Mayo de 1996).

"Son aquellas áreas del país donde el conflicto armado tiende a radicalizarse y en donde la debilidad del Estado permite la fortaleza de los grupos de narcotraficantes, subversivos o

paramilitares. Son también áreas donde las actividades de las organizaciones guerrilleras o grupos al margen de la ley han alterado la seguridad ciudadana y la convivencia entre las personas y donde por tanto se requieren medidas de contención. El Ministro de Defensa los cataloga como puntos de la geografía nacional donde la situación de orden público presenta características especiales, de alteraciones reales o potenciales y en donde se requiere también un manejo especial, de manera que se puedan desarrollar todas las operaciones de la fuerza pública con el propósito de restablecer el orden" (comunicados de prensa).

Por otra parte, se han hecho otros pronunciamientos críticos a algunos aspectos de la medida como:

"... Se trata de alinear a la población civil hacia uno de los bandos. El llamado empadrona- miento o la inscripción en la alcaldía, el hecho de que tenga que solicitarse un salvoconducto para caminar o un permiso para salir de la cabecera municipal, son medidas que van colo- cando a la población civil en un lado del conflicto. Eso no estaría mal si el objetivo fuese proteger a la población civil y, por supuesto, no estaría mal si se trata de que las autoridades adviertan el tipo de personas extrañas que puedan camuflarse. Desde ahí parecería que se justifican estas normas. Sin embargo, se olvida que el Derecho Internacional Humanitario, en el artículo 3° común de los cuatro Convenios de Ginebra y el Protocolo II adicional, en relación con la población, precisan que los colombianos tienen el estatus de personas protegidas intemacionalmente. No se las puede alinear en un conflicto; al contrario, tienen que ser objeto de protección y respeto de sus garantías fundamentales. Así veríamos estas normas en contravía con el Derecho Internacional Humanitario" (Jaime Córdoba Triviño, Defensor del Pueblo).

Es preciso señalar que las zonas que se han declarado como Zonas Especiales de Orden Público presentan algunas características comunes, guardando las proporciones, así:

• Corresponden a zonas con intereses económicos estratégicos (el petróleo, el oro, órbita geoestacionaria, reservas forestales, etc.).

• Las zonas en mención presentan de alguna manera un acumulado potencial de la insurgencia y su incidencia en dichas regiones.

¿QUIENES LAS DEFINEN? El gobierno expidió el decreto 0717 del 18 de abril de 1996 que facultó a los gobernadores para determinar las zonas de su departamento en donde hubiera mayores problemas de orden público. Luego, las autoridades militares se encargarán de establecer medias restrictivas de locomoción y porte de armas en la zona delimitada.

Es decir, que para que una zona sea declarada como Especial, debe mediar la petición de un comandante que puede ser el jefe de División o de Brigada o equivalentes. Cuando esta medida cobija uno o más departamentos, será el Presidente de la República quien demarca la Zona Especial.

Esta figura político-jurídica pretende prevenir y combatir las acciones de la guerrilla; son zonas donde con más certeza y seguridad pueden desarrollar sus propósitos contra insurgentes de una manera integral, es decir, no tienen dificultad, como en Urabá, para detectar los actores en el conflicto, pues toman una área específica que les puede ser de fácil control de la población y a la cual le van a dedicar todos los esfuerzos posibles.

Las medidas afectan directamente a la población no solo en el aspecto político, en tanto restringe la libertad, sino en aspectos económicos, en lo que tiene que ver básicamente con la sobrevivencia, lo que agudiza la situación socioeconómica en la región.

Por otra parte, con todas las restricciones establecidas en dicho decreto, se crea un efecto psicológico de grandes proporciones por los atropellos y la zozobra permanente que inciden y acrecientan notoriamente el fenómeno del desplazamiento.

En este mismo orden de ideas, la población queda totalmente indefensa y limitada, "sitiada", ya que quienes definen y ejecutan dichas restricciones, "como las excepciones de la regla", están bajo el control exclusivo de los militares, los mismos que directamente o con su complicidad han efectuado hechos criminales y terroristas contra la población, ejemplo Segovia - Remedios.

El efecto político que se busca en la población es coartar las libertades individuales y colectivas, reprimiendo o neutralizando las formas de organización social existentes en las regiones, vinculando sus actividades con las organizaciones revolucionarias.

Son preocupantes las facultades que se le otorgan a los gobernadores como autoridades administrativas para imponer penas privativas de la libertad y otras medidas, al ser ellos la cabeza de los consejos departamentales de seguridad, dejando en manos de los gamonales regionales (Caso Alvaro Uribe Vélez), los militares y/o los paramilitares, la aplicación de dichas medidas represivas en defensa de sus intereses particulares (Urabá, Magdalena Medio, Sur del Cesar y el Nordeste Antioqueño).

11. El Colombiano, 18 de mayo de 1996, Pág. 14A. Denuncian atropellos en Segovia.

12. Estos primos fueron asesinados posteriormente por los mismos paramilitares.

13. Denuncia ante la Personería Municipal de Segovia. 14 de julio de 1994.

14. Inició el conocimiento de los trámites disciplinarios la Personería municipal de Segovia, que los remitió a la Procuraduría Provincial de Puerto Berrío y luego pasaron a la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos. Este despacho comisionó a la Procuraduría Departamental de Antioquia para la práctica de pruebas, las cuales fueron remitidas el 31 de octubre de 1997. En un informe evaluativo de la Procuraduría Departamental de Antioquia conceptuó el archivo de las diligencias, recomendación que fue acogida por la Delegada para los Derechos Humanos al considerar que «las circunstancias que rodearon la muerte de Leónidas Gaviria, alias Comequeso durante el enfrentamiento con miembros de la Policía Nacional no tipifican ninguna de las conductas señaladas en el articulo 6o de la ley 201 de 1995». El archivo de las diligencias preliminares se adoptó mediante decisión del 4 de febrero de 1999. (Cf. Oficio No 1-1489 del 14/06/00 emitido por la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos).

En la Justicia Ordinaria, la Fiscalía Seccional de Segovia dio inicio a las diligencias preliminares y luego remitió la actuación a la Fiscalía Regional de Puerto Berrío y ésta a la Fiscalía Regional de Medellín. Finalmente, la Justicia Penal Militar remitió lo actuado al Juzgado 55 de Instrucción Penal Militar y luego a la Auditoria de Guerra No. 31 donde se archivaron las diligencias.

15. Testimonio recogido por el PNM.

16. Juzgado Penal Militar de la XIV Brigada del Ejército no abrió investigación formal por cuanto justificó el proceder de los efectivos militares ya que los miembros de la institución armada antes de ser atacados pueden actuar. Argumentó también la figura del "In dubio pro reo", contrariando la evidencia probatoria que no ameritaba la actuación criminal.

La Procuraduría Regional de Antioquia inició la investigación preliminar y conceptuó que debía abrirse investigación disciplinaria, remitiendo las diligencias a la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares, delegada que Archivó definitivamente las diligencias dando aplicación al principio de la "cosa Juzgada" en tanto los militares ya habían sido so- metidos a una investigación interna en la que fueron absueltos.

En lo administrativo se iniciaron dos procesos por estos hechos: A. Proceso 970339, por las heridas de los niños, se fijó audiencia de conciliación y el Ministerio de Defensa se negó al considerar que la exoneración de la Justicia Penal Militar y de la investigación disciplinaria de los sindicados permitía establecer la no responsabilidad estatal. B. Proceso 970543 por la muerte de los hermanos Marin Vasquez, se halla en período probatorio.

17. El 27 de octubre de 1997 fue suspendida la investigación previa radicada con el No 17790.

18. La investigación previa radicada con el nº 19618 fue suspendida el 30 de abril de 1997.

19. Oficio Nº 002291 BR4-CDO-APG-746, expedido por el comandante de la IV brigada, brigadier general Eduardo Herrera Verbel, en Medellín el 27 de junio de 2000.

20. Testimonio PNM.

21. Ibid.

22. Ibid.

23. Amnistía Internacional. Colombia "Segovia: Historial Recurrente de Violaciones Graves de los Derechos Humanos", índice: AI: AMR 23/61/96/5. Reino Unido. Noviembre de 1996. Pág. 12.

24. La empresa Saipem es una contratista del Oleoducto Ocensa S.A. que presta sus servicios en el manejo del medio ambiente, su origen es Italiano.

25. Comité de derechos humanos de Segovia y Nordeste; denuncia pública, 7 de enero de 1997.

26. Fabio Gil Agudelo, Alcalde; Carlos Mario Cadavid Mesa, Personero y Albert Rodríguez, presidente del Consejo municipal de Segovia; carta al Gobernador Alvaro Uribe Velez, Segovia 14 de enero de 1997.

27. Acción urgente firmada por la Personería, Concejo Municipal, Alcaldía y Comité de Derechos Humanos de Segovia.

28. Testimonio recogido por el PNM.

29. Testimonio recogido por el PNM.

30. Testimonio recogido por el PNM.

31. Testimonio del PNM.

32. El Tiempo, 19 de mayo de 1996, Segovia no quiere ser una zona de guerra. Pág. 6A.


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 16jul01
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