Informe 199
Informe DDHH en Paraguay 1997

PERSONAS CON DISCAPACIDADES (FÍSICAS Y PSÍQUICAS)

Ruth Irala de Kurz


1. Introducción

A los fines de este informe, llamaré personas con discapacidad a aquellas que en nuestro planeta son rotuladas como discapacitados, ciegos, sordos, paralíticos, mongólicos. Y llamaré personas con sufrimiento mental a las que son rotuladas como locos, psicóticos, autistas y otras tantas etiquetas que se denomina la exclusión.

En un informe anterior sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad |1| habíamos desarrollado muy brevemente la situación de las personas con sufrimiento mental que quisiéramos ampliar en este informe.


2. Marco jurídico e institucional

Nuestra Constitución Nacional, en el artículo 58, establece que "se garantizará a las personas excepcionales la atención de su salud, de su educación, de su recreación y de su formación profesional para una plena integración social. El Estado organizará una política de prevención, tratamiento, rehabilitación e integración de los discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales, a quienes prestará el cuidado especializado que requieran. Se les reconocerá el disfrute de los derechos que esta Constitución otorga a todos los habitantes de la República, en igualdad de oportunidades, a fin de compensar sus desventajas"

Con relación a las personas con discapacidad, existen suficientes leyes e instituciones que posibilitan potencialmente la protección de los derechos humanos.(1)

En resumen, están, el Instituto Nacional de Protección a las Personas Excepcionales (INPRO), el Departamento de Educación Especial del Ministerio de Educación y Culto, la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social (DIBEN), el Comité Nacional de Apoyo-Area Discapacidad del Despacho de la Primera Dama, y la ley 122/90 de "Derechos y Privilegios para los Impedidos".

Además, existen numerosas organizaciones de padres, amigos, y de las propias personas con discapacidad como ARIFA, APADEM-TELETON, APAPEX, Asociación de Sordomudos del Paraguay, Asociación de Ciegos, COANIF(Centro Ovetense de Ayuda Social al Niño con Impedimentos Físicos), APAMAP (Asociación de Padres y Amigos para Personas con Deficiencias Mentales de Alto Paraná), y otros.

Con relación a las personas con sufrimiento psíquico, el Dr. Carlos Portillo (1) recuerda que "en el área de salud mental, es imperiosa la sanción de un marco legislativo que garantice los derechos de los pacientes con problemas mentales, desde el momento en que las personas que padecen desórdenes mentales son minorías particularmente vulnerables a la violación de sus derechos, más aún en las condiciones de hospitalización crónica". Este marco legislativo no existe, si bien se realizaron trabajos preliminares en una comisión interinstitucional convocada por el Departamento de Salud Mental, que no continuaron. En el presente tenemos artículos distribuidos en varios códigos, que normatizan las prácticas psiquiátricas convencionales, focalizados en la "peligrosidad", la "incapacidad", la "ausencia de responsabilidad" de la persona con sufrimiento psíquico, por lo que había que privarla de sus derechos ciudadanos y en lo posible internarla. Distintos países latinoamericanos han iniciado debates y creado leyes a partir de la firma del Pacto de San José de Costa Rica, 1.969, la Declaración de Caracas, 1.990 y la difusión de los Principios para la Protección de los Enfermos Mentales de NN.UU., de 1.991.|2| Los artículos que, en nuestro país, deben ser revisados, porque limitan la ciudadanía de las personas con sufrimiento psíquico son:

• Artículo 91 de la Ley Electoral.

En el Código Civil:

  • Los artículos 37, 38, 40 y 41 que hablan de la Capacidad e Incapacidad de Hecho.
  • Los artículos que hablan de la interdicción y de la inhabilitación (Capítulo VI).
  • Los artículos 144 y 146 que hablan de la capacidad para contraer matrimonio y de los impedimentos.
  • Los artículos que hablan de la curatela de las personas.
  • Los artículos que hablan de la responsabilidad por hecho propio y por hecho ajeno.
  • El artículo 1.850 que habla de la responsabilidad sin culpa.
  • El artículo 18 del Código Penal.

Dos instituciones se ocupan de las personas con sufrimiento psíquico en el país, el Hospital Psiquiátrico de Asunción, único Manicomio, hasta hace poco dependiente de la Facultad de Ciencias Médicas, y el Departamento de Salud Mental del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Significa un importante avance que por Resolución del 15 de abril de 1.997, el Hospital Psiquiátrico haya sido transferido al Ministerio de Salud "para su intervención y reorganización". Se nombró inmediatamente un interventor que debía iniciar " las tareas administrativas correspondientes a la reorganización". En este marco el Hospital Psiquiátrico se propone actualmente: " atender a las personas con sufrimiento psíquico en su hábitat, e instalar servicios de prevención, atención y rehabilitación"; " descentralizar la atención en salud mental a través de los Hospitales Regionales y sobre organizaciones del Sistema Nacional de Salud (Consejos Departamentales y Distritales) y Secretarías de Salud de las Gobernaciones".|3|

"Con los objetivos de capacitar a médicos generales en la atención de enfermedades mentales, de organizar salas de internación en los Hospitales Regionales y Centros de Salud, de incluir servicios de salud mental en la Atención Primaria de Salud y de realizar una ofensiva sobre prevención y promoción de la salud mental." Para el efecto se ha solicitado al Congreso la suma de aproximadamente 3.969 millones de guaraníes.|4|

En junio de este año, por Resolución S.G. Nº. 326, el Ministro de Salud Dr. Andrés Vidovich Morales crea una Unidad de Salud Mental en el Hospital Regional de Pedro J. Caballero, dependiente de la XIII Región Sanitaria, Amambay. El documento afirma en sus considerandos su adhesión a la Declaración de Caracas, y el propósito de la atención descentralizada en salud mental como política del gobierno nacional.|5|

2.1- Iniciativas legislativas

Continúan las gestiones para que el Congreso Nacional considere y apruebe el proyecto de ley que crea el Consejo Nacional de la Discapacidad (CONADI) por un lado y el proyecto de ley que reforma el INPRO y crea el Instituto Nacional de Prevención de la Discapacidad y de Rehabilitación e Integración de las Personas con Discapacidad. La intención es hacer depender al INPRO de la Presidencia de la República, transformar el Consejo Consultivo en Consejo Directivo, con la participación directa de las personas con discapacidad en éste y la ampliación de los objetivos institucionales.

Se está trabajando en otro proyecto de ley que crea la Secretaría Nacional de la Discapacidad (SENADI), que instaura una entidad autárquica dependiente de la Presidencia de la República y que tiene por objeto elaborar y ejecutar la Política Nacional para la prevención, rehabilitación, integración y equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad


3. Situación de los derechos humanos

3.1- Manicomio y derechos humanos

¿Qué representa el manicomio en nuestra sociedad?. Sabemos que el Manicomio representa el deseo de excluir lo incomprensible y diferente para poder "armonizar el conjunto social". Forma parte de un aparato científico-técnico, administrativo, legislativo, de códigos de referencia cultural y de relaciones de poder estructurados en torno a un objeto: la locura. Este aparato considera que la locura debe ser clasificada, controlada, reprimida, y las personas "internadas" en relaciones excluyentes y autoritarias. A partir de este entendimiento, pensamos que los conceptos y prácticas manicomiales violan los derechos humanos de las personas con sufrimiento psíquico |6| y en concreto atentan contra:

  • El derecho a ser tratadas con la dignidad propia de su condición de persona.
  • El derecho a recibir un tratamiento lo menos restrictivo.
  • El derecho a ser informadas sobre el diagnóstico y el tratamiento.
  • El derecho al consentimiento al tratamiento e internación.
  • El derecho a la educación en igualdad de oportunidades.
  • El derecho a vivir y trabajar en su comunidad.
  • El derecho a no ser discriminadas.
  • El derecho a ejercer la plena ciudadanía.

3.2- Propósitos políticos

¿Qué reforma psiquiátrica se plantea? El Manicomio ha solicitado al Congreso Nacional la suma de 17.324. 052. 250 guaraníes para el presupuesto total de 1.998, (más del doble que el presupuesto del año 1.997) lo que aseguraría su mantenimiento y extensión.

Solamente para los gastos del Hospital Psiquiátrico se han solicitado 13. 345. 082. 995 guaraníes, y para la descentralización (llamado proyecto de promoción y prevención de la salud mental) se han solicitado 3.978. 969.255 guaraníes, pero de éste último presupuesto el 44% corresponde a la ejecución de construcciones, adquisición de maquinarias, equipos, drogas y medicamentos, los elementos esenciales para reproducir los establecimientos y prácticas manicomiales. Al estar a cargo de la institución psiquiátrica (concepto, prácticas, normas, establecimientos, dispositivos legales y corporaciones profesionales), y en concreto, del Hospital Psiquiátrico (el representante más genuino de la cultura manicomial), el proyecto de descentralización puede distribuir el Manicomio en miniatura en las 18 regiones sanitarias del país. Lo que se conoce como la tentaculización del espacio asilar, en un momento en que, en toda la región, se reflexiona y los actores sociales se movilizan en el proceso de lo que se denomina la LUCHA ANTIMANICOMIAL.

El Departamento de Salud Mental, por su lado, se propone como meta "que todos los habitantes de la República del Paraguay tengan acceso a un Servicio de Atención en Salud Mental en el Centro de Salud más cercano, que le permita atender precozmente cualquier trastorno a su bienestar y esté capacitado a comprender los problemas de su entorno así como buscar las soluciones correspondientes a partir de una efectiva participación en la vida comunitaria"(5)

Así mismo, ha conformado tres equipos ínterinstitucionales (Psiquiátrico - Dpto. de Salud Mental) para impulsar replanteamientos en el ámbito jurídico y administrativo:

  • Equipo de legislación.
  • Equipo de descentralización.
  • Equipo de reforma de la atención psiquiátrica.

Pero del análisis de documentos, entrevistas y recursos administrativos nos preguntamos:

¿Están articulados estos equipos?. ¿Desde qué diagnóstico estratégico sé están realizando las propuestas?. ¿Cuál es la descentralización que se plantea?. ¿Se ha dado participación a los actores sociales de los distintos Departamentos?

El recurso estratégico de equipos itinerantes, sin un esquema conceptual y referencial operativo de cambio, haría que el presupuesto obtenido para la descentralización se aplicara a una extensión de servicios desde un planteamiento normativo, verticalista y excluyente.

Con relación a las personas con discapacidad física y mental, el Instituto Nacional de Protección a las Personas Excepcionales (INPRO) es una burocracia gigantesca que brinda servicios básicos de rehabilitación en el área metropolitana de Asunción. No ha cumplido con el artículo 9, inciso b de la Ley 780/79 que habla del alcance nacional de la protección. La cobertura de atención a las personas con discapacidad es de 1,3 %. La institución, cuyo director es el médico Rodolfo Romero, no ha podido articular políticas de atención integral al medio millón de personas con discapacidad en el país.

3.3- Corrupción e impunidad

La Asociación de Médicos y Psicólogos del Hospital Psiquiátrico ha denunciado hace dos años malos manejos administrativos en el hospital, ante la Contraloría General del Estado. Esta institución, habiendo comprobado las denuncia, eleva los informes a la Fiscalía General del Estado. El expediente está estancado actualmente en el juzgado a cargo del Dr. José Ignacio González Machi.

A un año de las denuncias la cátedra de la Facultad de Medicina, instruye sumario administrativo a Esteban Zoilán, director administrativo y al Dr. Julio César Morínigo Escalante, director de la cátedra de psiquiatría. Los dos fueron sobreseídos por defectos de forma.

Nuevamente, se ha reportado en el INPRO otro hecho de violencia sexual, implicando a un funcionario de la institución. Eufrosina V., trabajadora y usuaria de la institución, había solicitado ayuda al director de la institución para iniciar trámites legales; no se realizó ninguna denuncia en los estrados judiciales.


4. Servicios y aparato técnico

4.1- Salud y educación

La mayoría de las personas con discapacidad y con sufrimiento mental carecen de la atención básica en salud y educación. En todo el territorio, aproximadamente 200.000 niños y jóvenes tienen necesidades educativas especiales. En el año 1.996, habían sido matriculadas en los distintos servicios de educación especial 5.211 personas. En este año, la matrícula es de 7.464 alumnos.

Por otro lado, el Ministerio de Educación y Cultura no ha gestionado una política clara que posibilite la integración de las personas con discapacidad al sistema regular de educación, en igualdad de oportunidades. En octubre de este año, los padres de la adolescente María Ramona Gómez, denuncian las discriminaciones que sufre la menor en el Colegio Naciones Unidas donde realiza el 3er. Curso.

María Ramona quiere rendir sus exámenes junto a sus compañeros de clase, pero en condiciones que se adapten a sus posibilidades; ella tiene trastornos motores para la escritura, por lo que necesita exámenes orales y una ayuda adicional para la escritura. Estas necesidades no le fueron acercadas por el Colegio, ni por el Ministerio.

La situación de dos niños autistas, internados en el Hospital Psiquiátrico, desnudó la realidad de miles de niños con discapacidad psíquica, que no tienen ninguna atención en el país.

A comienzos del año, el periodista Carlos J. Benítez denuncia el abandono que sufren los menores Julio Rotela, de 11 años y Juan Ramón González, de 12 años. El mismo afirma que "los afectados no tienen alternativas, considerando que en el país no hay un centro destinado a la recuperación de los pequeños y jóvenes psicóticos" y continúa diciendo que "la situación en que se encuentran los niños y adolescentes psicóticos de nuestro país evidencia el desinterés del gobierno por lograr la rehabilitación de los mismos. La misma Constitución Nacional obliga al estado a ocuparse de las personas con impedimentos físicos, psíquicos y sensoriales" (ABC, 11 de febrero,97, pág. 23).

Al día siguiente informa que "el Dr. Rodolfo Romero Caballero, director del INPRO, había informado al juez del menor Roque Careaga que la institución a su cargo no está en condiciones de atender a los niños autistas. Fue en respuesta a un pedido de auxilio de la justicia para asistir a los dos chicos" (ABC, 12 de febrero, pág. 28). Julio y Juan Ramón continúan en el Hospital Psiquiátrico. En oportunidad de una visita, uno de los niños estaba encerrado en un pequeño baño.

Esta situación no podrá ser cambiada solamente por los educadores, profesionales y auxiliares, ni los administradores, teniendo en cuenta que la dirección de las políticas, la capacitación y las prácticas siguen fuertemente adheridas a la "enfermedad", la "incapacidad" y a los modelos asistenciales marginalizantes (escuelas especiales, hospitales especiales, centros de rehabilitación) y centralizadores.

Las personas, en su mayoría, no pueden obtener atención en salud y educación en su comunidad, y cuando pueden llegar a un hospital o centro de salud son "derivados" al INPRO o al Hospital Psiquiátrico.

En ciudades fronterizas, las personas que necesitan salud y educación acuden a los países vecinos.

Juan Esteban Ramírez, cónsul paraguayo en Posadas, informó a los miembros de la Comisión de Defensa Ciudadana que "de 500 a 800 compatriotas indigentes son atendidos mensualmente en el hospital público Raúl Madariaga de Posadas, Argentina" y que "los connacionales viven un momento difícil, porque la mayoría de éllos son abandonados a su suerte por sus familiares."

"Igualmente Ramírez significó que también en el Hospital Neuropsiquiatrico de Posadas están internados numerosos pacientes de nacionalidad paraguaya en total estado de abandono por parte de sus familiares... que a menudo recibe notas de parte de la dirección del Neuropsiquiatrico con el fin de recabar información acerca de la identidad y la situación de los internos paraguayos." (ABC color, 24 de octubre, 97, pág.44).

4.2- Trabajo y seguridad social

La situación laboral de las personas con discapacidad es la desocupación, sobre todo porque han tenido escasas oportunidades de educación y de capacitación para el trabajo.

El Departamento de Educación Especial y el INPRO, tienen un número limitado de Talleres Protegidos y de Formación, en general con un enfoque poco productivo. Numerosas personas con discapacidad son utilizadas para la mendicidad en las calles de Asunción, sin que se tomen medidas de control de esta explotación.

La cobertura de Seguridad Social es muy baja en el país, y concentrada en Asunción y zonas urbanas. La población de personas con discapacidad que carece, en su mayoría, de trabajo, está fuera del Sistema de Seguridad Social.

4.3- Aparato técnico-científico

No se ha formulado una política de formación y capacitación permanente de personas requeridas en educación especial, salud mental y rehabilitación. Teniendo en cuenta la concentración de los servicios en la Capital y el área metropolitana, la descentralización de la atención a las personas con discapacidad y con sufrimiento psíquico tendrá en su momento el obstáculo de los escasos recursos humanos capacitados.


5.
Conclusiones y recomendaciones

  • Formular políticas integrales e integradas de prevención, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidad.
  • Incluir en la reformulación de las instituciones la participación directa, con poder de decisión, de las personas con discapacidad en las instancias de planeamiento, gestión y evaluación de políticas y programas.
  • Promover una legislación en salud mental que asegure los derechos humanos y civiles de las personas con sufrimiento psíquico y promueva la organización de servicios comunitarios de atención.
  • Desencadenar procesos de descentralización política, técnica y administrativa.
  • Iniciar urgentemente acciones coordinadas de formación y capacitación, teniendo como eje la promoción de un pensamiento integrado, político, democratizante y humanizante.
  • Generar procesos de integración y alianzas con instituciones y movimientos que luchan por los derechos humanos y ciudadanos en la región
  • Continuar con la distribución de recursos administrativos a instituciones e iniciativas de la sociedad civil, en base a proyectos concretos.
  • Denunciar a las instancias del gobierno que correspondan las condiciones de discriminación y exclusión en que viven las personas con discapacidad física y mental y sobre todo las personas con sufrimiento psíquico.
  • Difundir a nivel nacional los derechos de los sufrientes psíquicos y de las personas con discapacidad y a nivel internacional las condiciones de vida de estas mismas personas en el Paraguay.


6. Fuentes, y referencias bibliográficas

(1) Derechos Humanos en Paraguay - 1.996, editado por Serpaj-Py, Diciembre, 1996.

(2) En la Provincia de Río Negro, Argentina, la Ley Nº 2.440 de Promoción Sanitaria y Social de las Personas que Padecen Sufrimiento Mental. En Río Grande do Sul, Brasil, la Ley de Reforma Psiquiátrica y de Protección a los que padecen de Sufrimiento Psíquico. En trámite, para todo el Brasil, la Ley Nº 3.657 del Diputado Paulo Delgado.

(3) Programa de Descentralización de la Salud Mental, Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Hospital Psiquiátrico, Asunción, 1.997.

(4) Entrevista con el Director del Hospital Psiquiátrico, Dr. Reinerio Martínez.

(5) Unidad de Salud Mental Regional. Una alternativa en la Atención en Salud Mental y de la Asistencia Psiquiátrica Descentralizada, Ministerio de S. Pública y B. Social, Departamento de Salud Mental y Organización Panamericana de la Salud, Asunción, 1.997.

(6) Derechos de los enfermos mentales. Documento de Caracas, Venezuela, noviembre, 1.990.


7.
Entrevistas

  • Con el Dr. Miguel Angel Collar, Jefe Asistencial del Hospital Psiquiátrico.
  • Con el Dr. José Antonio Arias, Presidente de la Sociedad Paraguaya de Psiquiatría y Docente Auxiliar en la Cátedra de Psiquiatría de la Facultad de Medicina- Jefe de Sala.
  • Con la Lic. Angélica Vallejo, del Foro Permanente de Salud Mental.
  • Con el Dr. Fernando Robles, Abogado.

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