EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS

10ago11


Declara Víctor Benamo


En la apertura del período de declaraciones testimoniales, declara esta mañana ante el Tribunal Oral el abogado y delegado de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación, Víctor Benamo.

Al momento de los hechos, Benamo tenía 45 años y ejercía su profesión en la ciudad de Buenos Aires. En los primeros días de abril de 1976, mientras el general Adel Edgardo Vilas era el segundo Comandante del Comando de V Cuerpo de Ejército y comandante de la subzona 51, tomó conocimiento que en una conferencia de prensa en la que también participó personal de la Policía Federal Argentina de Bahía Blanca se lo había involucrado con la organización “Montoneros”.

Tras ello, Benamo decidió presentarse en la Brigada de Avellaneda para informarse al respecto, conocer dónde presentarse para aclarar su situación y poder continuar trabajando normalmente.

El 26 de abril de 1976, cuando salía de un juzgado penal de los tribunales de Banfield, el abogado fue secuestrado y conducido a la misma Brigada de Avellaneda donde se había presentado espontáneamente.

Desde allí, personal de la policía bonaerense lo trasladó hasta un aeródromo, que supone era el de la ciudad de La Plata, donde lo esperaba un avión al que lo hicieron subir, indicándole que debía situarse en el piso.

Como estaba esposado por la espalda el peso de su cuerpo reposaba sobre las muñecas y le provocaba las consecuencias lógicas de permanecer mucho tiempo en esa posición y determinó que arribara a Bahía Blanca desmayado.

Durante el trayecto, Benamo estuvo siempre con los ojos vendados y una vez en Bahía Blanca, fue llevado al centro clandestino de detención y torturas “La Escuelita”.

En ese campo de concentración padeció muchos días de tortura física y psicológica y escuchó los gritos de otras personas que estaban siendo sometidas a sesiones de torturas. Pudo percibir, por ejemplo, como los guardias de lugar esposaban a los detenidos y los hacían fingir que boxeaban, entre risas y burlas de quienes trasmitían las supuestas peleas. También los represores fingían supuestos ataques al regimiento disparando tiros cerca de los detenidos.

Durante el cautiverio, según declaró Benamo durante la instrucción, las personas secuestradas eran continuamente amenazadas, diciéndoles “si se les caen las vendas son muertos”. Benamo sindicó a “El Tío”, como la persona que aparentaba ser el jefe, interrogador y conductor de los horrores allí vividos.

El 26 de mayo de 1976 fue trasladado a Unidad Penitenciaria Nš4, a la que llegó desde centro clandestino organizado por el Ejército, en un estado deplorable de salud, sin siquiera poder permanecer de pie.

A principios de agosto del mismo año fue trasladado al penal de Rawson junto con otras personas y luego fue sobreseído parcial y definitivamente en la causa “Ramírez. Stella Maris y otros p/ infracción a la ley 20.840 con fecha 21 de septiembre de 1977, resolución que el juez federal Guillermo Federico Madueño ordenó notificarle.

El director de la cárcel hizo saber al juez que se había notificado al detenido y que no obstante haberse dispuesto la inmediata libertad destacó que ello no se hizo efectivo, ya que Benamo por entonces se hallaba a disposición del Poder Ejecutivo Nacional.

Por este caso, están imputados por privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y prolongarse por más de un mes en concurso real con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política los represores Juan Manuel Bayón; Osvaldo Bernardino Páez; Héctor Luis Selaya; Walter Bartolomé Tejada; Norberto Eduardo Condal; Carlos Alberto Taffarel; y Jorge Horacio Granada.

No llegaron a ser juzgados por morir durante el proceso, entre otros, Julián Oscar Corres, Argentino Cipriano Tauber y Leonardo Luis Núñez.

[Fuente: Comisión de apoyo a los juicios, Bahía Blanca, 10ago11]

Donaciones Donaciones Radio Nizkor

DDHH en Argentina
small logoThis document has been published on 12Aug11 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.