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14may11


Según abogado defensor, una resolución excluye a Cossío del juicio Imbolsur


La Gobernación, ni el Ministerio Público impugnaron la resolución emitida el 30 de diciembre de 2010.

Una resolución emitida por la juez Juana Abán, del Tribunal Segundo de Sentencia, indica en su último párrafo: "Se dispone la suspensión del juicio, con respecto al rebelde Mario Adel Cossío Cortez, debiendo proseguir la causa contra los otros coimputados (Alejandro Roda Rojas y Félix Edgar Cardozo) regístrese". Según el abogado defensor, Alexander Kennedy, esa resolución deja excluido a Mario Cossío del juicio por el caso Imbolsur.

"Aunque se planten de cabeza Mario Cossío, legalmente hablando, esta fuera del juicio, porque a mi defendido lo declararon rebelde", dijo Kennedy.

La resolución fue emitida públicamente el 30 de diciembre de 2010, luego de notificarse a los imputados del caso denominado Imbolsur. Sin embargo, los principales interesados, es decir Ministerio Público y la Gobernación, no apelaron dicha determinación y por ende siguió en vigencia.

"Esta resolución ha sido notificado a todos y no ha sido observada, ni impugnada, ni por la Gobernación, ni por el Ministerio Público, por consiguiente ha causado ya ejecutoria", remarcó.

Kennedy añadió que este será uno de los recursos que continuará presentando para absolver definitivamente a Mario Cossío del proceso por el caso Imbolsur.

En la misma resolución, de 30 de diciembre del 2010, se designa como abogado defensor al doctor Alexander Kennedy, que textualmente apunta lo siguiente:

"Para garantizar la defensa del imputado, se ratifica la designación al abogado de oficio doctor Alexander Kennedy, a quién se notificará y entregará las copias de ley bajo constancia, teniendo por determinadas la conservación de las actuaciones cumplidas y todas las demás medidas, y librando el mandamiento de aprehensión correspondiente".

"O sea que se suspenden todas las acciones en su contra, hasta que se lo encuentre, porque todos sabemos que está fuera del país y se refugia en el Paraguay", argumentó Kennedy.

Finalmente, explicó que después de la resolución se tenía un plazo perentorio para impugnar la resolución, sin embargo, no se hizo aquello y por lo tanto la resolución quedó ejecutoriada por el tiempo transcurrido hasta mayo.

[Fuente: El Nacional, Tarija, 14may11]

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