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22jul11


Elección judicial: El TSE convalida la exclusión de candidatos indígenas


El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó sin observaciones la lista de 118 candidatos al Órgano Judicial y al Tribunal Constitucional preseleccionados por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), pese a que partidos de la oposición denunciaron la exclusión de candidatos indígena originario campesinos en cuatro departamentos, en franco desacato al artículo 79 de la Ley de Régimen Electoral.

El artículo 79 de la Ley de Régimen Electoral, en sus parágrafos primero y quinto, establece que en el caso de las candidaturas al Tribunal Supremo de Justicia, en cada lista departamental tiene que figurar al menos un postulante de representación indígena y originaria.

En la lista de preseleccionados por la ALP no existe ninguna representación indígena originario campesina en la lista de candidatos para el Tribunal Supremo de Justicia de cuatro departamentos: Beni, Pando, Tarija y La Paz. En la lista de La Paz figura como representante indígena el ex presidente de la Corte de Distrito Willian Alave, pese a que él se autodefine como “mestizo”.

Los legisladores del MAS intentaron justificar la exclusión de originarios alegando que la cuota indígena no se aplica por cada departamento, sino en la lista total de postulantes.

Los diputados del opositor Movimiento Sin Miedo (MSM) Marcela Revollo y Fabián Yaksic enviaron una carta al TSE para ponerle al tanto de las irregularidades. “Hemos demostrado fehacientemente que en cuatro departamentos no se cumple el requisito que exige obligatoriamente la Ley”, subrayó Yaksic.

Sin embargo, Wilfredo Ovando y los vocales del TSE desestimaron las denuncias del MSM y aprobaron sin cambios la lista de candidatos a los máximos tribunales de Justicia preseleccionados por la ALP.

Ovando explicó que la decisión del TSE se basa en los preceptos de la Ley del Régimen Electoral, la Constitución Política del Estado, la Ley del Órgano Judicial y su reglamento. “La instancia para interpretar con efecto obligatorio una ley es la misma instancia generadora de la norma, la Asamblea Legislativa Plurinacional; nosotros aplicamos la normativa legal no solo en base a la lectura de un artículo, sino a una lectura integral de todas las normas relacionadas a un caso determinado”, argumentó.

La Sala Plena del TSE convalidó los gravísimos errores cometidos por el oficialismo, en franco desacato al artículo 79 de la Ley de Régimen Electoral, protestó el MSM. Revollo y Yaksic coincidieron en que el Órgano Electoral actuó de manera subordinada al MAS y al Poder Ejecutivo; y exigieron una respuesta por escrito a la carta que le enviaron.

Según Yaksic, los miembros del TSE violaron la Ley de Régimen Electoral al convalidar la exclusión de candidatos indígenas originarios campesinos, y por tanto son pasibles a las sanciones penales por incumplimiento de deberes? establecidas por el artículo 154 del Código Penal.

[Fuente: Bolpress, La Paz, 22jul11]

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