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30nov11


Sobre la consulta pública y las licencias para proyectos energéticos


Debemos pensar nuevos esquemas de participación ciudadana en proyectos energéticos Dado que últimamente la relación entre el Gobierno, la estatal YPFB y diferentes pueblos de la Asamblea de Pueblos Guaraníes (APG) "se complica" particularmente en proyectos considerados de necesidad nacional: la construcción de la planta de Río Grande en Santa Cruz, la construcción del último tramo del gasoducto Villa Montes-Tarija y el inicio de los estudios de sísmica 3 D en la localidad de Itaguazurenda (Boyuibe).

En el tema de la planta separadora de líquidos de Río Grande está pendiente la consulta popular a cargo de la APG Tacobo Mora que de paso a la licencia ambiental. La estatal petrolera suscribió con una compañía argentina (Astra Evangelistas S.A. (AESA) el 15 de enero de 2010 un contrato de adjudicación de la Ingeniería, Procura, Construcción y Puesta en Marcha (IPC) para la Planta de Separación de Líquidos Río Grande en Santa Cruz por un monto de USD 159.462.470. Sin ese paso inicial no se pueden realizan obras de ingeniería previa (desmonte, nivelación y movimiento de tierra y obras civiles como accesos y campamento, entre otros) que están paralizadas.

En ésa porción de tierra en donde está el proyecto deben intervenir varias agencias estatales como Viceministerio de Tierras, la Autoridad de Bosques y Tierras (ABT), el INRA para titular la tierra a favor del proyecto.

Sin embargo la APG emitió una resolución en la que paralizan la consulta y participación bajo el justificativo de que ellos "no están de acuerdo con la forma en que se tituló las tierras". Para complicar aún más el escenario técnico-legal formularon una demanda al Tribunal Agroambiental desconociendo la resolución emitida por la Presidencia de Bolivia relacionado al proyecto.

De manera que las consultas, sin realizarse, no dan paso a las licencias ambientales.

El otro ejemplo es el relacionado al Gasoducto Villa Montes-Tarija (GVT) que transportará mayores volúmenes de gas para el desarrollo de Tarija, y que requiere del "visto bueno" de la APG Itika Guazu (APG IG) como procedimiento primario a la tramitación de la licencia ambiental. Las obras civiles están, consecuentemente, paralizadas.

Inclusive la prensa nacional refleja el hecho -dramático- que el máximo ejecutivo de la estatal de Transporte de Hidrocarburos indicó que a él le requirieron "20 millones de dólares para dar luz verde al proyecto", aunque ese extremo fue negado posteriormente por los grupos indígenas locales.

La reflexión puntual es: con una nueva Ley de Hidrocarburos se deben fijar nuevas formas de participación de los grupos indígenas de todas las regiones en los proyectos energéticos de escala. Una idea sería que, en vez de haber una "consulta previa", más bien se incorporen a los beneficios que el proyecto genere una vez que esté en marcha, por ejemplo que el Municipio -o los Municipios- en donde esté asentada la planta -o los gasoductos- reciban renta adicional. Una especie de ingreso permanente en tanto dure el proyecto y en vez de "trabarlo" con "consultas previas" más bien que haya fiscalización al proyecto y participación de la rentabilidad, tipo "regalía especial" naturalmente éstos aspectos deben ser parte de un diálogo que debe incorporarse, necesariamente a una nueva legislación de hidrocarburos.

El tema de las licencias ambientales debe también estar contemplado en un capítulo especial de la LH y deben ser tramitadas de la manera más expedita posible, reduciendo términos y acortando plazos. Los proyectos energéticos no pueden ser sujetos, adicionalmente, a ningún tipo de "traba" o "zancadillas" utilizando recursos legales, demandas ni recursos en la justicia. Es impensable la figura de paralizar obras, o impedir las mismas por uso indiscriminado de recursos ante la justicia. Éstos aspectos deben estar normados en la LH que debe ser muy enfática en prohibir el uso de instrumentos jurídicos (como demandas y otras) contra obras energéticas de interés nacional.

Con relación a la "titulación de tierras": la LH debe establecer que -de manera automática y sin intervención del INRA, el polígono suficiente de tierra para un proyecto energético -termoeléctrica, planta de gas, petroquímica, etc.- y que importe el concurso de capitales externos tienen titulación automática y no requieren de observación ni dictamen de la autoridad de Bosques ni de Tierras.

Vale decir que allí en donde se establece un proyecto de planta de hidrocarburos pasa a propiedad inmediata del proyecto. Si hubieren afectados se les indemnizará conforme a valor catastral rural y los proyectos energéticos están obviados de trámites en INRA, en los Municipios en donde estuvieren asentados, librados de trámites en Autoridad de Bosque u otras. El único ente con tuición de supervisión de proyectos energéticos es el Ministerio de Hidrocarburos que -por cierto- entre sus nuevas funciones debe tener a su cargo el proceso de certificación y licencia ambiental. Porque es mucho mejor concentrar funciones en el Ministerio de Hidrocarburos para licencias que tengan que ver con temas de proyectos energéticos.

Con éstas soluciones se habrá facilitado, entre otras, el rápido inicio de proyectos de transformación del gas a escala.

[Fuente: Por Boris Gómez Uzqueda, El País, Tarija, 30nov11]

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