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07sep11


La consulta solo vale para los originarios


El anuncio del presidente Evo Morales, de realizar un proceso de consulta con los habitantes del Tipnis para definir la construcción del tramo II de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos, abriendo las puertas a la participación de colonizadores y cocaleros asentados en el parque Isiboro Sécure, levantó críticas de juristas y opositores.

En criterio del abogado Carlos Hugo Molina, la consulta, en el marco de los convenios internacionales y la CPE, está referida a los pueblos indígenas originarios del lugar. El incorporar a otros actores es distractivo y engañoso.

"El Gobierno se está resistiendo a aceptar que no cumplió con las etapas de consulta que establecen las leyes y los convenios internacionales", indicó Molina.

Por su lado Leonardo Tamburini, de la ONG Cejis, dijo que iniciar una consulta en los términos del Gobierno es ilegal "porque viola el principio de buena fe de la consulta, dejando de lado la representación de los tres pueblos indígenas que conforman la subcentral del Tipnis, porque el proceso debe llevarse a cabo a través de sus organizaciones y en base a sus normas y procedimientos propios".

El lunes, el presidente Evo Morales afirmó que el Gobierno hará la consulta correspondiente, respetando las normas internacionales y las leyes nacionales, y que la gente que vive ahí que diga si quiere o no camino. El jefe de Estado no especificó si los consultados serán solo los pueblos originarios o los cientos de colonizadores y cocaleros cochabambinos asentados en diferentes lugares del parque.

Molina y Tamburini afirmaron, por separado, que están de acuerdo en que si el Gobierno realiza el proceso, los indígenas del Tipnis pueden argumentar la violación de sus derechos fundamentales y llevar el caso a instancias nacionales, como el Tribunal Constitucional, para luego acudir a organismos como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o la Corte Internacional de Justicia de La Haya.

A los dos consultados se sumaron diferentes organismos sindicales y sociales de Argentina, Brasil, Perú y Venezuela que condenan "la violación al derecho a la consulta previa en proyectos que afecten el modo de vida de los pueblos indígenas".

A su vez, el ministro de la Presidencia, Carlos Romero, ratificó que el Gobierno llevará adelante una consulta entre los pobladores del Tipnis sobre la carretera, aunque todavía no se definió la fecha ni quiénes serán los consultados.

De otro lado, el secretario General de la Gobernación cruceña, Roly Aguilera, propuso realizar una consulta sobre las plantaciones de coca en Chapare y preguntar a los pobladores del Tipnis si están de acuerdo o no. "El Gobierno está tomando acciones que pueden llevar a enfrentamientos entre bolivianos", agregó.

El ministro de Obras Públicas, Wálter Delgadillo, dijo que el Gobierno descartó a la ONU, Derechos Humanos y Defensor del Pueblo como mediadores para resolver el conflicto del Tipnis porque estos organismos se parcializaron y apoyan con alimentos y medicinas a los manifestantes.

Lo que dicen las normas

Convenio 169 OIT. En su artículo 6, parágrafo A, señala que los gobiernos deberán "consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente", mientras que en su artículo 7 deja establecido que "los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera".

CPE de Bolivia. En el artículo 352 se detalla que "la explotación de recursos naturales en determinado territorio estará sujeta a un proceso de consulta a la población afectada, que será libre, previa e informada. En las naciones y pueblos indígena originario campesinos, la consulta tendrá lugar respetando sus normas y procedimientos propios". El artículo 403 reconoce "la integralidad del territorio indígena originario campesino, que incluye el derecho a la tierra, al uso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales" y "la definición de su desarrollo de acuerdo a sus criterios culturales y principios de convivencia armónica con la naturaleza".

[Fuente: Por Freddy Lacio Fernández, El Deber, Santa Cruz de la Sierra, 07sep11]

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