EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS

10oct08


Suspenden provisionalmente las elecciones a Defensor del Pueblo


La administracion de la Defensoria del Pueblo informa a todos los funcionarios (as) y servidores de la institución.

Que mediante Auto del 9 de octubre de los corrientes, la Sección V del Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de la elección del Defensor del Pueblo que se cumplió el pasado 18 de agosto por parte de la Cámara de Representantes, al considerar, según el comunicado de prensa expedido por esa Corporación, que se infringió el artículo 6 de la Ley 581 de 2000 por no haber incluido una mujer en la conformación de la terna.

En consecuencia, el Defensor del Pueblo esperará a que el Alto Tribunal lo notifique de la decisión tomada para hacer uso del Recurso de Reposición previsto en las disposiciones legales. Si el Auto mediante el cual el Consejo de Estado decreta la suspensión provisional de su elección finalmente queda en firme, el señor Presidente de la República queda facultado para encargar de las funciones de Defensor del Pueblo mientras el Consejo de Estado toma una decisión de fondo sobre el particular, vale decir, si decreta o no la nulidad de su elección.

En el entretanto, el Defensor del Pueblo evaluará con mucho cuidado y responsabilidad lo que más le convenga a la Institución.

Bogotá, 10 de octubre de 2008

Donaciones Donaciones Radio Nizkor

DDHH en Colombia
small logoThis document has been published on 13Oct08 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.