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31mar11


Ley de inteligencia: ¿'tatequieto' a la prensa?


Estipula prisión para el servidor público que dé a conocer un documento o una noticia secreta o de reserva.

Si bien, según el presidente Juan Manuel Santos, con la ley de inteligencia y contrainteligencia radicada esta semana por el Gobierno en el Congreso se busca crear un marco jurídico integral para orientar, regular y limitar esta actividad dentro del Estado, también es cierto que la iniciativa trae consigo algunos puntos que seguramente serán motivo de polémica cuando se inicie su discusión en el Legislativo.

Precisamente uno de esos puntos tiene que ver con los medios de comunicación, así en el texto propuesto no se hable directamente de ellos. Se trata del artículo 35: reforma a los delitos de divulgación y empleo de documentos reservados y acceso abusivo a un sistema informático. En él se establecen modificaciones al Código Penal y se advierte que quien “en provecho propio o ajeno, o con perjuicio de otro divulgue o emplee el contenido de un documento que deba permanecer en reserva, incurrirá en pena de prisión de cinco a ocho años, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor”.

Asimismo, señala que “el servidor público que indebidamente dé a conocer documento o noticia que deba mantener en secreto o reserva, incurrirá en pena de prisión de cinco a ocho años y multa de 20 a 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por diez años.

Precisamente el pasado lunes, durante la presentación de la ley, el presidente Santos explicó que la idea es garantizar la protección de la información de inteligencia, es decir, la reserva, para que ni se ponga en riesgo la seguridad nacional por filtraciones a los grupos armados ilegales, ni se ponga en riesgo el derecho a la intimidad de las personas. “Ahora como es costumbre filtrar todo, y los medios de comunicación publican todo. A eso hay que ponerle también cierto ‘tatequieto’, porque mucha de esa información le da una información a los bandidos, a los terroristas, a los enemigos, valiosísima, para protegerse de cualquier acción”.

Y ya hay quienes han expresado preocupación por este tipo de medidas, pues consideran que fueron precisamente los medios de comunicación, con la publicación de mucha información, los que denunciaron los seguimientos ilegales que tuvieron lugar en el pasado gobierno por parte del DAS. El senador liberal Juan Manuel Galán –quien ha liderado en el reciente pasado este tipo de temas– respalda el artículo, indicando que la prensa debe ir un poco más allá de informar y dar noticias: “Hay factores que claramente no se pueden divulgar: las fuentes y los métodos. Es claro que hay temas que tienen algún tipo de restricción”.

Se trata, sin duda, de un tema espinoso en el que los conceptos son de todos los tintes. Incluso, el actual debate, que gira en torno a la divulgación de los cables de Wikileaks, aunque no se trate propiamente de documentos de inteligencia, puede ser también un punto de referencia. Por ejemplo, el relator de las Naciones Unidas para la Libertad de Expresión, el guatemalteco Frank La Rue, es de los que cree que la seguridad nacional implica una limitación a la libertad de expresión, “pero hay que demostrar muy específicamente cuál es la amenaza a la seguridad nacional”.

[Fuente: El Espectador, Bogotá, 31mar11]

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small logoThis document has been published on 19Apr11 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.