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27ago12


La Corte Suprema renuncia a demandar por difamación a María Jimena Duzán y Cecilia Orozco Tascón


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL

Comunicado de prensa

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia reitera su enfático rechazo a los términos e inexactas afirmaciones de las columnistas María Jimena Duzán y Cecilia Orozco Tascón en la revista Semana y el diario El Espectador, respectivamente. Sin embargo, en aras de contribuir al clima de ponderación y mesura que tanto necesita el país, depone el interés personal de sus magistrados de reclamar, por vía judicial, respeto a su honra y buen nombre, empañados sin razón o argumento alguno por las citadas periodistas.

Los actos y determinaciones de la Sala, que pretenden deslegitimar las columnas de opinión, fueron adoptados en estricto cumplimiento de la Constitución Política y la Ley, con la misma responsabilidad, sentido de justicia, compromiso, seriedad e imparcialidad que han distinguido a esta Corte. Carácter reconocido nacional e internacionalmente y que, en los últimos años, ha servido de punto de referencia en los sistemas judiciales del continente en materia de cumplimiento de tratados multilaterales de Derechos Humanos y estándares de verdad, justicia y reparación.

La decisión de rotar la coordinación de la comisión que investiga los nexos de congresistas con grupos armados ilegales obedece a la idea original de imprimir nuevos aires a dichos procesos cuando den muestras de desgaste o falta de dinamismo, como viene ocurriendo en estos casos. El acierto de esta disposición, que implica la puesta en marcha de variadas estrategias, requiere un compás de espera para evaluar su funcionamiento y efectividad.

La unificación de la jurisprudencia penal -plasmada en providencias al alcance de todos los ciudadanos y entregadas oportunamente a los medios de comunicación para su escrutinio- radica en el esfuerzo continuo de la Corte por interpretar en debida forma los postulados legislativos. Los jueces no legislan, aplican la Constitución y las leyes.

Aclarado lo anterior y por tratarse de una conducta punible de acción privada, los magistrados de la Sala de Casación Penal se abstienen de formular la respectiva querella. No obstante, aprovechan la oportunidad para invitar al periodismo colombiano a la autorreflexión bajo la premisa de que el periodista tiene una responsabilidad social, que emerge precisamente de los derechos de información y expresión, por su misma naturaleza, relativos, pues no existe un derecho fundamental a la difamación.

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de agosto de 2012.


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