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28ago09


La Corte Constitucional rechaza el nombramiento directo de funcionarios públicos


La nueva Corte Constitucional comienza a demostrar que quienes la tildaron de ser de bolsillo de Uribe se equivocaron.

Con una votación 5-4, la Corte tumbó un acto legislativo que habría permitido que los casi 13 mil funcionarios públicos que están nombrados de manera provisional quedaran incorporados de manera automática en la carrera administrativa sin la necesidad de pasar un concurso.

El argumento de la Corte es que en este caso el Congreso fue más allá de su competencia y que no sólo reformó la Constitución sino que la sustituyó parcialmente al cambiar las reglas de acceso al poder público a través de un sistema diferente al de la meritocracia. Y que dado que estas reglas son un elemento esencial de la Constitución de 1991, modificarlas -así sea solo por tres años- implica reemplazar la Constitución actual por una nueva, una competencia que sólo tiene el constituyente primario, es decir los ciudadanos directamente.

Para llegar a esta conclusión, el magistrado ponente Gabriel Mendoza se remitió a la jurisprudencia anterior de la Corte sobre sustitución de la Constitución.

Esta tesis fue usada por primera vez por el ex magistrado auxiliar de Eduardo Montealegre, Rodrigo Uprimny, en 2003, cuando la Corte estudió la constitucionalidad del proyecto fallido de referendo propuesto por el gobierno de Uribe durante su primer mandato. Y la ha usado unas cuantas veces más para el análisis de reformas constitucionales, pero esta es la segunda vez que la utiliza para tumbar un acto legislativo.

La tesis de la sustitución de la Constitución fue polémica en su momento y sigue siendo hoy en día, porque parte del supuesto de que la Corte Constitucional sí tiene competencia para evaluar dentro de los vicios de trámite de una reforma constitucional si el Congreso tiene competencia para cambiar ciertos aspectos de la Constitución.

Cuando la nueva Corte quedó finalmente integrada a principios de este año, varios expertos en el tema anticiparon que esta tesis de la sustitución no haría carrera ya que los nuevos integrantes eran más conservadores y formalistas, y no le apostarían a una tesis tan vanguardista.

Por eso el fallo de la Corte, que habría sido tan sólo una decisión mal recibida por miles de funcionarios públicos, tiene grandes implicaciones para el futuro de la reelección. Con esta decisión, la nueva Corte Constitucional demuestra tres cosas: que no es de bolsillo de Uribe, que respeta el precedente de la corte anterior y, lo más importante, que cree en la polémica tesis de la sustitución de la Constitución.

No es de bolsillo

Cuando los dos últimos magistrados fueron nombrados, varios columnistas anunciaron que era una "Corte de bolsillo" y dieron por enterrada la independencia constitucional. Este fallo demuestra su equivocación.

Primero, la sentencia fue una ponencia de Gabriel Mendoza, uno de los magistrados más conservadores de la Corte. Mendoza había sido etiquetado como 'gobiernista' por sus posturas afines a la seguridad democrática, a la Iglesia y en general, al status quo.

Mendoza salvó su voto cuando la Corte tumbó el Estatuto de Desarrollo Rural del ex ministro Andrés Felipe Arias y también cuando le quitaron al Presidente la facultad de declarar ilegales las huelgas de trabajadores. Y como ponente, rechazó la demanda que pedía recusar al Procurador para pronunciarse en la sentencia que garantizaba los mismos derechos matrimoniales para homosexuales por sus posturas religiosas previas. Por eso la sorpresa cuando es precisamente él quien respalda la tesis de la sustitución de la Constitución en este caso.

El magistrado Mendoza viene de la sección del Consejo de Estado que maneja la carrera administrativa y era especialmente sensible al valor de la meritocracia, lo cual debió influir en su fallo. Y además, tiene una larga trayectoria de independencia como juez. Su supuesto uribismo no pesó en este fallo.

A pesar de que las presiones de congresistas allegados al Gobierno fueron muy intensas sobre los magistrados de la Corte que se pensaban más afines al gobierno para que fallaran en sentido contrario, la magistrada María Victoria Calle votó también con el bloque mayoritario.

Calle ya ha votado en otros fallos con los más liberales, como el que recientemente tumbó una norma que decía que quemar la bandera tricolor era un atentado a la seguridad nacional (el cual fue votado favorablemente por Mendoza). Pero esta sentencia, en particular, era la prueba ácida de su independencia frente al presidente Uribe que la nominó, y frente a los sectores uribistas que respaldaron su elección. La pasó.

Dentro del bloque que votó a favor de la ponencia de Mendoza también estaban Juan Carlos Henao, Luis Ernesto Vargas

y Jorge Iván Palacio con vigorosas defensas de la Constitución del 91 y del precedente judicial, pero sus posiciones no sorprenden porque son consistentes con su trayectoria y fallos anteriores.

Los derrotados

También fue consistente la posición de Humberto Sierra Porto, quién desde la primera vez que la Corte abordó el tema hace seis años, alegó que la Corte se extralimita al evaluar la competencia del Congreso y que debe circunscribirse a los vicios de trámite.

Sierra intentó infructuosamente convencer a sus colegas en la Sala de cambiar el precedente jurisprudencial, con lo cual defraudó a quienes pensaban que él sería el nuevo 'Cepeda' de la Corte, el que armaría los consensos en la corporación. Lo máximo que logró Sierra Porto fue voltear a Jorge Pretelt.

El magistrado Pretelt, el más uribista de los magistrados, inicialmente se había mostrado favorable a la ponencia de Mendoza, que tumbaba una ley que había sido impulsada por el Polo Democrático. Pero cuando los magistrados Nilson Pinilla, Mauricio González y Sierra Porto hablaron, captó las implicaciones que ésta tendría sobre el futuro de la reelección de su amigo y vecino de finca Àlvaro Uribe, y cambió su posición.

El magistrado González, que en los últimos meses ha demostrado una mayor solidez y liderazgo argumentativo, defendió a capa y espada que la nueva norma era compatible con el artículo 125 de la Constitución por su carácter transitorio, pero también perdió y salvó su voto negando la teoría de la sustitución.

La discusión tardó varias horas: toda la sesión del miércoles y la del jueves, que fue desde las tres de la tarde hasta las once de la noche. Y al final, la ponencia de Mendoza se impuso.

Las implicaciones

Esto no quiere decir que ayer se haya hundido la reelección en la Corte, pero sí le mete un más en la rueda. Con este fallo queda claro que los nuevos magistrados consideran que sí son competentes para evaluar la competencia del Congreso para cambiar ciertos aspectos de la Constitución. Por ejemplo, para evaluar si el Congreso tenía competencia para modificar la pregunta que sometieron a los ciudadanos que con su firma respaldaron la convocatoria del referendo.

Con este fallo, la Corte arroja luces sobre los retos que tendrá la iniciativa reeleccionista en su próxima etapa si es aprobada la próxima semana en el Congreso. ¿Será que los cinco magistrados que votaron a favor de la tesis de la sustitución de la Constitución votarán también en contra de cambiar el precedente de la Corte que dijo que la reelección sería por una sola vez?

[Fuente: Por Juanita León, La Silla Vacía, Bogotá, 28ago09]

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