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10oct08


El banquero Luis Carlos Sarmiento convence al presidente Uribe para decretar el estado de excepción


El Consejo Superior de la Judicatura quedó facultado para destituir a los funcionarios que participen en la movilización, que ya completa 38 días, y nombrar reemplazos.

Con base en la declaratoria, el Consejo Superior de la Judicatura podrá nombrar, trasladar y posesionar nuevos funcionarios, lo mismo que suspender a quienes no se presenten a sus oficinas hoy mismo.

La norma permitirá, además, que los notarios asuman algunas competencias que tenían los jueces.

Otras medidas

La Judicatura tendrá la facultad para dictar medidas que ayuden a descongestionar los procesos de jurisdicción voluntaria y de adopción y atribuirá funciones a notarios, según su competencia.

Los jueces podrán rechazar toda demanda que carezca de fundamentos.

Se modificará el Código de Procedimiento Civil. Por el paro, la congestión en procesos en despachos judiciales se acrecentó.

El Gobierno hará las modificaciones presupuestales para cumplir con lo decretado en la Conmoción Interior.

Gobierno busca efectos permanentes

Los decretos expedidos por el Presidente tienen fuerza de ley, pero vigencia transitoria. Sin embargo, el mandatario anunció que el Gobierno los presentará ante el Congreso para que sean convertidos.

Según Uribe, la intención es solucionar el problema de la congestión en la administración de justicia, pero no solo la relacionada con el paro, sino la que se presenta de manera permanente.

Aunque la idea original de hacer uso de la excepcionalidad constitucional para conjurar el paro judicial provino del banquero Luis Carlos Sarmiento, que así se lo sugirió al Presidente el pasado martes, el Jefe de Estado se cuidó de hacer consultas con las altas cortes, la Fiscalía, la Procuraduría y el Congreso, hasta generar un consenso.

El estado de conmoción regirá en principio por 90 días, pero podrá ser prorrogado por dos períodos iguales (para un total de 270, es decir 9 meses), según reza el artículo 213 de la Constitución.

La vigencia de las normas extraordinarias, de todas maneras tendrá controles. A partir de hoy, la Corte Constitucional dispondrá de un plazo de dos meses para estudiar la constitucionalidad de los decretos. Y en caso de que el Gobierno resuelva hacer uso de la tercera prórroga, requerirá de la aprobación del Senado.

En todo caso, tres días después de declarado el estado de excepción, el Congreso se reunirá por derecho propio y recibirá un informe del Presidente sobre las razones que motivaron la decisión.

La Constitución establece, también, que "los decretos legislativos que dicte el Gobierno podrán suspender las leyes incompatibles con el Estado de Conmoción y dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público".

Razones de la conmoción

Uribe dijo que tuvo que acudir a esta medida de emergencia porque durante el paro la Justicia ha dejado de fallar 120.751 procesos y 36.286 tutelas. Señaló, además, que tanto la Procuraduría y la Fiscalía habían solicitado medidas extraordinarias para garantizar la prestación del servicio de Justicia.

Para el Presidente "esto pone en peligro la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana, cuyos hechos son expresión inequívoca de desestabilización y atentan de manera iminente contra el normal funcionamiento de las instituciones".

El Presidente dijo que recibió informes de la Fiscalía, según los cuales, varios delincuentes como los asesinos del niño de 11 meses, Santiago Lozano, los autores de la muerte de Liliana Gaviria (hermana del ex presidente César Gaviria) y el narcotraficante 'Miki Ramírez', estaban a punto de lograr su libertad, por inasistencia de los jueces.

Uribe advirtió que solo volverá a hablar con Asonal (el sindicato de los jueces) en mayo del próximo año, cuando se conozca el curso de la economía y el comportamiento fiscal del país.

[Fuente: El Tiempo, Bogotá, Col, 10oct08]

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