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18mar11


Garzón 'no debió vaciar los derechos de los imputados y abogados', reitera el TS


El magistrado del Supremo Alberto Jorge, instructor del proceso que se sigue contra Baltasar Garzón por las escuchas ilegales a los imputados del caso Gürtel y sus defensores, ha reiterado que las resoluciones en las que el juez ordenó esas interceptaciones "han de ser consideradas, desde una dimensión indiciaria, como resoluciones manifiestamente injustas por vulnerar de forma ostensible derechos fundamentales de los presos encausados y sus letrados".

Jorge argumenta que las diligencias que ha propuesto Garzón (que declaren los policías adscritos al 'caso Gürtel' o el juez Antonio Pedreira, que le sucedió en la investigación de ese asunto) "alargarían la instrucción con investigaciones ajenas al objeto del proceso" y no servirían "para excluir los indicios delictivos", por lo que rechaza su práctica.

El magistrado explica que las diligencias solicitadas pretenden constatar que los imputados querían poner a buen recaudo los fondos delictivos supuestamente obtenidos y por eso escuchar lo que hablaban con sus letrados era "eficaz". Jorge considera que "cualesquiera que fueren los indicios que tuviera contra los imputados, no podía instalar micrófonos en los locutorios penitenciarios si los indicios incriminatorios no se extendían también a los letrados" y contra éstos "no tenía indicio alguno, según él mismo admite".

Vació de derechos fundamentales

"En vista de lo cual, no debió vaciar de contenido los derechos fundamentales que la Constitución reconoce a los imputados presos y a sus letrados" (a la defensa, a no autoincriminarse, a la confidencialidad de la relación interno-abogado).

Jorge tampoco ve asumible la petición de Garzón de que el Supremo le facilite las resoluciones en las que la Sala Penal ha acordado nulidades derivadas de escuchas ilegales. "Es extraordinario y heterodoxo que sea el órgano judicial el que proporcione a la parte la jurisprudencia sobre el caso" que, además, aparece "en cualquier base de datos", señala.

'El que resuelve no conoce ningún caso'

"De todas formas», añade, la alegación de Garzón «alberga cierto matiz de falacia argumental" porque «lo relevante» no es cuántas nulidades ha decretado el Supremo sino "¿en cuántos procesos se ha acordado por un juez escuchar mediante micrófonos en los locutorios penitenciarios las conversaciones de los imputados presos con sus letrados, cualesquiera que fuera éstos y sin que concurra indicio delictivo alguno contra ellos?". "El que resuelve", concluye, "no conoce ningún caso".

Jorge cree "comprensible" que Garzón "intente equiparar supuestos que en el ámbito jurídico resultan sustancialmente dispares, generando así ante el ciudadano lego en Derecho la opinión de un trato desigual. Pero quienes tienen que enfrentarse habitualmente con el tema desde una perspectiva profesional saben perfectamente que se está ante un caso excepcional de exclusión de derechos fundamentales".

En otro de los procesos a Garzón, el de los pagos de Nueva York, la Sala ha respaldado la negativa del instructor, Manuel Marchena, a practicar diligencias "innecesarias".

[Fuente: Por María Peral, El Mundo, Madrid, 18mar11]

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