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22jul11


El Gobierno estudia hoy una reforma que revoluciona la investigación de los delitos


Cuenta atrás para la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, lleva hoy al Consejo de Ministros la reforma cuya gran novedad es que otorga al fiscal la investigación de los delitos y las faltas.

El objetivo de Caamaño, como ha reiterado en más de una ocasión, es alcanzar el mayor consenso posible para su tramitación. Con el convencimiento de que la legislatura culminará el próximo marzo, el ministro presenta esta modificación para que el nuevo modelo de proceso penal pueda ver la luz antes de las elecciones generales.

Entre sus aspectos más importantes, el fiscal, y no como hasta ahora el juez de instrucción, dirigirá las investigaciones. Además, se incorpora la figura del juez de garantías, encargado de velar por los derechos fundamentales del "investigado" -este término sustituye al actual "imputado"- y la del juez de audiencia preliminar, que examinará la validez del material probatorio y decidirá si se debe formular acusación contra esta persona.

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal también pretende acabar con la denominada 'pena de telediario'. De esta forma, prohíbe facilitar durante la fase de investigación la identidad y las imágenes del detenido, mientras que establece que será el fiscal quien autorizará dar el resto de información a los medios de comunicación.

Justicia ha puesto especial empeño en dar la máxima protección tanto a los derechos del detenido como a los del ofendido. Así, la norma recogerá un 'Estatuto de Víctimas', delimitará detalladamente la intervención de las comunicaciones, los registros domiciliarios o las investigaciones encubiertas llevadas a cabo por los denominados 'agentes dobles'. En el juicio, podrá haber careos de testigos y el acusado podrá sentarse en compañía de su letrado.

Técnicamente, el Ministerio lleva hoy al Consejo de Ministros dos anteproyectos que forman "un todo", uno que regula por ley orgánica los derechos fundamentales vinculados al proceso penal y otro que desarrolla lo anterior por ley ordinaria.

[Fuente: El Mundo, Madrid, 22jul11]

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