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DERECHOS

12dic08


Texto del Plan de Derechos Humanos del Gobierno español para la IX Legislatura


PLAN DE DERECHOS HUMANOS
Gobierno de España

I. INTRODUCCIÓN

II. EJES PRIORITARIOS

III. METODOLOGÍA

IV- ACCIÓN EXTERIOR DE ESPAÑA EN DERECHOS HUMANOS

V. ACCIÓN INTERIOR

Ámbito temporal y seguimiento del Plan


PLAN DE DERECHOS HUMANOS

I. INTRODUCCIÓN

España celebra este año el 30º aniversario de la aprobación de la Constitución de 1978. Una norma que abrió nuestro país a la democracia y a la modernidad, con la que hemos logrado alcanzar cotas de desarrollo impensables hace treinta años y que ha situado a nuestro país a la vanguardia de la protección y garantía de los derechos humanos.

La Constitución Española de 1978 proclama una lista de derechos cuyos contenidos se fueron convirtiendo en realidad mediante la aprobación de sus respectivas leyes de desarrollo, por medio de la aplicación de los mecanismos de garantía constitucionales frente a sus posibles vulneraciones, a través de jueces y tribunales independientes y, sobre todo, gracias a su máximo intérprete, el Tribunal Constitucional, al que debe reconocérsele una importante tarea en la conformación de una cultura democrática y de los derechos humanos, hoy plenamente asentada en España.

Además, como manifestación de ese compromiso con los derechos humanos, España desarrolló todo un proceso de firma y ratificación de los tratados internacionales vigentes en aquel momento que tuvieran como objeto su garantía. Un proceso que dio comienzo en 1977 con la ratificación de los Pactos Internacionales de Nueva York, que siguió con la ratificación en 1979 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, y la Carta Social Europea, en 1980; un proceso que sigue en nuestros días.

El resultado es que, a día de hoy, España es una democracia consolidada, un país en el que existe una conciencia pública del valor y la importancia de los derechos humanos, en el que los mismos se encuentran protegidos y garantizados, y que ha asumido como prioridad política que éstos se conviertan en un verdadero y real patrimonio común al que accedan todos los seres humanos.

En efecto, nuestra Constitución establece garantías genéricas que limitan la acción del legislador, prevé acciones para que los individuos hagan valer sus derechos subjetivos ante otros particulares o ante la Administración, y compromete a los poderes públicos para que actúen de manera promocional, para que establezcan las condiciones de su realización y remuevan los obstáculos que impiden que los derechos y los principios en que se fundamentan sean efectivos. Un tercio de los preceptos constitucionales versa sobre reconocimiento y garantía de derechos de los ciudadanos, así como sobre la instrumentación de técnicas concretas de protección.

En todo caso, es sabido que en el mismo momento en que dejan de promoverse los derechos, éstos comienzan a debilitarse. De modo que la realización y perfeccionamiento del sistema de derechos de un país dependen del compromiso cotidiano que adopten sus poderes públicos y sus ciudadanos. Ese compromiso significa estar atentos a los nuevos desafíos que plantea el desarrollo social, económico y tecnológico. Y es ese compromiso el que ha llevado a España a adoptar en los últimos años una posición y acciones coherentes con ella, para situarse a la vanguardia de quienes asumen el reconocimiento y la protección de los derechos humanos como prioridad de su acción política.

Durante la VIII Legislatura el compromiso con los derechos humanos se ha plasmado en numerosas propuestas, en planes de acción, y en medidas normativas de gran calado social. La Ley Integral contra la Violencia de Género, la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, la reforma del Código civil que permite el matrimonio a personas del mismo sexo, la Ley de Dependencia, Ley de Identidad de Género, el Plan Director de la Cooperación Internacional y el objetivo de alcanzar el 0’7% del PIB en cooperación al desarrollo… muestran la apuesta decidida del Gobierno por hacer de la protección de los derechos humanos una seña de identidad de España.

En este contexto y con el objetivo de seguir trabajando en la garantía de los derechos de forma coordinada y sistemática, el Gobierno de España considera oportuno hacer suya la propuesta que en 1993 realizara la Conferencia Mundial de Derechos Humanos reunida en Viena a los Estados participantes de elaborar un Plan de Acción Nacional en el que adoptaran las medidas necesarias para mejorar la promoción y protección de los derechos humanos.

Con el Plan se trata de adecuar nuestro ordenamiento interno a los compromisos internacionales en materia de derechos humanos. Se trata de llamar la atención a los ciudadanos sobre su existencia y necesidad, de vincular actores públicos y privados en su defensa, de orientar estrategias de protección. En definitiva, se trata de reforzar, a través de compromisos políticos, los medios de protección de nuestros derechos.

Se propone, así, un Plan de Derechos Humanos con vocación educativa, abierto, un Plan entendido como un proceso en marcha, orientado a realizarse, a ser evaluado periódicamente y a ser alimentado a cada paso con nuevas propuestas y nuevos compromisos.

En este proceso de seguimiento, evaluación y reformulación será imprescindible la participación de instituciones como el Parlamento y el Defensor del Pueblo, así como las organizaciones de la sociedad civil, universidades y actores sociales que trabajan en nuestro país por los derechos de las personas. Asimismo, y dada la distribución territorial de competencias prevista en nuestras leyes, en la ejecución del Plan estará muy presente la coordinación y cooperación con las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos.

El Plan ancla sus bases en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en los instrumentos y resoluciones para la defensa de los derechos emitidos por la ONU y por el resto de organizaciones internacionales, especialmente por el Consejo de Europa. En este sentido, el Plan desarrolla un concepto de derechos humanos amplio, que comprende derechos individuales y sociales, y que presta atención a nuevas formas de presentación de los mismos, como el derecho a la paz, el derecho al medio ambiente, al patrimonio común de la humanidad y el derecho al desarrollo de los pueblos.

Así pues, coincidiendo con el 60º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Plan de Derechos Humanos recoge el impulso que llevó a las Naciones Unidas a aprobar un documento que sitúa como fundamento de nuestra convivencia la dignidad personal. De esta forma, el Plan reafirma el compromiso de todos los españoles con su validez y expansión universal.

II. EJES PRIORITARIOS

El Plan de Derechos Humanos propone dos ejes que lo informan de manera transversal, dos ejes que están en la base de las políticas del Gobierno respecto de los derechos humanos: Uno es el relativo a la igualdad, la no discriminación y la integración de las personas; el otro se centra en las garantías que protegen los derechos humanos, haciéndolos eficaces.

1. Igualdad, no discriminación e integración

La igualdad abre la puerta de la Constitución española a la declaración de derechos. Es un valor superior de nuestro ordenamiento jurídico, es un principio que lo informa, y es un derecho. Es un derecho que se proyecta sobre otros derechos para impedir cualquier tipo de discriminación, es un principio que obliga a los poderes públicos a actuar en su favor, a remover obstáculos para hacerlo real (art.9.2), y es un obligado compromiso político de carácter internacional de los Estados que respetan los derechos humanos (art.10).

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial y los Pactos de naciones Unidas de Derechos Civiles y Políticos y sobre Derechos Económicos y Culturales, así como el Convenio Europeo de los Derechos Humanos y las Libertades fundamentales, hacen del derecho a la igualdad y la prohibición de discriminación un derecho universal.

Por esta razón, el principio de igualdad y no discriminación de las personas está presente en todo el Plan de Derechos Humanos, informando las medidas que el gobierno se compromete a adoptar en cada ámbito. En su realización, el principio se muestra como igualdad de oportunidades, como justicia social, como igualdad de derechos, como igualdad “en la diversidad”, y como lucha contra la discriminación.

Concebida así, la aplicación del principio de igualdad se proyecta sobre las libertades públicas y sobre los derechos sociales, impidiendo que el territorio y las condiciones económicas o sociales de las personas limiten su ejercicio. Ha de aplicarse asimismo a las mujeres, que parten histórica y culturalmente de una posición ciudadana discriminada. Debe utilizarse para impedir la discriminación por razones de orientación sexual. Tiene que reconocerse en las políticas para la integración de personas migrantes, en situación de debilidad respecto al resto de ciudadanos. Y debe emplearse para la protección de las personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas, lingüísticas y culturales.

En una sociedad como la actual, crecientemente compleja, lastrada todavía por prejuicios de género, progresivamente diversa en lo cultural, en lo étnico y en lo religioso; en una sociedad como la nuestra, la aplicación del principio de igualdad a través de políticas públicas resulta una tarea inexcusable y permanente.

2. Garantías de los derechos humanos

Es cierto que en un país los derechos humanos valen lo que valen sus garantías. Como se ha dicho en la Introducción, en España el sistema de protección de los derechos fundamentales que establece la Constitución está homologado al máximo nivel entre los Estados Sociales y Democráticos de Derecho.

A ello debe sumarse la vinculación de España al Consejo de Europa y a las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la creciente atención a ellos por parte de la Unión Europea, y el compromiso del Gobierno con el sistema universal de protección de Naciones Unidas, todo lo cual completa un panorama satisfactorio en torno a las garantías de los derechos. No obstante, esta realidad, en parte teórica y jurídica, se enfrenta también con la realidad de una sociedad cambiante y crecientemente compleja, que plantea a cada paso nuevos retos para la protección de los derechos.

Por esta razón, el Gobierno concibe el Plan de Derechos Humanos como un mecanismo más para su garantía, pues a lo largo del texto se establece una lista de compromisos concretos destinados precisamente a fomentar, realizar y proteger el ejercicio de los derechos humanos. Unos compromisos cuya ejecución efectiva puede ser seguida y evaluada. Las obligaciones internacionales, la elaboración de determinadas leyes, la creación de organismos específicos para su defensa, las decisiones dirigidas a mejorar la calidad de la justicia, los mecanismos de control a los poderes públicos en su relación con los ciudadanos, los medidas en relación con la igualdad, con los derechos sociales, con el medio ambiente, la transparencia en la gestión pública, todos habrán de ser instrumentos con que perfeccionar la garantía de los derechos humanos en España.

Cada medida de este Plan es una garantía en sí misma. Lo es porque compromete al Gobierno a realizar acciones en beneficio de un derecho determinado, y lo es porque lleva aparejada la información necesaria para que su ejecución pueda ser fiscalizada por las instituciones y organizaciones de la sociedad civil interesadas.

III. METODOLOGÍA

La acción del Gobierno en el ámbito de los derechos humanos se refleja en actuaciones concretas en el marco internacional y en las decisiones adoptadas a nivel interno. Ciertamente, resulta difícil separar de forma clara y coherente los dos ámbitos, pero la claridad expositiva de los derechos, las acciones y los instrumentos sobre y con los que se pretende trabajar aconseja hacerlo. De modo que ése es el esquema que sigue el Plan de Derechos Humanos, en el que se distinguen medidas de acción exterior y medidas de acción interior.

En el apartado relativo a la acción exterior -el ámbito internacional-, el Plan se ordena por ámbitos de actuación: Naciones Unidas, Unión Europea, Consejo de Europa, OSCE, relaciones bilaterales y multilaterales y Corte Penal Internacional y otros organismos internacionales contra la impunidad de crímenes internacionales.

Para el apartado que se ocupa de la acción interior el criterio de ordenación ha sido material, es decir, según el o los derechos afectados por las medidas a adoptar: igualdad de trato, violencia de género, tutela judicial, libertad personal, derechos sociales… Como algunas de las medidas pueden enmarcarse en más de un apartado, en estos casos se ha optado por situarlas en aquel epígrafe que directamente las define mejor.

Cada medida se acompaña (en documento adjunto) con una ficha de seguimiento. Ésta detalla la medida o compromiso del Gobierno, el Ministerio y el organismo u organismos responsables de su realización, los instrumentos con que se debe llevar a cabo, los indicadores de cumplimiento, el calendario de ejecución, así como las instituciones y organizaciones de la sociedad civil que pueden tener un interés más directo.

IV. ACCIÓN EXTERIOR

El 10 de diciembre de 2008, la Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por las Naciones Unidas en 1948, cumplirá su sexagésimo aniversario. Tras el flagelo de la segunda guerra mundial, los sesenta años transcurridos han supuesto una transformación en las relaciones internacionales, con avances significativos en la comunidad internacional. Ésta ha sabido dotarse de organizaciones regionales e internacionales de cooperación e integración, y ha visto extender los principios y valores de la democracia y los derechos humanos en muchas regiones y países del mundo, incluido España, entonces sometida a una dictadura y hoy abanderada de esa democracia y de esos derechos humanos.

Lejos de evaluar con satisfacción el balance de estos sesenta años, puede constatarse con preocupación y responsabilidad la persistencia en muchos países y regiones del mundo de conflictos internos e internacionales, de violaciones sistemáticas de los derechos más fundamentales, de impunidad ante los crímenes más graves contra la Humanidad, de situaciones de pobreza extrema o catástrofes humanitarias. Razones que conminan a un Estado responsable como España a una mayor vinculación con el respeto, la protección y a promoción de los derechos humanos.

En consecuencia, es necesario comprometerse en una acción exterior responsable con la democracia y los derechos humanos, siendo conscientes, en cualquier caso, de la dificultad de distinguir la política interior de la política exterior en un mundo cada vez más globalizado, donde las medidas de política social, económica, política o cultural tienen una proyección interior y exterior.

Por un lado, hay que ser conscientes de que la acción exterior del Gobierno se ve acompañada, cada día más, de nuevos actores que participan del Estado plural: las Comunidades Autónomas, las empresas, los sindicatos, las Organizaciones No Gubernamentales, incluso la opinión pública.

Por otro lado, España forma parte de la Unión Europea, del Consejo de Europa, de la OSCE, de la Comunidad de Naciones Iberoamericanas, de las Naciones Unidas, y se desenvuelve en un espacio de intereses globales, situados entre el Mediterráneo y el Atlántico, África, Euroasia, América y Europa, todo lo cual condiciona a tener una responsabilidad compartida internacional, que no solo se asume sino que hay que estar dispuestos a liderar. En particular, durante la Presidencia de España del Consejo de Europa (2008-2009) y la Presidencia Española de la Unión Europea (enero a junio de 2010).

En este marco, el Gobierno se compromete a trabajar por el avance internacional de los derechos humanos, con la determinación de que los avances en política social en el interior impregnen la acción exterior. Por ello, en el ámbito de la acción exterior, el presente Plan de Derechos Humanos tiene por objetivo continuar el compromiso por la paz, la democracia, la cooperación al desarrollo con el enfoque de los derechos, la solidaridad y la justicia social en el mundo, partiendo de que la defensa de los intereses nacionales no es en absoluto contradictoria con propiciar la construcción de una sociedad global más justa y solidaria. Asimismo, son fines del Plan la promoción de los derechos humanos en el mundo, la sensibilización para su mejora y protección, así como el apoyo a las organizaciones internacionales y a las ONGs cuya labor coincide con ellos.

Los objetivos concretos de la política exterior en materia de Derechos Humanos son, en listado no exhaustivo, los siguientes:

  • La abolición de la pena de muerte;
  • La erradicación de la tortura;
  • La igualdad de género;
  • La erradicación de la violencia de género;
  • La lucha contra la trata de seres humanos;
  • La eliminación de toda forma de discriminación;
  • La protección de los derechos del niño frente a la explotación, la violencia y las enfermedades;
  • El fin del terrorismo, una de las violaciones mas graves contra la comunidad internacional, la democracia y los derechos humanos, desde la defensa del Estado de Derecho y de los derechos humanos;
  • La protección de los defensores de los derechos humanos;
  • La promoción de los derechos económicos, sociales y culturales.;
  • La lucha contra la impunidad y el apoyo activo a la Corte Penal Internacional, a los tribunales y otros mecanismos contra la impunidad de crímenes internacionales;
  • La erradicación de la pobreza;
  • La lucha contra el cambio climático;
  • El desarrollo sostenible.

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small logoThis document has been published on 19Jan09 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.