EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS

13sep08


Declaración de Capitanía Guaraní ante el saqueo del edificio central de CIDOB


Denuncia y resolución de la Capitanía Guaraní Zona Cruz
Departamento de Santa Cruz- Bolivia.

Guiados por los principios de garantía de nuestra democracia boliviana e inspirados en la Carta Declaratoria de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y en la buena Fe para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los estados de conformidad con esta carta, denunciamos ante el estado nacional boliviano y los países americanos vecinos que el día 11 de septiembre de 2008, en horarios de la mañana, hemos sido expulsados de nuestras oficinas y espacios de trabajo en la Capitanía Urbana de la Zona Santa Cruz (Zona Cruz), ya que un grupo de personas usurparon las instalaciones del CIDOB (Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente Boliviano) en nombre de la autonomía departamental. Echando a todos los dirigentes indígenas, técnicos de apoyo y familias con sólo algunas de sus pertenencias y negándoles el ingreso a sus propias dependencias, golpeando incluso a las personas que no entendieron este atropello en una primera instancia, ya que parecía realmente imposible que un hecho de estas características se estuviera generando en nuestra propia sede.

La razón de este desalojo institucional se debe a que personas, que se denominan "Autónomos" dirigidas por el prefecto Rubén Costas, el presidente cívico departamental Branko Marinkovic y la Unión Juvenil Cruceñista, pretenden manejar las instituciones cruceñas a su modo y forma, utilizando a nuestros propios hermanos indígenas como herramienta de sus intereses oscuros. Los que no han podido desprenderse de la esclavitud y dependencia mental y económica histórica que hemos sufrido, pretenden entregar a sus propios hermanos a los nuevos patrones de la derecha autonómica. Estos traidores a la sangre indígena son José Urañavi del pueblo Guarayo, Carmelo Justiniano del pueblo Guaraní Isoseño, Fernando Chiqueno del pueblo Ayoreo, Amalio Siyé del pueblo Chiquitano, Antonio Surubi del pueblo Chiquitano, David Pérez del pueblo Mojeño, Rita Oreyai del pueblo Guarayo, Ignacio Urapuca del pueblo Guarayo- que es diputado nacional por la agrupación de derecha PODEMOS, Claudio Esteban del pueblo Guaraní Isoseño, Mario Chiraye del pueblo Guaraní Isoseño y otros.

Estos traidores avalan las tendencias fascistas y desvalorativas de los pueblos originarios, considerando que los pueblos indígenas legitimados por nuestras bases no somos capaces de dirigir nuestras organizaciones orgánicas dirigenciales en esta nueva etapa institucional que se pretende imponer en Bolivia.

Olvidando que el verdadero concepto de autonomía lo hemos nosotros definido en nuestras bases indígenas desde tiempos inmemoriales en la defensa de nuestra soberanía como pueblo originario.

Por lo que en este momento se ha tomado posesión de nuestro edificio central del CIDOB y las oficinas de los pueblos originarios, violando los derechos elementales de nuestros pueblos indígenas originarios, negándonos una legitimidad administrativa y reglamentaria con la sencilla intención de invisibilizar nuestro pueblo ante la sociedad cruceña. Negando el derecho elemental a nuestra organización a tener un espacio de referencia permanente propio, desde donde servimos a nuestro pueblo y comunidades originarias asociadas a nuestra gestión política, cultural y administrativa.

La Capitanía Guaraní de Zona Cruz es una organización indígena de base fundada en 1992 que reúne y representa hasta el momento 34 comunidades y barrios ubicados en las provincias Andrés Ibáñez, Warnes, Sara, Ichilo, Obispo Santiesteban y Ñuflo de Chavez del departamento. Se define como una asociación de capitanías comunales que forma una organización indígena con autonomía propia de gestión y sin fines de lucro, dedicada a la defensa de los derechos y reivindicaciones sociales, económicas, políticas y culturales de los pueblos y comunidades Guaraníes (según el estatuto orgánico de la Asociación de la Capitanía Guaraní de Zona Cruz- título 1 Cáp.1, art.2).

Nuestra sede es para nosotros, al igual que para cualquier nación originaria, el consulado y embajada de la comunidad colectiva. Y su usurpación es considerada una afrenta a nuestros símbolos más sagrados, como es nuestra tierra y nuestra casa. Y no consideramos posible que bajo ningún aspecto se considere legítimo que lleguen extraños a adueñarse de los archivos, registros y administración de nuestros recursos técnicos y humanos, de nuestra propia y legítima forma de administrarlos y defenderlos. Ya corremos el riesgo de perder la autonomía originaria, propiedad intelectual y soberanía sobre nuestra propia identidad cultural y económica.

Con esta actitud los señores autonomistas sólo demuestran que siguen los pasos de sus patrones estadounidenses, que como una gran potencia mundial sólo sabe arrebatar las cosas por la fuerza y el robo.

Por lo que incluimos este golpe de injusticia y atropello contra el pueblo Guaraní como un eslabón más de la cadena que nos oprime y nos fuerza a no seguir tolerando el estigma fatal al que quieren someternos.

Aparentemente, para la visión social de los soberanos dirigentes autonomistas en el oriente boliviano nunca hemos dejado de ser esclavos de su propiedad. La actitud paternalista y la perspectiva de superioridad con que nos han tratado, ha intentado controlar nuestras voluntades y cultura a sus conveniencias y prejuicios valorativos, considerándonos ciudadanos de segunda para sus intereses políticos y económicos. Sólo han sabido apropiarse y robarnos nuestros símbolos culturales y patrimoniales sin conocer a fondo el espíritu real de nuestros valores. Los guaraní somos reconocidos internacionalmente por nuestra fuerza y dignidad, pero los autonomistas están pretendiendo tener nuestra fuerza sin nuestra participación. O sea: quieren que les entreguemos nuestra identidad sólo como un trofeo de caza, desvalorizando realmente a nuestra dignidad comunal guaraní internacional.

Seña de esta actitud humillante y ofensiva es que hasta el momento nunca se nos ha percibido a la Capitanía de Zona Cruz como un grupo étnico ciudadano con una problemática social agudizada por la pobreza urbana, por los roles marginales a que nos condenan y limitan por la privación de recursos técnicos, económicos y profesionales más específicos.

Hay que recordar que todas las doctrinas políticas y prácticas basadas en la superioridad de determinados pueblos o personas o que la propugnan aduciendo razones de origen nacional o las diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales son racistas, científicamente falsas, jurídicamente invalidas, oralmente condenables y socialmente injustas. (Según el estatuto de la Asamblea General de la Declaración de las Naciones Unidas).

Lo cierto es que sentimos que las injusticias históricas que nuestro pueblo Guaraní ha vivido en el departamento Santa Cruz y en Bolivia se agudizan en forma abismal, ya que aún no se ha reconocido y legitimado la verdadera naturaleza e identidad de nuestra comunidad a nivel nacional e internacional.

Por lo que, conscientes de la urgente necesidad de recuperar un espacio de trabajo y gestión propio que sirva de referencia permanente a nuestro pueblo y a nuestra cultura; ejerciendo el derecho a ser una etnia visible a los intereses del estado y la región, siendo valorizados como individuos, comunidades, capitanías y asociaciones legítimas a nivel regional, nacional e internacional, es que exigimos la restitución de la oficina de nuestra Capitanía de Zona Cruz y de todo el establecimiento físico del CIDOB.

Por lo que emitimos la siguiente resolución:

Resolución de las Comunidades Guaranies de la Capitania de "Zona Cruz"

Vistos y considerando:

Que el día 11 de septiembre de 2008 fue intervenida la sede central e instalaciones de la CIDOB, y con ella nuestra oficina. Siendo avasallados, atropellados y amenazados de muerte, fuimos expulsados de nuestro propio espacio por personas que se enmarcan dentro de la política autonómica fascista.

Que en razón de este atropello han quedado todos nuestros hermanos Guaraníes, asociados, afiliados y colaboradores sin el respaldo administrativo de nuestra gerencia, que garanticen el normal funcionamiento y desarrollo de la Capitanía de Zona Cruz, afectando a miles de guaraníes que dependen de nuestra institución para ser representados ante la injusticia y la opresión de las violencias sociales que sufren en nuestras ciudades.

Que con este desamparo institucional se ha violado el derecho fundamental de la carta orgánica de las Naciones Unidas de "respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas, que deriven de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su concepción de la vida, especialmente los derechos a sus tierras, territorios y recursos".

Por tanto:

La Capitanía Guaraní ZONA CRUZ , Organización Representativa del Pueblo Guaraní de las provincias Andrés Ibáñez, Warnes, Sara, Ichilo, Obispo Santiesteban y Ñuflo de Chavez del departamento de Santa Cruz, en ejercicio de las Atribuciones que le confiere el Estatuto Orgánico,

Resuelve:

PRIMERO: Convocar a una asamblea de los capitanes y representantes de las asociaciones y comunidades afiliadas a la Capitanía de Zona Cruz para evaluar la situación y decidir las acciones próximas para recuperar las instalaciones del CIDOB y nuestra oficina central de ZONA CRUZ.

SEGUNDO: Incitar a las autoridades departamentales y nacionales a que reconozcan los derechos humanos, civiles y sociales plenos de los pueblos guaraníes en el Departamento Santa Cruz.

TERCERO: Impulsar a los hermanos Guaraníes que defiendan y protejan en estos momentos la identidad e integridad de nuestras instituciones guaraníes por los medios que consideren necesarios.

Quedan encargados del cumplimento del presente Voto Resolutivo, la dirección Ejecutiva de la Capitanía ZONA CRUZ.

Es dado en la ciudad de Santa Cruz a los 13 días del mes septiembre de dos mil ocho años.

Archívese, comuníquese y cúmplase


Donaciones Donaciones Radio Nizkor

DDHH en Bolivia
small logoThis document has been published on 01Oct08 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.